CSJ - SP 3215(14-02-1989)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 3215(14-02-1989)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1989
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SUSPENSION DETENCION PREVENTIVA Rad. #3215 •
• • ' ' 1 • 1 1 ,1' ' • • ' • Auto.- 89-02-14 . - Niega s u s p e n s i ó n . - T r i b u n a l S u p e r i o r de Buga PRDCESADO(S): F r a n c i s c o J a v i e r Ocampo González;
MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE CARREÑO LUENGAS; • FUENTE FORMAL: A r t í c u l o 432 C. de P.P ••
•
PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N
'
- • r - - - - - - - - - - - - -
• - ' Expediente No. 3.215 ' •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
• • ~1agistrado ponente: 1 1
Dr. JORGE CARRE~O LUENGAS e ' l
Aprobado Acta No. 06 • r_ , , • Bogotá. catorce de febrero de mil novecientos ~- .. - .._ ! ' ochenta y nueve_. 1 • • 1 1 1
V I S T O S :
1 El procesado FRANCISCO JAVIER OCA~1PO GONZALEZ solicita la susper:isi6n de su detención al consiclerar que se hallaafectado de grave enfermedad según concepto del ~1édico de la Cárcel
' donde actualmente se halla detenido. El Sefior Director de la Cárcel -
- • del Circuito de Tuluá advierte que desde hace varios meses el proce- • sado ha venido siendo tratado por el ~lédico el centro de reclusión y ,, que en Septiembre pasado intentó suicidarse al propinarse· una puiiaI·
"• • lada en e I Corazón. ,_ . ~ ' • • ' -- 'I •
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. , El ~1édico legista de la ciudad de Tuluá mediante oficio -. " . •
- ' No. 033 de fecha 24 de enero último concluyó que 11 Este caso corresponde a un individuo con una larga historia de trastornos y complejos neurosicóticos de netrido componente paranóico )' esquizofrénico; ha -
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- • recibido tratamientos anteriores siqulátricos . • También presenta antecedentes hipertensivos y metabólicos ( hiperlipidemias ) , según historias clínicas anteriores, como causa de sus trastornos siquiátricos episódico y durante in (sic) intento de suicidio, se causó grave herida cardíaca y sub-epicárdica según
estudios cardiológicos; estos antecedentes conforman, junto a su estado clínico actual uri cuadro látente de GRAVE ENFERMEDAD. 11 • e 11 Según solicitud requerida por la Corte Suprema deJusticia: Es claro que el estado clínico del individuo que ha sido - - examinado no cuenla en una cárcel con los elementales condiciones de tratamiento o prevención es·pecializados. 11
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CONSIDERACIONES DE LA CORTE: ' . · En el mismo dictamen cuyas conclttsiones se dejaron con1 1 signadas anteriormente, el forense indica que el procesado 11 mientras se hallaba recluído en la CARCEL r..1UNICIPAL el 16-IX-88, se causó -
- • una herida precordial con arma cortopur1zante y que ocasionó lesión • ~ricárdica y de ventrículo derecho la cual fue corregida quirúrgica- • mente con buenos resultados •. 11 es decir, que t-uvo oportuna atención , -médica y que tal lesión no constituye hoy motivo que haga peligrar la vida del recluso. Por el contrario, de la historia clínica No. 938721 - - del Hospital Universitario del Valle, se desprende que Ocampo Gonzá
- . lez, luego de la intervención quirúrgica a que fue sometido, evo lucio-
- • nó satisfactoriamente y que a partir del 23 de septiembre fue atendido 9e en el Departamento Siquiátrico. Con fecl1a 30 septiembre siguiente, le fueron suspendidos los antibióticos en vista de que llevaba diez - - días con ese medicamento y considerar el médico tratante que su estado clínico era satisfactorio.
- - '-= ' - - - - - - - - - " - - - - -- - - 3 - • - El de octubre se dló de alta por Cardiología dadas las
S • condiciones clínicas del paciente, con recomendación de control pormedicina externa y prueba de esfuerzo. • '
- • En tales condiciones, la afección cardíaca ocasionada por ' la lesión que el propio procesado se causó, se halla en los actualesmomentos superada al punto que no requiere de cuidados especializados. No ocurre lo mismo respecto de su estado sicológico ya que los
- ' facultativos encontraron en él a un paciente ancioso, con inestabilie dad emocional, en ocasiones deprin1ido y en otras eufírico, con insom1 nio, pérdida de la memoria y con idea suicida.
No discute entonces la Sala su estado· de salud que el - ' • legista encuentra como grave y que en el establecimiento carcelarioactual no se cuenta con los medios necesarios para su especial tratamiento. Ello, desde luego amerita su internamiento en sitio especiali~ • zado. como lo es el Anexo Siquiátrico de la Penitenciaría Central deColombia 11 La Picota 11 y no la suspensión d~ la detención prever1ti- , va ya que tal medida provocaría una eventual crisis del paciente sin posibilidad de control inmediato y oportuno, con granve riesgo rara su integridad personal y la de sus familiares, como en efecto ya o- • currió. • En cambio, con atención médita especializada permanente,
no solamente se evita esa ·posibilidad de presencia intempestiva de cri- - sis mental, sino que con adecuado tratamiento se obteAdría completa - , ' mejoría y así, en un futuro, poder disfrutar de su libertad cuandoreuna los requisitos legales para su procedibilidad. ' En síntesis~ se negará el beneficio de suspensión de la detención al procesado Ocampo Gonzalez por no estar presentes lost requisitos legales para tal efecto y, en su lt1gar, se dispondrá que = • • 1 ' 1 • ' ! ' ' - q -
- • la Dirección General de Prisiones procure su inmediato traslado a la Penitenciaría Centr~I· de Colombia 11 La Picota 11 o cualquier otro cen- , . . . . . ~ •
. ' tro especializado donde el recluso reciba la atención médica necesaria ' para su total recuperación mental. \ Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, • '
e R E S U E L V E :
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- ' lo. NEGAR al procesado FRAt-~CI SCO JAVIER OCAf..1PO =
- • GONZALEZ la suspensión de su detención preventiva.
1 1 2o. Ofíciese a la Dirección General de Prisiones a fin de ' 1 ' j obtener el traslado del procesado para los fines indicados en la parte motiva de esta providencia. Acompái1ese copia autenticada de la misma. Cópiese, notifíquese y devuelva se al ribunal de origen •
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• Marino Henao Rodríguez ' ' ' ' Secretario e • • ' • • - •