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CSJ - SP 324(22-04-1986)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 324(22-04-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

. , • JI' , ' - .. / ' .

MEDIDA DE ASEGURAMIENTO

' '.J ' . ' ", ' "(... . . ... ' . -··. ., ., ..

Auto. Segunda Instancia: · 2_2) de abril de 1986.- Confirma la providencia del Tribunal Superior de Buga a través dela cual ordenó medida de aseguramiento contra el doctor FELI X HERNAN ROLDAN SALCEDO, Juez Civil Municipal de Bugapor el delito de cohecho.

Magistrado Ponente: Dr. JORGE CARREÑO LUENGAS 1 1 . '

1 \ REPUBLICA DE COLOMBIA ' (;)í (/ . /· . / SECUNOA INSTANCIA .. ;:;ll.ama c/'tn:JrurrN na 1 Rdo. i 324.- CJ Féllx Hernán Roldáil Cohecho.-

CORrf:: SUPREMA DE JUSTICIA

\

SAlA DE CASACtON PENAL '

\,, 1 Mi,glstrado Ponente : OR, JORGE CARREf:10 LUENGAS Aprobado Acta No. 37. - Bogotá. O. E. • ubril veintidós de mfl novec hmtos ochenta y seis. - Concluído ol tr6mJte de segunda instancia# y reu nidos en un !lolo~alcnta el original y las coplüs d& la actuación, se procedo a re~~!r3{ev_~a recurso de apetacl6n lnterpuootc, por et ax-JuezClvil Munib:ip~D 0CTUR fELlX HERNAN ROLDAN SALCEOO..,contra la pro vide?"r.cl~ do, Jev~ de abril de 1. 9135 mediante fa cual el Tribunal Supe

# rior de ~so Distrito, ordenó su dotnnción preventiva pof' ol delito de co hecho lmproph:i, concedléridole el beneficio da libertad provlstonal y ta ::;o Ucltud de cesación de procedimiento Incoada por el mismo procosado ante la Corto. por Inexistencia del hecho l;;iputado. - ANTECEDENTES La Sali¡ Df~clpllnarla de esa Corporaatón que conoció de la everlguaclón adelantad:? centra el ex-Juez Roldán Salcedo por haberpedido y recibido cono 11honorartos11 en varios contados, do la mujer D&lby María Stitazar la suma de treinta mll pesos pura celebrar el matrimonio el· vU con su prometido. el sC.bdJto holandés Bornard TEunls Hoftlzer, mediante sentencll} do veinticuatro de mayo de 1 • 98Q. sancionó al Inculpado contras meses de suspensión en ol cargo,aunque para entonc89 había hecho de jación del mismo, y ordenó compulsar copal do lo pertinente a fin de lnvest! gar pen.:>lmcnte su conducta.-

F\A,:}0 ROTATO~IO OEL MIN•SH.tFO C( Ji.lST:::11,

-_,....- .......... 01:: ·i:'o&...+s-t-A R'EPUaL1CA· Con fundamento en las coplas compulsadas, el diez ª"º, de Jullo del citado se abrió la correspondiente Investigación con los siguientes resultados : Oelby Marra ~alazar en queja formulada ante el Procurador Regional de Buga y en declaracl6n rendida ante el funcionario

