🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 3512(30-03-1989)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 3512(30-03-1989)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1989

- • • • Expedier1te No. 3.512 " "

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

, ' '

Magistrado ponente: .

. ' •

' Dr. JAIME GIRALDO ANGEL

• ' • • ,. Aprobado Acta No. 013

  • • • Bogotá, treinta de marzo de mil novecientos ochenta y nueve.

• • ' •

V I S T O S :

  • • Por cuanto este proceso se rige por el nuevo Código de

1 Procedimiento Penal, procede la Sala a decidir de plano la solicitud de liber- • • tad, por pena cumplida, elevada por el procesado .liiro Munar Murillo, para

  • • lo cual acompañó certificado sobre trabajo .

• 1 •

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

1 • La Presidencia del Consejo de Guerra Verbal de la Armada Nacional, como Juez de primera instancia, co11denó al procesado JAI ROMUNAR MURILLO a la pena privativa de la libertad de tres (3) arios de == prisión como autor responsable de los delitos de Hurto Militar y tráfico de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas. decisión qLie fuera confirmada por el Tribunal Superior Militar en providencia de 5 de septiembre de 1 . 988. - - . - · - - - - - '1 • • - 2El peticionario se halla detenido desde el 5 de septiembre de 1. 986, es decir, ha descontado efectivamente en prisión treinta ( 30) meses

y veinticinco ( 25) días. Por trabajo acredita 3. 828 horas y no como equivocad~ mente se consignó en el certificado aportado ( 5. 828 ) , irregularidad que novicia el contenido del documento para poder ser considerado en esta oportunidad ya que se trata de un error al realizar la suma de horas mensuales labo- • radas, que le dan derecho a un·a rebaja de pena equivalente a cinco ( me-- 5) y y y ses nueve ( 9) días, para un acumulado de treinta seis ( 36) meses cua- ' • tro día$, superiores a la sanción impuesta en las instancias, razón por la (4) cual resulta procedente su excarcelación inmediata e incondicional, siempre y cuando no se halle solicitado por otra autoridad en razón de proceso diferen- • te. ' • En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPRE1v1A DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,

R E S U E L V E :

1 1 lo. ORDENAR la inmediata e incondicional libertad del - , procesado JAIRO MUNAR r..1URILLO, por pena cumplida. • 2o. Líbrese la correspondiente orden de libertad mediante comunicación telegráfica al Señor Director de la Cárcel del Distrito Judicial de Cartagena, con la advertencia de que solo producirá sus efectos en el evento de no hallarse solicitado por otra autoridad en razón de asunto difere~ te. Cópiese, notifíquese y cúmplase. . . • • • •

  • 3 - Proceso No. 3.512 Ordena libertad incondicional de JAIRO MUNAR MURILLO, por pe na cumplida .

• /

  • • --·· - • • • ~ . • .... - ,r-•- . 1
  • ••

! ' -·· • , JO E / ,,

  • 1 . . L .

}J'_,,;._: -~ \¡ •

GUILLERMO DAVI LA MUílOZ

G.Ul LLERMO

DUQUE RUIZ

• ' ' \ ~· - ' 1 • •• 1 _..~ 1 .... •

• 1 • 1 • ' 1 ' , ' ' • b z. - GUSTA OM VEL,.A QUEZ , , / ' . , 1 / ,,· .-f \ __ ,,,.f? \ /

/ 1 / , (,/ o • - ODOLF

MANTILLA JACOME

• ,, 1 Marino Henao Rodríguez • Secretario. - - • •

Consultar sobre este documento ...