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CSJ - SP 3810(10-10-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 3810(10-10-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

" r EXTRADICION \ PRUEBA Auto Concepto Extradición .- 90-10-10 No repone providencia.- Ministerio de Justicia PROCESADO(S): Timothy Allen Crawford

DELITO: Tráfico de Estupefacientes

MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

FUENTE FORMAL: Decreto 1860 de 1989

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N Rad. # 3810

1 Extradición No. 381 O

C!. TIMOfHY ALLEN CRAWFORD

CORTI;: SlJPREUA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente Doctor

JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

Aprobado Acta No. 0050 Bogotá, octubre dlea ( 10) do mH no~ noventa ( 1990) r V 1 . S T o s ·'"'f ,,.,· Í''.:i t~ t, :·=¡·11: ' t . ' Contra la decisión de la CORTE a virtud de la cual ésta SALA se abstiene de conceptuar en las diligencias extradltales de TIMOTHY ALLEN CRAWFORD, ~--- calendada a septiembre diecisiete ( 17) postrero, éste Interpone recurso de reposición. La impugnación sufrió en Secretaría el trámite de rigor. Precluído éste, es hora de dirimir lo que sea de ley.

EN ORDEN A ~ESOLVER SE CONSIDERA:

1 1-~ f; 1.- En un primer reproche co:ritra la actuación cumplida, sostiene el ciudadano estadounidense que la SALA PENAL de la CORTE no resolvió

oportunamente sendos recursos de reposición incoados por él mismo contra • el auto que negó ampliación del término de traslado para alegar y el pro-- :.;~,,wf;.;¡·;·:i; ,.:, • '. 1• . 1· .• 1:· i t !·t '!'\ j) : >'s ' . 1..1 i' ·~ :' .,, . ''· •t•· '1l~ .. ,,.. .. t!· .. ' i.,·, 2 1: '•~ :~1 ,· • :, '1 ¡ - • . ~ ,•~ ,. ¡· /" ·11 ' • ' ' i l-J, ll),;, '¡.;:i :; ~'l ; ;,, ~(~ 1• .. '' veído que ordenó et tras1ac1~°':d~Yr expediente para alegar 11 mediante prov_! . :~. ' f: ••• ~ dencia debidamente notificada al suscrito ... 11 No tiene razón. Respecto del • primero, por auto de agosto seis (6) de esta anualidad, la SALA, negando su petición • resolvió lo que a seguida se copia: 11 DENIEGAS E la solicitud que de ampliación del término de traslado ••• para elevar alegatos (art. 656-inc. 2°-C. P.P.). ha elevado el requerido TIMOTHY ALLEN CRAWFORD, en razón a que si bien la petición en come~ to se recibió ,oportunamente en la Secretaría de ésta SALA {julio 16/90), la misma carece ·del requisito f¿rmal ele su presentación ante la Oficina de As~

soría Jurídica del establecimiento de reclusión; además. las razones bosqu~ jadas en pro de la ampliación no satisfacen tas exigencias contenidas en el artículo 169 del C.P.P. pues del texto de la solicitud no se deduce una ca~ sa grave o justificada y de ~al entidad que hiciere pensar lo contrario. Vé!_! ga significar que desde la fecha de recibo del mentado memorial al día devencimiento del traslado para alegar (julio 31 /90), el requerido guardó si lencio para uno u otro efecto. Igualmente se advierte que el Sr.Defensor de TIMOTHY ALLEN CRAWFORD ya presentó sus alegatos los que en su opor tunidad se considerarán ... 11 (fl.448, cdno.1°). No está de más agregar. que es totalmente inexacta la afirmación deALLEN CRAWFORD cuando sostiene que la decisión anterior no le fué notificada. En los folios existe constancia de que aquél se. enteró del cont~ nido de la susomentada determinación ( fl. 444). Con relación al segundo, d~ be decir la CORTE que el memorial-alegato presentado por el señor TIMO THY ALLEN CRAWFORD, procesado por el delito de narcotráfico, fué extem : ;~' ' .. t ~ poráneo, es to es, fu era de tiern·po. ' ¡' . 1 • 11. - En referencia a otras glosas concretadas en el escrito, objeto del r~ {4\ curso, como la acla.raclQ.~ las leyes o Trata dos que regulan su caso .~," 0 · ¡~,f., ~,· ~j-fPl! ·, ~~ o la exégesis vigente d~il¡ 860 1989, la SALA nada tiene que m~

' ,· ii .. :¡ ·, ,.:, , l~ .. 1 ::1 !

  • · '¡1 hi n~

:! · . ' nifestar o elucidar. En el• corjlif)~n te, del proveído protestado se examinaron - • " . ~;~ · rr¡·;,. i • ~ '~; !1..-1t: ' ~ con toda atención los aspecto~; fe'.fElrentes a la solicitud de extradición con ' :• · ª~ ~ir2 ' ~~t ~·,t los resultados que bien se •co~<>?F:n ... Ciñese, pues, la SALA a su dialéctica · · :r '/r • ,\r, .1•J, 1f'. y a su discurso. . i¡f __ ___ ,; 3 111. - La última irreverente actuación del reposicionista --no pueden caber más despropósitos-- cuando afirma que II perdona II a la CORTE por no contestar sus memoriales como 11 ••• resultado del gran ~upo de trabajo• •• 11 y que tal vez por ello se equivocó al mencionarlo como II TIMOTHY CRAW FORD II cuando él se llama II TIMOTHY ALLEN CRAWFORD 11, no va a tener respuesta de la SALA. Simplemente se rechaza el menosprecio y la inexactitud. Con lo cual dicho está todo. Rlr lo expuesto, la SALA DE CASACION PENAL de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA; R E s u E L V E !~J NO REPONER su providenci::i: ,!septiembre diecisiete ( 17) próximo pasado, mediante la cual se abstien/:Je ~Jonceptuar frente a la solicitud de extradi-

•• 1 i

ción de TIMOTHY ALLEN CRAWFORD.

No t i f í q lJ es e y c ú m p I a s e.

CARREÑO

RAFAEL 1. CORTES GARNICA

.J

,·SECRETARIO

1'.

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