Instructor (fls, 1 a 3 y 118 a 120 Ibídem} manifestó en síntesis. que ha biendo conocido en Aruba a Bernard,su prometido, convinieron ~n co~ traer matrimonio por to clvll en Colombla y de regreso a Buga su amigo Saulo L6pez los puso en contacto con el doctor F61bc Rotdán quien les dl6 Instrucciones precisas sobré los documentos que debran presentar ex presándoles " que eso valía treinta mJ~esos". cantidad que no le pare ció exagerada y entregó a F~llx ~v arios contados así : quince mllpesos en su casa de habitación ~presencia de su hijo Ludwl Fernando Aluma: diez mil pesos por ·comfuc~ de su hermana María del Carmen Sa!_a v zar atendiendo una llamada ~'tót<lca que le hizo desde Popayán loscinco mll posos restantes ~ f~ma personal al sindicado: dinero exlgfdo por éste para gestlonayiof aoc·umentos que se necesitaban y atenderotros gastos.- \..__} . () La deponente relató el encuentro con el sindicadoen una fuente ~~ de propiedad de Jaime Arlstlzábal; las visitas quehizo el doctor~oldán .·.a. su casa en ra16n de las gestiones que se compromet16 a ~ar; el fracnso de sus. planes matrlmonlales y la negativa del acusado a devolverle el dinero.- ,· Saulo L.6pez Holgurn declaró que habiéndote coment.ado Oelby sus planes matrimoniales, un día se encontraron en lafuente de soda "La Victoria" con su amigo y conocido el abogado F,llx

Roldán con qulon dialogaron sobre el particular • saflondo ~el estable· cimiento a casa del profesional en corgpatUa de Bernard. Cuando regros6 del Banco a dondo habra Ido a cambiar unos d61ares ,oy6 decir ª Oelbyª que había quedado en dloz mil o quince mll pesos arreglo til del matrimonio., que Félix le Iba a hacer la vuelta del matrimonio y ª!! ª tonces ta cobrar-a a ello ase dinero• ••• (fl. 99v.) Como Bernard regres6 e Aruba, le dl6 poder para J que lo representara y en tales condiciones concurrl6 al Juzgado a de-- 1 clarar. yendo a una Notaría con el fln de autenticar unos documentos que JI luego entregó a ºChuchoª, el mensajero de Félix, por Insinuación deFONOO ROTATORIO CE:L Ml~ISTE:RIO t'E JU'.FICIA - - - - - - · 3 REPUBLICA DE caLOMBIA flfama ~/(fjo.1.ccÚ)/1,a/ ésta.- Fracasado el matrimonio, Delby le pidió que re clamara a F,ux el dinero y 6ste le contestó " que no t<mfa porque-· (sic) devolverle plata a ella, porque ese dinero se había tenido quo gastar en fas vueltas quo tuvo que hacer :Chucho" en Bogotá, y q~e si era para tanto problema 61 le giraba la plata a· Bernard ••••• " _;_ (tl. lOO).- Marra del Carmen 5alazar, hermana de la quejosa .. expreGa que a los pocos dfas de haber regresado de Aruba Oelby y

Bernard en plan matrimonial n a la casa lleg6 el abogado que se Iba a encargar de ollo, era F611x Roldán ,-00 recuerdo cómo había venido oquién lo habta traído, no sé si s~~A ulo o mi hermana, lo cierto era que ahr en la casa estaba el a~~ que era Fállx Roldán, él llevabaunos papol es y estuvieron hat1an~o del matrimonio, 61 les decía qué era lo que tontan qu6 hacer y ~'-.¿a lo que se hada., y lil le dijo to de la plata, el valor que era d~~ta mil pesos, eso fu6 en horas de fatarda, a eso de las seis,°\s eis y media de la tarde y fu, en la casa de nosotros, ooe día estadaJ,ámbl6n Bernard ahí, se tomaron unos tragosde llcor y hasta brindaron por el matrimonio a celebrarse •••••• despu6s de esa conversacl~I hermane pues comentó que la boda se había orr! glado por la suF~ treinta mll pesos y decía que Je pareda boratoen esa plata; ~Td espués de que F611x estuvo en mi casa., ·que en comP,! nra de Sa u~Dernard fuimos a casa de 61, en horas de la maflana., - porque había dicho que fuéramos; y en su casa Ft\lix nos dijo que tenía mos que Ir al Juzgado que tentamos que declarar y nos dijo más o ffl.! II nos qué era lo que nos Iban a preguntar, y de ahí los tres nos fuimos para el Juzgado •••• ~ (ti. 91 Ibídem). -

