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CSJ - SP 3158(09-05-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 3158(09-05-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

LIBERTAD Auto .- 90-05-09 Concede libertad - Tribunal Superior de !bague PROCESADOCS): Hernán Guzmán

DELITO: Hurto

MAGISTRADO PONENTE: DR. DIDIMO PAEZ VELANDIA

FUENTE FORMAL: Artículo 72 C. P.

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?CS/N): N

Rad. #3158 Expediente No. 3.158

CORTE SUIPREIW\ DIE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado ponente:

Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA

Aprobado Acta No. 031 Bogotá, nueve de mayo de mil novecientos noventa. VISTOS El procesado HERNAN GUZMAN solicita su libertad, por pena cumplida, para lo cual acompañó certificados de trabajo y ac ta del Consejo de Disciplina. El Señor Procurador Segundo Delegado en lo Penal ha emitido concepto favorable para la excarcelación del peticionario ya que se halla debidamente acreditado el cumplimiento total de la penaimpuesta.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Hernán Guzmán fue condenado por el Juzgado Pri mero Penal del Circuito del Guamo ( Tolima ) a la pena privativa de la - 2 - ., libertad de cuarenta (40) meses de prisión como coautor del delito de hurto, decisión que fuera confirmada por el Tribunal Superior de Iba gué mediante sentencia del 26 de mayo de 1. 988.

El peticionario fue detenido el 1 ll de septiembre de -- 1. 987, es decir, ha descontado efectivamente de la pena impuesta trei~ ta y un (31) meses y veinticinco (25} días. Por trabajo acredita 5.8llll

horas que le dan derecho a una rebaja de ocho ( 8) meses y tres ( 3) - días, para un acumulado de treinta y nueve (39) meses y' veintiocho - (28) días, inferiores en dos (2) días a la totalidad de la sanción impue~ ta en las instancias, es decir, cumple su pena el próximo viernes once (11) de mayo del presente año, razón por la cual se ordenará su liber tad incondicional a partir de esa fecha. En cuanto a la petición de libertad elevada por el pro cesado CARLOS JULIO JIMENEZ FUENMAYOR se correrá traslado al Se ñor Procurador Segundo Delegado en lo Penal, para que emita el corres pondiente concepto. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUS TICIA, SALA DE CASACION PENAL, oído et concepto del Señor .Procu- º rador Segundo Delegado en lo Penal y de acuerdo con él, RESUELVE lo. ORDENAR la libertad incondicional del procesadoHERNAN GUZMAN, por pena cumplida, a partir del día viernes once (11) de mayo del presEinte año, por pena cumplida.

20. Líbrese comunicación telegráfica al Señor Directorde la Cárcel del Distrito Judicial de lbagué con la advertencia de que - - 3la orden de excarcelación de HERNAN GUZMAN solo es procedente si no se halla solicitado por ninguna autoridad en razón de asunto dife rente. ( fl. 330 cuaderno original ) • 3o. DE la solicitud de libertad elevada por el procesa do CARLOS JULIO JIMENEZ FUENMAYOR, córrase traslado al SeñorProcurador Segundo Delegado en lo Penal, para concepto.

Cópiese, notifíquese y cúmplase. / l ¡ ¿ - ~

JORGE ENRfoUE VALENCIA MARTINEZ JORGE CARREÑO LUENGAS

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GUILLERMO DUQUE RUIZ G I RALDi/1:;G EL

" \ / ( -\ Rafael Cortés Garnica Secretario

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