CSJ - SP 3600(13-07-1989)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 3600(13-07-1989)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1989
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - = - = - · = - - : - .- - - - - - - - -==-·, - - - - · - · - ~ - - - - - - - - -
• • • • • ' • 1 •
• LIBERTAD
1 1 1 " 1 ' •
- • A u t o . - 89-07-13 . - Concede l i b e r t a d . - T r i b u n a l S u p e r i o r Bogotá de PROCESADO(S): E l i e c e r Q u i n t e r o P a r r a
'
DELITO: Hurto MAGISTRADO PONENTE: DR. GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ FUENTE FORMAL: A r t í c u l o 72 C. P.
PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N
Rad. #3600 , . - ' ' • •
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Expediente No. 3. 600 • •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
• -
SALA DE CASACION PENAL
• • • tv1agistrado ponente: '
Dr. GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
• Aprobado Acta No. 039 ' Bogotá, trece de julio demil novecientos ochenta y nueve. • o '
V I S T O S :
' • • ' 1 • 1 Nuevamente solicita el procesado ELI ECER QUIND e TERO PARRA el beneficio de libertad provisional con fundamento en e
- lo preceptuado por el artículo 72 del Código Penal .
- CONSIDERACIONES DE LA CORTE: El Juzgado 11 Penal del Circuito de Bogotá condenó al peticionario como autor responsable del delito de Hurto agravado y calificado a la pena privativa de la libertad de cuarenta y dos (42) meses de prisión, decisión que fuera modificada por el Tribunal Superior de la misma ciudad en fallo de 11 de agosto último en el sen-
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- ' - 2 - • tido de imponerle como pena privativa de la libertad la de cuarenta y cuatro ( 44) meses de prisión, cuyas dos terceras partes, para los efectos de la petición de excarcelación, equivalen a veintinueve (29) meses y veinte (20) días.
Quintero Parra fue capturado el 9 de mayo de 1. 987, es de
- • cir, ha descontado efectivamente de la pena impuesta veintiseis (26) - meses y cuatro ( 4) días. Por trabajo le fueron reconocidas en provi--
1 ' dencia de 7 de julio pasado 1. 640 horas para una rebaja de dos ( 2) - meses y ocho ( 8) días y por estudio 1. 005 horas para un descuentoadicional de un (1) mes y veinticinco (25) días. Acumula• en esta o pory tunidad treinta (30) meses siete (7) días, superiores a las dos ter e ceras partes de la pena impuesta en la sentencia de segundo grado . •
- ' En cuanto a ·los fectores subjetivos que exige la norma mencionada, Quintero Parra _no registra antecedentes penales; su comportamiento en el centro de reclusión ha sido calificado como ejemplar y durante su reclusión ,viene estudiando y laborando continuamente, razón e ' por la cual considera la Sala que su excarcelación resulta procedente D e mediante caución prendaria y la suscripción de diligencia de buenaconducta y presentaciones cada quince ( 15) días an-te la autoridad - - .
' • donde fije el procesado su residencia. • En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
- R E S U E L V E : 1 o. OTORGAR al procesado ELI ECER QUINTERO PARRA el beneficio de libertad provisional previa caución de cincuenta mil pesos r.
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• ' • ( $ 50. 000.oo ) que depositará a favor del Juzgado 11 Penal del Cir- • cuito de Bogotá y la suscripción de diligencia de buena conducta ypresentaciones personales cada quince ( 15) días ante la autoridad don
- • de fije el procesado su residencia. 2o. Satisfeclos los anteriores requisitos, se librará la co-
- rrrespondiente orden de excarcelación con la advertencia de que solo producirá sus efectos en el evento de que QUINTERO PARRA no se halle solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente.
Jo. Para el cumplimiento de esta providencia se comisiona al Juez Sexto Penal del Circuito de Barranquilla a quien se le librae rá la correspondiente comunicación telegráfica. (
- ' Cópiese, not~fíques úmplase.
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• Marino Henao Rodríguez Secretario. 1 ' 1 ' ' 1 1 ' ' 1 ' ' - - - - - - - - - - · . •