Postorlormetne agrega la testigo~ su .hermana te pidió que fuera a casa de Félix a entegarle parte del dlnoro · - siendo atendido por una hermana del abogado que fo expidió e~ reciboque obra en autos ( fl. 45 y es del siguiente tenor literal : .. . ' .. . Rector\ ªBuga, diciembre 20 de 1.981.- 'Qé la senora DEIBY MARIA SALAZAR RAMIREZ.la suma de diez mtl' ~esos- ($ 10.000,oo) por concepto de honorarios profesionales. R~lbí,, StcllaRoldán S. 29.217.54911 .- \ 7 ¡ \ Llamada a declar,~N!~ 119!l9SJ1ó1 (JQ~c;J~rs,~J.t~'&ia l}~JTICIA -- . . ·~ ,i, ' 1 \ -·-- REF'UBLICA DE COLOMBIA /!Ja/na fi/'ÚCbCCÚ>/ta/ -d6n Sa lcedo. ( fts. 95 v. y 96),. reconoció el conten1do y la flrma dol mencionado documento ( fl. 9) explicando que una muchacha desconocidallevó los dlez mtl pesos para quo fueran entreHados a "O.ucho", muchacho mandadero de la famllla, a fin de que hiciera unas diligencias en Bogotá., agregando qua después do rendir exposlcl6n en la Procuradurra Regional, coment6 lo sucedido con su hermano F61lx. Entiende por honorarios profe slonaJes ol pago hecho a un profestonal por los servicios prestados,advlrtJendo que el hecho de haber colocado esa frase en et recibo fu6 un error de su parte , ya que no sabía para qu6 era el dinero ni de qué· se trata ba., (fJ. 96).- ordo on f ndagatorla el sindicado, (fls. 165 a 169) - neg6 haber exigido o r~lbldo de su acusadora alguna suma de dineropara autorizar el matrimonio clvll con el holand6s. atribuyendo la sindica ción al deseo de venganza do Delb~a f rustraci6n de sus planes matr! monlales, hecho del c:ual lo respo"'mza.- (gye Expllca el diecisiete de diciembre de 1 • 981encontr,ndose en la fueni, ~ soda "Sa Ión Victoria" en compat\ía i de J&(me Artstlzábal y Fredy ~c;.nández. llegó Dei by Salaz.ar a quien cono cía de tiempo atrás aceade del Joven Sa ulo L6pez y de un ciudada I no holandé!l para consU.lltarle respecto a la celebracl6n de un matrimo nio clvil, habllmd~i lustrado sobre los requisitos y formafldadas del acto. siendo enfát~ en manifestarles que en Colombia la celebración era gratuita • en r~esta a una pregunta que le formuló el ciudadano ex tranjero. - ~ Advierte, que al examinar unos regl!Jtrcs clvlles que le presentaron notó que al certlflc:ado de viudez de Bernard le fal taba para tener validez entre nosotros, que la firma estampada por elCónsul do Colombia en Aruba, fu~ra certlflc:ada por el Mlnls·terto de Re la

clones Exteriores en Bogotá,enterando do ello a los lntere~dos paraque encomendaran dicha gestión a cualqulor persona. - Al &allr de la cafetería en companra de sus con tertullos , se les acerc6 un colaborador o dependiente suyo de nombreoraz JesC.s Antonio Colorado quien entró en conversaciones con et holan cMs en cuanto al viaje a Bog~tá para fa logallzac16n del rcgtstr--o • come!'! tándoles que pensaba viajar de vacaciones al Ecuador por lo que le ofr! cleron en venta varios d6J ares. parte de los cuales andaba vendl.endoafanosamente Saulo L.6pez. - F"ONOO ROT.4TORIO DEL M INISl ERIO DE J~STICIA ·--- REPUBLICÁ cfE 'cCLOMBIA I ~ <%.. . /· . ~a/na c/'tl/f/.iC/.tCCUl/tCJ; Al df'a siguiente, agrega, fueron al Juzgado apresetttar unos meoriales, ponl6ndole de presente la prisa que tenían en la celebración del matrimonio, y el hecho oo que Saulo, sagCm manlfegtá rclón de Oelby Iba a trabajar a Aruba, circunstancia que le llamó laatención por tos antecedentes amoroso~ entre ellos. - Reanudadas las tabores Judiciales, a comienzosde enero de 1 • 982, el abogDdo Vlllaqul rán obrando a nombre de Bernard. dcsl stl6 de I matrlmon lo. 0 Después do eso, agrega, - me encóntr6 ~on la ae

