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CSJ - SP 3459(14-12-1988)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 3459(14-12-1988)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1988
  • .

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... ' ' ' " • .• ' • ' "

COLISION DE COMPETENCIA

•• • 1 • 1 • ' 'J . ' . • . ' . '\ ' l. . ~- -- , ,t \ ' •

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; ( ' ' • . , 1 •• • • ' ' - • '- c . A u t o . - 88-12-14 . - Dil"ime c o l i s i ó n • - JLtez 26 de I . de ' Bogotá ,- - ' - ' 1 • ' • 1, ,I .- . F' ROCES AD O ( S) : J a i r o A. ntonio Pantano V i l l a m a r i n DE:LITQ: Hu t o .. 1 :r .' ., ir ,_

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MAG F'Of\JENTE: DR.1~ISANDRO MARTINEZ ZU~IGAI ST,RADO

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FUEf\JT.E FORMAL:

At-ticL11o 95 C. de F'.Pª .,

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P~B~ICADA LA ~ACETA JUDICIAL?(S/N): N ~

É~ Rad.#3459 • - •

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. " • . . - - ' - • 1 • Colisión de Com etencias ##. 3459

ontra: airo ntonio Pantano ' • ' ' Delitos: Hurto e infraccion ai ar tículo 19 del Decreto 180/88 • • •

CORTE SUPREtv1A DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

.

  • '

' • tv1agistrado Ponente:

DR. LISANDRO MARTINEZ Z.

Aprobado Acta ##. 76-XI 1-6/88 i

  • ' e ,

• ' • Bogotá, Diciembre catorce de mil novecientos ochenta y ocho.= ( . ' • '

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1 1 ' 1

V I S T O S :

' ' E 1 . • 1 Decídese la colisión negativa de competencias trabada en-

  • ' tre los Jueces Veintiseis de Instrucción Criminal y Octavo de Orden Públi

1 - ' ' ' ' ' co de Bogotá, quienes se han abstenido de conocer del proceso que se si '

  • • i

' ' gue contra JAIRO ANTONIO PANTANO VILLAtvtARIN, ORLANDO MORENO l .! . )

' ' ( SOLORZANO y REI NEL ALZA TE VELASQUEZ, por los delitos de Hurto ca • ' l . - i • ' ' lificado e infracción al artículo 19 del Decreto 180 de 1. 988 por Utilización 1 (! ' ' ' ilegal de uniformes e insignias. ¡ - ' ' • ' • ' • • ' •

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: l

• '

', ' •' • ' , • ' • ' ' ' ' ' is 1. - No discrepan los Jueces colisionantes respecto a las - .

  • ' circunstancias en que tres sujetos, uno de civil y dos con uniformes que - '

' ' 1 • • aparentaban ser policías, con arma de fuego se apoderaron del vehículo 1 1 ' , ' ' 1 '

  • ' • automotor de propiedad del señor Sergio René Castiblanco Salas. '

,' ' ' ' • 1 ' ' ' J' ' ' ' ' ' ' ' ' - '· - - - - - - - ~ - - - ------ - . - -- - : ' - • -2- • 2. - Valorada la pruebas allegada hasta ese momento alproceso, el Juez Veintiseis de Instrucción Criminal dictó auto de deten - • ción a los precitados sindicados por corresponder a los individuos quecometi~ron el asalto, quienes fueron capturados con el vehículo. 3 . - El Juez Octavo de Orden Público no discrepa del a -

  • • nálisis probatorio en que se fundamentó la medida detentiva, pero afirma
  • • que no es posible afirmar que concurra la infracción al artículo 19 del De

- • ) ( . - creto 180 de 1. 988 por utilización ilegal de uniformes e insignias de la Po - • 1

  • - licía, pues el ofendido no ha reconocido a los capturados como las perso-

  • • nas que lo despojaron del automotor .

• • •

  • • 4. - Diáfana es la incoherencia del análisis del Juez deOrden Público; acepta que los detenidos fueron las personas que se apo- • deraron del vehículo, es obvio~ que dos de ellos eran los individuos que 1 vestían de Policías; ahora, que no se haya establecido si efectivamenteeran miembros de la autoridad, es una argumen.tación carente de lógica y
  • • r ,- riñe con la realidad probatoria, pues, los capturados han afirmado activi

• • - ( • •

  • ' dades distintas a las de ser policías y ninguna posibilidad, permite estable1 cer el proceso para concluir lo contrario; todo indica que utilizaron ilegali

' • mente uniformes e insignias de esta institución. :- •

  • • 5 . - . Exigir que para el momento de la captura los sindica

• - 1 • • dos vistieran los uniformes que portaban cuando cometieron el delito, es verdaderamente desatinado, ya que la aprehensión no se efectuó en situa-

  • - 3 ción de flagrancia y la conclusión a que llegó el Juez Veintiseis de lnstrucción de Instrucción, que comparte el de Orden Público, corresponde a la • valoración integral de la prueba recolectada.

• • •

  • • 6 . - Así las cosas, impera concluir, que la competencia pa

- • • - -· 1 - . . .

COLISION COMPETENCIAS fJ. o E

3459. -3- •

  • • ra conocer de este proceso radica en Juzgado Octavo de Orden Público. el En mérito de fo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUS -

,

TICIA. SALA DE CASACION PENAL,

R E S U E L V E :

' ) ( • DIRIMIR la Colisión de Competencia suscitada entre losJueces Velntlseis de Instrucción Criminal y Octavo de Orden Público, asi.9 nándoJe el conocimiento de este proceso af segundo. DISPONER que por la Secretaría de la Sala y con carácter informativo, se envíe fotocopia de esta providencia al Juez Veintiseisde Instrucción Bogotá. Criminal de Cópiese, notifíquese y cúmplase. r ' ) . •

  • JJ !/ . / í ; ) / 7 "

GUILLERMO DUQUE R IZ I

JORGE CARREÑO l)ENGAS

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GIRALD

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VELASQUEZ

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LISANDRO MARTINEZ ZUNJGA

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GUSTAVO MORALES ,\,1ARJN

Secretario ·- . ~

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