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CSJ - SP 3614(15-02-1989)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 3614(15-02-1989)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1989
  • -- ------- - - - ----- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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COLISION DE COMPETENCIA

1 ' ' ' Rad. #3614 ' 1 ' • ' • •

  • 1 o Auto C o l i s i ó n . - 89-02-15 . - Dirime C o l i s i ó n de Competencia .- Juzgado 60. de Orden P ú b l i c o PROCESADO(S): A v e r i g u a c i ó n ;
  • DELITO: Homicidio

MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE CARREÑO LUENGAS;

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N

1 1 - - • • •

  • COLISION DE COMPETENCIAS Rdo. # 3614.- Averiguación - llomicidio múltiple.

CORTE SU DE JUSTICIA

• •

SAlA DE CION PENAL

Magistrado Ponente:

DR. JORGE· CARREf:JO LUENGAS.

Aprobado Actá Nº 06.- Feb. 14/89.- ' 1 • 1 Bogotá, O.E., febrero quince de mil novecientos ochenta y nueve.- i 1 1 ' i

V I S T O S •

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  • ' La Juez Sexta de Orden Público. en auto del 16 de enero del presente año, rechazó la solicitud que le formularan el Comandante de la XIV • Brigada como Juez de pri mera instancia y el Inspector Nacional de la Policía - - • para que se separara del conocimiento del sumario en cuanto hace relación al juz
  • ¡ gamiento de los militares Teniente Coronel Alejandro Londoño, ~tayor ~tarco Hernando Báez Garzón, Capitán Ciro Henry Borda, Capitán Hugo AlbertoValencia y Te-- - nlente Edgardo Alfonso Hernández Navarro, así como el Capitán de la Policía Nacional Jorge Eliécer Chacón Lasso, dentro del sumario que investiga el llamado ge

' 1 nocidio de Segovi~, donde en acto de ferocidad y de barbarie encon traron la - - ' - muerte 43 personas y resultaron heridas un número aproximado de cincuenta per sonas. - Para dirimir la colisión positiva de competencias llega elproceso a la Corte o

H E C H O S

  • • . Dicen los autos que aproximadamente a las seis y media de la tarde del 11 de Noviembre de 1. 988 un grupo de despiadados delincuen- • tes penetraron a la población de Segovia y se dedicaron a disparar indiscricr.inadamente contra personas, vehículos, casas de habitación, cantinas, e t c . , oc! slonando la muerte de cuarenta y tres personas entre hombres ,mujeres y niños y lesionando además a un número considerable de personas.- Se afirma que durante el considerable lapso en que los-

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' " " " " - - - - • - 2 - • • •

  • ' - delincuentes permanecieron en Segovia, dedicados a su criminal empresa1 • 1 {cerca de una hora) ninguno de los miembros del ejército o de la policía acan
  • - tonados en la población se hizo presente para impedir como era su deber odisminuir los resutados de esta horrorosa masacre. Sólo después de que los delincuentes abandonaron el lugar, hizo presencia la fuerza pública. -

' • Evidencia ·el proceso que días antes del once de No viembre, fecha del genocidio. un grupo de militares se dedicó a amedrentara la población con disparos al aire y a efectuar graffittis amenazantes en lasparedes de la población de Segovia; se dice en autos, que unos panfletos que llevan por título 11 Guerra Sucia''. " Carta Abierta•• y otros de igual naturaleza, emitidos por un movimiento denominado MRN { muerte a revolucionarios del nordeste) y los "Reales" fueron editados y repartidos con intervención de militares.- ' Afirman los Jueces Castrenses. que los presuntos hechos • que como ilícitos se le's imputaron a los Comandantes de las Fuerzas Armadas a-- •• cantonadas en Segovia. tuvieron ocurrencia en acto propio del servicio y porcausa del mismo y que en consecuencia su juzgamiento corresponde a la Justi- · cia Penal Militar de acuerdo a lo dispuesto en el a r t . 170 de la Constitución - • '

  • • Nacional. el C. de Justicia Castrense y el Decreto Ley 2137 de 1. 983. Estatuto
  • • de la Policía Nacional. -

' • • ' ' Diametralmente opuesta es la posición del Juez de Orden ' •• Público. quien considera que la conducta omisiva no se realizó en actividadespropias del servicio o por razón de él. - i

' ' S E C O N S I D E R A

• - • ' •• ' • •

  • ' Es principio fundamental de carácter constitucional, que

• ' • 1 •• todos los habitantes del territorio nacional, están .sometidos a unos n1ismos jue )

  • ' ces { juez natural). a un mismo procedimiento a la aplicación inexorable de unos y mismos preceptos civiles, penales o administrativos. Esta es una regla generalde estirpe democrática que consagra el a r t . 58 de la Carta, cuando establece que " la Corte Suprema de Justicia. los Tribunales Superiores y demás Tribunalesy Juzgados que establezca la ley. administran justicia .• -.