yt\ora Delby, me dijo que había tenido ~roblema grave con el novio que ella pen,aba que yo tonía much~e ver en que se le hubiera daftado o fracasado el matrimonio, me p¡,a~t6 qua qué pasaba con el dinero de los gastos, que sl ese dinero se\.petdíu, yo le r-ospondí que si habían hecho ~ vuel~s en Bogotá y todo 1.e hubiera gastado el mensajero Chuchose por alié sin lugar a d~~ pcrdfa porque se había gastado.Le agre gué que tenía entendld~e quien tcnfa que reclamarle a Chucho era el prometido que habíc) dado el dinero para las vueltas, no ella ••• " (t. 166v.). O Aloga que "Chucho n realizó la gestión en Bogotá, entregando el ~~cry~o_,a l holandás qulon no lo hizo llegar al expedle_!'.! r te. 11esto lo 1t6...::)expllca-, porque ol mes pasado estuve en Aruba y er extranjero en una declarac16n extraproceso, que rindió ante el doctorLacté • expllc6 esto y aport6 a su declaracl6n fotocopia del documento ocertificado de viudez de una seftora Clsepplna Caprlfe s, quien ora la es~ sa.Este docwnento aparece por al reverso con una firma y el sello delMinisterio de Relaciones Exteriores de Bogotá de fecl1a 21 de dtclembre de 1. 981 •• 0 fl. 166v. )- .- ( Refiere además, que los diez mil pesos fueronentregados a su hermana con destino a Chucho para atender los gastosda tas gestione$ y que los empleados del Juzgado le contaron detalles de una conversación con Bernard respecto a los motJvos de su deslstlmlen· to-.- Jaime Arlstlzábal, propietario de la fuente de soda a La Victoriaª, confirma et encuentro del sindicado con los novios y et Joven Saulo L6pe1 , manifestando que meses despu6s de haber sldo llaJn! .~~.:~é do a declarar on la Procuraduría por 0~&ch~s~'~•a71i8'BEdoñlwC!.A_ - 6REPUBLICA OE COLOMBIA !Jfahza fi/'t'jf/tcrtfJAa/ -Delby a comprar unos clgarrlllos o chorizos at negocio. estando yo con el doctor Alexis Al uma hermano de Reynel Aluma ~ con Héctor Osorlo. deyo quinas me acuerdo asr, también de Osear Jarammo, entonces te pregu_!! t4, a Delby "qlubo O.lby pues 'de ese negoclo que me llamaron de laProcuraduría, me contestó• ••• que no ese viejo se me qult6 porque mo plll6 con Sauto ••••• entonces el vleJo se me quitó, y el que se me tlr6 en esta - ... f ué ese doctor Roldán porque la chismosló que yo era muy puta~ y resulta que él me las paga porque ya lo tengo en la Procuradurra (fl. 98v.); expresiones ésts que igualmente son relatadas por tos mencionados testi gos (fls. fls. 108v •• 109v. y 107v.).-

