CSJ - SP 3153(01-08-1989)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 3153(01-08-1989)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1989
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LIBERTAD
Rad. #3153 • • • , 1 • • ¡
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DELITO: Concusión
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' ' MAGISTRADO PONENTE: - r-c. •
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FUENTE FORMAL: A r t í c u ! ~ 7-? r - - p - •
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PUBLICADA EN LA GACETA JUD!C!AL?(S/N)= N
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• ' • Expediente No. 3.153 • j • • •
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
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Magistrado ponente: ' '·
Dr. LISANDRO MARTI NEZ Z.
\, ' ' • Aprobado Acta No. 041 ' - ' • •
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I _¡ • Bogotá, primero de agosto de mil novecientos ochen- • ' -" ,. ta y nueve. - • • . , ·, •
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V I S T · o S : - 1 ·-) -· '7 ' ,, ., , ._ -
' ~ • • • • ' 1 1 El procesado JORGE ENRIQUE ORTEGA solicita de .la
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- • ' Sala se disponga su inmediata e incondicional libertad por haber cumplido
, ' ' ) ·, ·~ , " ' ·' '---- ' la pena que le fuera impue~.ta, ya que en de_tención efectiva y las rebajas - - r •
- • ' a que tiene derecl)o por trabajo -y Ley _4 8 de 1 . 987, acredita los des ( 2)
. - años que le fueran impuesto como pena privativa de la libertad.
' • • • A • Secundino Mosquera FIÓrez interpone recurso de ret1 J ' , • •::¡ ' posición _contra la providencia de fecha 1.1 de julio último ya que él. npQ . , , - ha solic_itado el beneficio de libertad provisional., sino el. subrogado deM ' • la libertad condicional, aspecto bien distinto que en su sentir fue malInterpretado por el Magistrado sustanciado~ y el resto de la Sala . • •
- • A esta recurso se le dió el trámite previsto en el
- . artículo 202 del Código de Procedimiento Penal y se procede a decidirlo pertinente. - - -
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CONSIDERACIONES DE LA CORTE:·
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- , -· . Jorge .Enrique Ortega fue condenado en primera y segun- ,, i ' da instancia a· la pena privativa de la libertad de dos (2) años de prisión como coautor del delito de co,ncuslón cuando se desempeñó como Agente de ' la Policía Nacional • .- ' • ' '· ,, , Fué privado de s.u libertad el 26 ·de febero de 1. 988, es • decir, ha descontado efectivamente en prisión diecisiete ( 17) meses y seis (6). días. Por trabajo acredita 2~196 horas··que le dan derecho a una rebaja de tres (3) meses y un (1.) día y .por aplicación de la Ley, 48 de 1.987,
- ' . cuatro (4) meses más para un,,total de veinticuatro (24) meses y siete (7) días, superiores a la pena privativa de la libertad impuesta, razón por la
' 1 cual resulta viable su excarcelación incondicional, por pena cumplida . • • • • . . • ' '
- • • En cuanto a Mosquera Flórez, ha dicho reiteradamente -
, < : • esta Corporación que mientras no esté ejecutoriada la Sentencia de Segundo grado, toda petición de libertad debeconsiderarse como provisional y, • - por ello_,, resulta competente para su estudio, no solamente los juzgadores · • de instancia, sino la Corte en Sede de Casación.
- • Es· así que, cuando un procesado solicita el beneficio de
• -
_...._liber.tad condicional, la Sala ha entendido su estudio bajo los presupuestos • de la causal de libertad provisional, así se apoye en las prescripciones del • y artículo 72 del Código Penal. 71 del Código Penal Militar· anterior. . . . ' ' • · .·: · . Resultan equivocados los argumentos del recurre_nte en -
- •
) • cuanto afirmá qu~ para el otrogamiento del beneficio de libertad condicional solo proced~;- s~ estudio d~_sde el· punto de vista objetivo; es decir, tenien-
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- • • do en cuenta el tiempo en reclusión y el comportamiento del procesado
- • - - · en el centro de Reclusión. La. personalidad y· los'.. antecedentes de todo - • orden, constituyen factores sustanciales para que el Juez pueda valorar ,
•
- • fündadamente si el reo· se encuentra apto para reincorporarse a la sociedad o si por el contrario requiera de tratamiento penitenciario hasta el cumplimiento total de la pena impuesta. ·. . 1 • ' '
' ' \ Finalmente, como en providencia de 22 de junio del pre- • •• • sente año la Sala rechazó la · oemanda de casación presentada por el Defensor de los procesados por no ajustarse a las prescripciones legales, la ' • Corte ha perdido competencia para pronunciars~ ~obre el subrogado de la libertad condicional lo que corresponde al Juez efe Primera~-, nst·ancia, razón por la cual se procederá al inmediato envío del expediente al inferior, .
- ' I • ' 1 • esto e s , al Tribunal Superior ·Militar para que por .. su conducto se 'devuel-
' , - . • ,, va al Juez de primera instancia. - • ' ' 1 • .. , •• • '
- •
- '· qe En tales condiciones, el recur~o .reposición In ter pues-
-. ,· ' to contra la providencia de 11 de julio-último,·.resulta. improcedente . • •
- \ En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUS-
- 1 '
TICIA,. SALA DE CASACION PENAL, ,, - - ".111·· ..
' , - • • • •
R E S U E L V E :
' - . ' . • lo. ORDENAR la inmediata e incondicional libertad delprocesado JORGE ENRIQUE ORTEGA, por pena cumplida. Líbrese la co-- rrespondiente comunicación al Señor Director del Centro de Reclusión de • la Policía Nacional, con advertencia de que solo procede si el procesado • e no se halla solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente • __________ • _ _ _ __.._ -- - - - - 1 - , - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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• • • •
- • 2o. NO REPONER su providencia de fecha 11 de julio último por medio de la cual se negó al procesado SECUNDINO MOSQUERA FLOREZ el beneficio de libertad provisional. 1 3o. Ejecutoriado el auto de fecha 22 de junio del corriente • año ( fl. 105 ) , devuélvase el, expediente al Tribunal Superior Militar •
- • Cópiese, notiffquese y cúmpl se •
•
~LISANDRO MARTINEZ Z.
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I ' ' • • . 1 , /.'·?' ' ' 1 , • / / l '
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GUILLERM DUQUE UIZ cÜsTAvo MEZ E}LÁSQUEZ
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RODOLFO MANTILLA JACOME SAA JAS
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JUAN MANU TORRES FR EDA JORGE ENRIQ E VALENCIA M.
- • • • Marino Henao Rodríguez • Secretario • • •
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