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CSJ - SP 3641(14-03-1989)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 3641(14-03-1989)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1989

-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -·- . .

  • - • _._ ... __ .,. ""'..""--·~·- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ - - - - - - - - = - e = = - - - - - - - - - - - .

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LIBERTAD

Rad. #3641 ¡' 1 j 1 '' ' 1 1 • ' ' ' 1 ' 1 ' ' ' !

  • • A u t o . - 89-03-14 . - N i e g a . - T r i b u n a l S u p e r i o r de Bogotá PROCESADO(S): E l v i n Ladino Monroy; DELITO: F a l s e d a d y E s t a f a

1 1

MAGISTRADO PONENTE: DR. RODOLFO MANTILLA JACOME; c .

FUENTE FORMAL: A r t c u l o

72 P.= •

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): n

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• • • • Expediente No. 3.641 • • • •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

• • • • •

  • Magistrado ponente: • • •

• • ' •

• • Dr. RODOLFO MANTILLA JACOME

• •

Aprobado Acta No. 011 • '

  • • Bogotá, catorce de marzo _de mil novecientos ochenta • y nueve.-

• •

V I S T O S :

  • • El procesado ELVIN LADINO MONROY solicita el beneficio de libertad provisional con fundamento en lo preceptuado por el art.

' ' ' ' \ ' 72 del Código Penal y la rebaja de pena prevista_ en la Ley 48 de 1. 987al considerar que los hechos preparatorios del delito tuvieron ocurrencia • con anterioridad al lo. de julio de 1. 986 .

  • • El Señor Procurador Primero Delegado en lo Penal ha emitido concepto desfavorable para la excarcelación del procesado ya que no acredita el cumplimiento del primero de los requisitos previstos en el • • artículo 72 del Código Penal y porque la rebaja de la Ley 48 de 1. 987 - • resulta inaplicable en su caso ya que los hechos por los cuales se les juzgó tuvieron OG:urrencia con posterioridad al lo. de julio de 1.986 .
  • ,,___ 1 1 = = = - - - - - - - - - - - - - -- ---- - --- -

  • . , - 2 -

• • • -

CONSIDERACIONES DE .LA CORTE:

• • •

  • • El procesado ELVIN LADINO MONROY fue condenadoa la· pena privativa de la libertad de sesenta y dos ( 62) meses de -

  • • • prisión como coautor de,. los delitos de falsedad en documentos y es-

  • • tafa en concurso, según providencia de fecha 19 de febrero de 1. 988 : ;' l • proferida por el Juzgado 9o. Superior de Bogotá, decisión que fuera • confirmada por el Tribunal Superior respectivo en f,allo de 24 de ma1 l yo siguiente. • El peticionario fue capturado el 9 de octubre de 1. 986, • es decir, ha descontado efectivamente en pri~ión veintinueve (29) - • meses y cinco (5) días. Por trabajo acredita 328 horas para una reb~ ja de trece- ( 13) días y por estudio 648 horas para una redención de • y pena equivalente a un (1) mes seis (6) dí?s. Acumula treinta (30) y meses veinticuatro ( 24) días, inferiores a las dos terceras partes y y de la sanción impuesta que equivalen a cuarenta un ( 41) meses • diez (10) días.

•¡ ' • 1 El procesado no tiene derecho a la rebaja prevista en la

  • • Ley 48 de 1. 987, ya que los hechos tuvieron ocurrencia con posterio1 ridad al primero de Julio de 1. 986, es decir, se halla excluido porexpreso mandato de la citada disposición.

'

En efecto, tal como lo puntualiza la Delegada, 11 Los ·autos indican que el jueves 24 de julio· de 1. 986, un individuo; que dijo llamarse Carlos Benavides se hizo presente en la oficina de finca - - raíz de la señora Ana E lisa Nova de Triviño, solicitando un mil lona- • • •

  • • - - - - ¡ - - - - - - , - - - - -- -

1

  • ' - 3 -
  • • rio préstamo de dinero, garantizando tal negociación mediante la hi-

- poteca de la casa de habitación ubicada en la-- carrera 96 No. 388-59 ( Barrio Fontibón ) . Una vez visitado el inmueble por los interesados en la negociación y luego de determinarse el monto de la acreen - -

  • • cia ( $ 1 '500. 000.oo ) , se finiquitó la negociación con la firma de la • escritura Pública No., 4142, ·corrida ante la notaría 4a. de Bogotá
  • • • el 30 de julio de 1. 986., procediendose a la entrega del dinero, - -
  • • • quedando pendiente la suma de cien mil pesos.••

. . • 11 Como qt,1iera que ne este interrgno se percató Ana Eli- • ' • • sá Nova de Triviño de la maniobra dolosa de que estaba siendo obje- • to procedió a dar aviso a las autoridades, obteniéndose la captura de 2 de los implicados.'' • 11 Se observa entonces -que los hechos acabados de re-

• • ' ' señar tuvieron ocurrencia a partir del 24 de julio de 1. 986 y prime- ' • ros días del mes de agosto del mismo año. Si bien es cierto que uno • '

  • • de los documentos aportados, el certificado de paz y salvo Notarial • No. 294604 aparece expedido el 11 de junio de 1. 986, no por ellopuede determinarse, como lo pretende el peticionario hacerse creer que este es un hecho preparatorio y que por tal causa es ac_reedor

... - •

  • • aa la rebaja de la sexta parte de la pena impuesta que solicita, pues '
  • • el documento en cuestión es auténtico, libre de toda tacha y solo tot:' ma entidad jurídica en su aspecto doloso cuando en forma maliciosa se utilizó con fines proclives el 30 de julio de 1. 986 en la confección y

' 1 • perfeccionamiento de la escritura Pública No .. 4142 de la Notaría 4a, . • de esta ciudad. 11 '' Nótese como los demás documentos utilizados en la - - confección de la ya mencionada escritura, paz y salvos Nacionales -

  • • • -- - -- - - --- - ---- ----- ~- - - - --- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - · - - - - - - - - - - --- -- ---- - - -- - · - - - . • - 4 - • llevan fecha de 23 de julio, de 1. 986. Por este aspecoto tampoco el peticionario Ladino Monroy es acreedor al beneficio que ha incoado. 11

• '

  • • Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA->'
  • • • • · SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del Señor Procurador • Primero Delegado en lo Penal y de acuerdo con él, NIEGA al proce-
  • • • • • sado ELVIN LADINO MONROY el beneficio de libertad provisional.

• •

  • • • Cópiese, notifíquese y cúmplase,

• •

  • - - - - - -

- . .

--

-

  • -

• - -- • •

LISANDRO MARTINEZ Z • CARREÑO LUENGAS

.. - -- • • / \ • • "'-

I LLERMO DAVI LA MUÑOZ GUILLE O DUQUE UIZ

.t • •

JAIME GIRALDO ANGEL GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ

• ¡¡ ' \ ,, l ( 9 ..... • "

RODOLF MANTILLA JACOME EDGAR SAAVEDRA ROJAS

• • • Marino Henao Rodríguez Secretario • • •

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