En declaración rendida por Bernard Teunls Hoftljzer ante el Notarlo d~ Aruba Edgar ~I Lacio ,autenticada por el Cónsul de CQlombla y refrendado por el ~erlo de Relaciones Exteriores, elcomparoclente explica los motlr~ue lo llevaron a desistir de sus pro pós ltos matrlmonlales;aflrma q~ gastos correlron por su cuenta habi!_n do entregado a Chucho dlflj ~ pesos para transporte y alojamiento y o.. mn tros diez por conduct~e ia hermana de su prometida. negando enfá ticamente que ol doctorS,t&n Satc&do le hubiera cobrado o exigido a 61o a Delby alguna suma de dinero para casarlos por lo civil Cf ls. 133 a 139). Q Por los hechos resen.ados. el Tribunal Superior deBuga al resol~ una petición del apoderado del sindicado en el sentidode abstener~,de decretar su detención preventiva por no existir mérito para ello, m~te auto de nueve de abrll de l. 985, orden6 dicha ~dlda c.oncedi<mdole el beneficio de libertad provisional ; pronunciamiento contra el que el propio sindicado pldl6 reposlcl6n y en subsidio, apelacl6n.Negada la resposk:16n, se concedió la apelacl6n ante esta Corporación.- En extenso alegato sustentatorlo. de los recursosInterpuestos ( fls. 21 q a 223), el ex-Juez sindicado ataca ocervamen te lostestimonios lncrlminatorlos anotando que el Tr lbunal de Instancia no obse!

v6 en la apreciación de tales medios de convlccl6n las reglas de la cr(t!_ ca racional ;hizo una evaluación Insular del documento suscrito por suhermana asignándolo un valor probatorio que no tiene por tratarso de un escrito ambiguo que no precisa al nombre del destinatario del dinero. Pre suml6., agrega. que ol dinero· Iba destlnado a él a pesar de que , en et recibo no se mencionó el verdadero nombre del destinatario y que. según las pruebas recaudadas los diez mil pesos fueron entregados con destino r a "Chuchoº, su dependiente loboral. Consecuente con dicho planteamiento solicita In revocación de la medida Impugnada por estimar que no se dan

FONDO ROTATORIO Dl:I. MINISTERIO CE JUSTICIA

REPUBLICA DE COLOMBIA

/!la/na ~nd(k'c:cú,Aal ) :~s presupuestos mínimos pura sustentarla. - Por s~ parte.el Procu.,-ador Tercero Delegado enlo Penal, después de examinar los elementos de Juicio aducidos sollcltaconflrmar la providencia recurrida con fa modificación de cambiar ta deno mlnacl6n provlslonal daf delito porque conforme resulta establecldo del te! tlmonlo rendido por la acusadora, respaldado con otros medios probatorios, el hecho Imputado encaja dentro do la descrlpc.J6n del tipo penal de conc~ sl6n d'1 que trata e f art. 140 y n6 del cohecho impropio del art. 1142Ibídem pues. no fu6 Delby ft.-\arf;a Salazar la persona que voluntarlamento 9 ofreció af sindicado el pago de los ~v~clos matrimoniales, sino que -

ñre éste quien la Indujo a cancelarl~t'Ía cantidad de di11ero por talesservicios. - ""-."< .. Surtlé~e l trámite de la alzada, el t>X-Juezsindicado impotrO ra cesaci~e procedimiento por Inexistencia del hecho ! a 61 Imputado, remltléndo~en texto; a las arguinentaclonos expuestas en i sus anteriores éllegaclone~ I n1 / Procurodor Delegado s~ mostró cm desacuerdo ' c:on el pctlcionarlp ~ estimar que oxlstlenóo rnt\rlto probatorio suficien e1 te para susten< auto de detención proft:1rido un su contra.resultaba proccsalmanto ~slble dar por plenamente coruprobada la inoxlstencfadel hecho Imputado.- SE CONSIDERA Oos verslonei contrapuestas tratan do explicar -- lo sucedido: de una parte. la categ6rJca JncuJpacl6n de la quejosa OelbyMarta Salazar en el sentido de atrfbufrle al sindicado la 1pef_lit<,iu"a' y - l posterior recibo de una suma de dinero ciotno1_~m~n:,~~-1dosd!_lmatrlmonlo clvil- ~ ¡ que se proponfa contraer con el sCibdlto flolQndés Bernard Tdunis., resp!l\liH 1 'i! dada con fo9 testimonios vetttdos por su hermana Marra del Carmen y su :,1 amigo .Saulo l.6pez; y do la otra., la enfática negativa del acusado y las ex tl ·1 pllcaclones por él sumlnlstradéls, corroboradas por su dependiente labofl