11 ' • - · • 1 • i ' Esta regla general admite excepciones, como la consagrada ¡ 1 en el art. 170 de la Constitución Nacional, que atribuye a las Cortes Marcialesi o Tribunales Militares, el juzgamiento de los delitos cometidos por los militares en servicio activo 11 y en relación con el mismo servicio''. Se desprende entonces, - que este régimen exceptivo sólo es aplicable a los militares, siempre que se reú- • nan estos dos preceptos: que se trate . de militar en servicio activo y que éste -

- •

1 1 - 3 - • 1 -haya realizado la conducta que se presume Ilícita con ocasión del servicio, por I causa del mismso o por funciones inherentes al cargo • - Despréndese de ahí, que el militar en servicio activo que llegare a quebrantar la ley penal, sólo tendrá el fuero constitucional que consagra el a r t . 170 de la C.N. como excepción al principio constitucional, cuando el hecho se haya consumado en relación con el mismo servicio. A contrario sensu, el militar que llegare a delinquir en actividad no vinculada a la prestación ~ del servicio estará sometido a la jurisdicción ordinaria. - De acuerdo a las anteriores premisas, la justicia castrense no puede sustraer de los jueces ordinarios el conocimiento de los delitos comunes cometidos por militares, que no hayan delinquido en acto del servicio o con ocasión del mismo.- Siendo esto así, y de acuerdo con lo demostrado hastaahora en el proceso, es preciso concluir, que la competencia para conocer de este sumario y únicamente .en cuanto a los militares se refiere, y por la responsabili--

  • • ' dad que pueda corre~ponderles por la omisión del cumplimiento del deber, que· la ' ' Juez de Orden Público ha calificado como delito de cobardía, corresponde a laJusticia Penal Militar. Se trata, por tanto, del juzgamiento de los Mayores del Ejército Nacional Marco Hernando Báez, Ciro tvtonroy Borda y el Capitán Hugo Alberto Valencia, a quienes se acusa de una omisión de un acto propio del servicio y que sólo puede pregonarse de quien ejerce funciones inherentes a la actividad militar. -

Considera en cambio la Corte, que los militares acusados de ( terrorismo, por su actuación encaminada a sembrar la zozobra y perturbar la paz pública, y el sosiego de la población de Segovia, con la elaboración y distribución-. de panfletos, graffittis y la realización de actos amenazantes contra la ciudadanía, pudieron consumar un presunto delito de terrorismo que ninguna relación guarda con la prestación del servicio ni con la función militar. Acto de servicio, es aquél que se efectúa en uso de atribuciones o en cumplimiento de deberes inherentes a los mismos y que ninguna relación pueden tener con conductas terroristas y to dos aquellos delitos comunes que puedan desprenderse de ellé6 Como tal cargo seimputa al Teniente Coronel Alejandro Londoño Tamayo, al Teniente Edgardo Al fon - - so Hernández y al Capitán de la Policía Jorge Eliécer Chacón Lasso, su juzgamiento corresponde a la justicia ordinaria. - • Por ello, la CORTE SUPRE~1A DE JUSTICIA - SALA DECASACION PENAL, dirime la presente colisión y resuelve : Primero: tvtantener la competencia para conocer del suma rio por los hechos de. Segovia en la Juez Sexta de Orden Público de Medellín, quien juzgará a los civiles y a los militares comprometidos en presuntos delitos - ' • , - - - - - - - - - - -- --- - - --- --- - - -

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• • • ' 1 - comunes que no guarden relación con ta actividad militar o los actos deservicio. -

e Segundo : Atribuir a la Justicia Penal ~1ilitar( Comandante de la Décima Cuarta Brigada) ta competencia para conocer de los pres untos delitos Imputados a los militares por tas conductas punibles que puedan derivarse de los actos de omisión en et cumplimiento del deber de acuerdo a lo '

  • • anotado en la parte motiva de esta providencia. - • Tómese copia de lo actuado y remítase a la JusticiaPenal Militar para los fines señalados er1 el punto anterior. - Devuévase et expediente a la Juez Sexta de Orden Pú

- ' • bllco y hágase conocer esta decisión de los jueces castrenses que han provoca

  • ' do la colisión. - '

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• • COPIES_, 1 E Y CUMPLA E.- i4 1 , , y ¿ L < \ -~;&-,;: -_ ' ' - - - - - - - - - - -

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LISANDRO MARTI NEZ ZUÑIGA

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ILLERMO DAVILA MUÑOZ GUILL

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ODOL MANTILLA JACOME ROJ

• -- - - Marino Henao Ro uez Secretario.- •

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