¡' ral Jesús Antonio Colorado Díaz conocido como "Chucho". su hermana Ste 'i lla Roldán Salcedo, er ciudadano extranjero Btrnard Teunis y los decla1 ·i rantes que dan cuenta de la conducta llcenc:losa de la acusadora y las - j " -.;; ~- ::::: .. ~ ,., :: --:,¡ FONDO ROTATORIO OEL MINISTtHIO 0( JUSTICII\ j ~ • -expreslones amenazantes y vengativas que protlrl6 para referirse al·~ funcionario Incriminado. - Lo Sala no obstante la tacha moral endilgada ala querellante y su supuesta anlmadversl6n hada el sindicado, qua en -- otras circunstancias podrían restarle sinceridad y buen cr6dlto a sus afirmaciones.se Inclina por aceptarlas, biisada en fas siguientes aproclacJ_o nes: No cabe la mennr duda que el J i..:ez Roldán Salcedo i conocido de Oeiby y de Saulo. se prestó a dl~logar ccn ellos y el eluda. . dano hol,mdés respecto a lo5 requtsJJ«,t. y formallc.Jadas de un asunto - .1 1 do su com~tencia f une tonal. lmpa~o a los Interesados precisas lns-- trucclones sobre et particular pe~t'lendo ild~más, que un de~ndlente su yo, ajeno a tales menesteres. ~comprometiera a gestlonarles la legall zacl6n de unos ducument<"z- ._ ~sardo haber emitido opinión sobre el asunto. al día slgulcmte do la ~Ión en la fuente de soda, autorizó la recepcl6n de tns declil~ones axtraproceso de Saulo L.6pez y Marra del Cármen Salilzar luego ac~ el rep~rto do lil domunda o solicitud de matrlmonlor civil prosentad~r los presuntos contrayentos, lmprimlénd~le el trámitelego! a I.J _ ~uac16n, el que so abstuvo da proseguir ante el des,lstl miento de 1hn'nard Teunis ( fis. 11 a 16).- El sindicado vlaJ6 de vacaciones al Ecuador demo r6ndose en Popayán, ciudad de!.de la cual, sogún la denunciante, lallamó por teléfono para SJ.:JQ!'i':i rJe qu~ lo llevara diez mil pesos a su casa Cf ls. 118 a 166). Después de haber sido notificado de la providencia -- ' . car · que lo sancionó dlsclpllnarlamente con tres meses de suspensión en el ¡ go ,en ,.azón do los hechos aquí investigados y conociendo la existencia-- del proceso penal adelantado en su contra, vlaj6 a la Isla de Aruba. c~n BlguJendo la declaración del cludildano holandés. fa que hizo allegar alexped lente. - El recibo que obra en autos. (fl. 1,15) elaborado Y· suscrito por la hermana del sindicado y por ella expresamente reconocido. es prueba Idónea para establecer la entrega de los diez mll pesos con - : destino al doctor Roldán Salcedo. como ~f.l!Atlr,.l~,Jl~Je1~~~n.Q~l~y JusYiw .-

r ; ~ . r1 REPUB\..\CA DE COLOMBIA -..Marra del Carmen Salazar y lo sostuvo categóricamente ésta 61tlma en dtllgencll de confrontación con Stella Roldán Salcedo ( fl. 1 os v. ) • sin que valgan laslnfantlles expllcadones dadas por ella en orden a justificar el error de ha· ber conslgando en él la expresión II por concepto de honorarios profesionales" 4 Dectaracl6n rendida por Je,ús Antonio Colorado - ( a. ºChuchou en el sentido de haber prestado sus servicios al 'grfngo"- Bernard para la legaUzaclón do uno!:> documentos ~n el Ministerio de Re~ clones Exteriores en esta ciudad# y haber recibido los diez mll pesos que le deJaron en casa de la hermana del Juoz Roldán Salcedo para atender dichos gastos (fl. 93), no &lrve para avalar las exculpaclones del sindicado po!. que el deponente Incurre en uno s1€ rlo de contradlcdones tJ Inexactitudes .. ,z que le restan valor a su dicho. - "-..; En efeqio, •e n exposición rendida ante ef Procur~dOr Regional de Buga (fl. 39), ~Vnada manclonó ni ciudadano holandlts,llml tándoso a decir que Del~lo había Insinuado el viaje a Bogotá sin nin gún compromiso razón ~a que no exigió dlenro por la gestl6n, y en de claraclón rendida ante~ funcionario Instructor ( fl. 94), expresa que el negocfo to hizo con el gringo por la suma de quince mll pesos: diez mll pe

mn sos que le deJaÚ casa do la hermana del Juf'tz y cinco pesos que Je entregó ~nalmente, enfatizando que cumpUda ra gestt6n le entregó los document~ O~fby, hecho 4:ste , que contrasta con la aflrmac16n de Bernard (ft~ v.), en et sentido da haber recibido de .. Chuchoº los d~u mentos cuyos orlglnales reposaban en su poder. - No puedo lgnorarso que OElby como Marra del Carmen manifestaron no conocer a ªChuchoº. negando que le mencionado sujeto h~ blera sido encargado de adelantar las gestiones de que da cuenta ol lnfor!!'a tlvo y quo Saulo L.ópez s61o admite su presencia e Intervención en este asunto: a Instancias de FélJx. c:uando rec:lbt6 en la Nu taría de Buga unos documen tos que habían sido autentlcados (fl. \00) y que el citado "Chucho" no com~ rectó a la dlllgencla de confrontacJ6n con López no obstante haber sido - " requerido oportunamente ( fl.. 103). - Entonces. si el testimonio rendido por el mensajeroy dependiente del ex. . juez sindicado merece tantos reparos que lo hacen po 41 co cral'bfe • resulta lnacoptable dar por cierto, como lo pretende, que el nero entregado a la senorlta SteHa Roldán tenla como <.fnfco .destinatario a "Chuchon .-

F"ONOO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JJSTICIA

-[f--,

REPUBLICA OE CO L.OMSIA

3famo c-fin3rlÍrl'Ú /ll'.l/ En cpm,PIC>., a juicio de la s~t.a. le declaracl6n de ·oelby presenta contenidos do togk:ldad, coherencia y veroslmilltud, que la hacen razonabfomento atendiblu a más de qua, como ya se anotó,. apa reca confirmada en aspectos sustancia tes, con otros medias de convicción ollegados al proceso, quo valorados en su conJunto., constituyen lndldos de culpabUld.ld. - l,935 antorlores consldar:!clones son suflctentes para negar por Improcedente .. le, sollcltud de cesación de procedimiento quepor Inexistencia del deltto ha elevado el sindicado.- El Tribunal Superior de 8uga a, callf\car provlslo nalmente el hecho p\l\1ble, como un dellto de cohecho lmproplo, proflrl6 - 1 1 ; en contra del sindicado como medida de aseguramiento la detención prev!n tlva,. al dar apUcacl6n ni art.439 dol C. de P.P. en armonra con lo dis 'v puesto en la ley 2a. de 1. 93ll.- En la act~~d las norr.,as legak-s quo sirvieron de fundamento ol auto do datenb fueron modiflcadas por el Decreto 1853de 1.985 y 56 de 1'.986 quo~lsagran como medldc> do aseguramiento p<!r3los delltos que contemplar<""'-°ª pet_ia niínlma prlvAtlva do fa llbortad lnf!_ rlor a dos at'tos, la ~~n ya sna prendarla o Juratoria y que es la ap!!

cable a\ ceso que se ~mina, por tener sefü:1lado el cohecho Impropio una peno mínima d~ sets meses de pr1r.16n. - ' 1,' Q . ' No obstante lo anterior ~et ser\or Procurador Delegado ~~ on lo Panal qua o1 auto do detención .se mantengil con el argumentode que pod~ estar en proscncla de un delito de concusf6n y nó decohecho trnproplo. • Considera slnembargo la Sala,que la sltuacl6n proba!(> ria oxlstente ahsta el momonto.aconseja mar,tenor la adecuación trplca provl, slonnl dada por el Tribunal a lo conducta Ilícita en estudio, o sea la de cohecho Impropio, porque los alementos de prueba hasta el momento allega dos a los autos, no ponen en ovldencla un comportamiento def juez encamln_! do a constrotUr o Inducir a la víetlma a entregar la suma do dlnero 1sino que ésta sin apremio alguno, sJn requerimiento del Juez, equlvocadame!! te entregó a 6ste la suma de dinero como retribución por la labor que sodeb(a eJ~utar y que el Juez aceptó en actitud reprochob(o, a sabiondas de que estaba desemponando unll función propi.:s del cargo que en ninguna forma podra ser remunerada por partlcúlares.- El Tribunal practicará las dlllgcnclas necesari~s -- para determinar con mayor precisión., si la entrega de dineroque aludarONCIO A~"ATOíllO ce:~. Ml"il',1 FRIO fll' .,::•;f 'l ./1

.l ( l • I A -- l.·....r ., ~ REPUBLICA DE COLOMBIA &f onta fi.l'úr~áú Aa/ - la denunciante - se reallz6 mediante opremlos,prcslones o requerimientos., del Juez acusado, o si ell.?1 se hizo espontáne.a!'f1t:nt!l por lo ofendiera como .. retribución a la labor de) Juez u "hoflorarlos" cu.no to dll a entender la prueba que acogió el 'f.rlbunal en el auto recurrido. - Como no es admisible en la actualidad et auto dedetención., como medida d~ asegur¿¡miento par al caso ~ue os objeto de Juz gamlento., la Corte modlflc¡\rá 1;1 providencia recurrido en el sentido de cilmblar la detención preventlvo por una eoución prendaria que por la can tidad de cien rnl1 pesos (~l 00.000.00) M. /Cte •• prostarA el sindicado ante el Tribunal del Conoclmlento.-con fas formalidades legales.- Por estas consldoradones. la Corte SYprema de Jus. . ttcla - Snla de Ca~ción Penal,. confl~la provldencJa recurrida da fe cha nueve do abril d~ mll noveci~os ochenta y cinco# con fa modficacl6n do cambiar la modida de as~gu~ento de la dotendón prev~ntica lmpU!_s tuaL Dr. Féllx Hernán RoJdd~r la do cauc16n prendarla on cuantrade ClEN MIL PESOS { $100.~.oo) quo ol sindicado prestará con la!i for!!'B

Udades legales ente el oTr~ af 'del Conocimiento.- 2°. - NI EGASE la cesacl6n do procedimiento sollcltada por ol

COPIESE,NOTIFIQUESE Y CUMPLASE ..

EDGAR SAAVEDRA ROJAS LUIS ENRIQUE ALOANA ROZO

HERNANDO BAQUERO BORDA JORCE CARRE~O LUENGAS

GUILLERMO OAVILA MUAOZ GUILLERMO DUQUE RUIZ

GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ LISANDRO MARTINEZ ZUíllCA f2

REPUSLICA DE COLOMDIA

¡ 1 '. J&i6 H. Vclásqucz R. - Secretar lo. f"ONOO ROíA íORIO Dfl •.' fNt'i, (RIO !"F HJS';1C•A

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