CSJ - SP 3914(21-11-1989)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 3914(21-11-1989)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1989
' • •• Expediente No. 3.914 • ' . •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
' ' •
SALA DE CASACION PENAL
• • • • ' ' .
Magistrado ponente:
Dr. JORGE ENR~QUE VALENCIA
W• •. • Aprobado Acta No. 071 • Bogotá, veintiuno de noviembre de mil novecientos ochen- • ta nueve.- y •
- '
V I S T O S : ' i
' • Nuevamente solicita el procesado ALFONSO CRUZ ZAW.O
- • RA el beneficio de libertad provisional con fundamento en lo preceptuado por el artículo 72 del Código Penal, en atención a lo precisado
1 ¡ ' ' por la Corte en su providencia de 24 de· ·octubre últin10, por medie, - de la cual se le negó, el misn10 beneficio por no haber satisfecho el - • requisito cuantitativo de la pena que exig~ la norma en cita . • •
CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
- • El Juzgado So. Penal del Circuito de Bogotá condenó al peticionario a la ~ena priv~tiva de la libertad de cincuenta meses
(50) ( ' • - 2 -
- • de prisión, luego de reconocerle la rebaja prevista en la Ley ll8 de ' 1. 987, como autor responsable del <;telito de falsedad en documentos en concurso con el de estafa, decisión que fuera confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá en fallo de lo. de marzo últin,o •
• ' 1 El procesado se hallz. detenido desde el 17 de junio ·de 1 • 987, es decir, ha descnotado efectivamente en prisión veintinueve I • (29) meses y cuatro (4~ días. Por trabajo acredita 3.042 horas ypor estudio 153, que le dan derecho a una rebaja de cuatro ( 4) mey y ses catorce ( 14) días, o sea que acumula ,treinta tres ( 33) me y ses dieciocho ( 18) días, 1i geramente superiores a las dos terceras partes de la sanción impuesta que equivalen a treint~· y tres (33) me •
- • ses y diez (10) días.
- • En cuando a los demás factores que exige el artículo 72 del Código Penal para la procedibilidad del subrogado penal de la libertad condicional. se tiene que Cruz Zamora se halla lla11rado a juicío por el delito de Abuso de Confianza dentro del proceso que instruyó el Juzgado 76 de Instrucción Criminal -y· que se encuentra radicado bajo el No. 11565-1 del Juzgado 24 Penal del Circuito de - - • Bogotá; el _Juzgado 201.lde Instrucción Crin1inal de esta ciudad le diE tó medida de aseguramiento el 11 de mayo de 1.988, por el delito de estafa, consistente en decretarle su detención preventiva. Además, el 15 de noviembre de 1. 982 fue remitido a la Cárcel Nacior,al rvtode
- . lo de Bogotá sindicado de un delito de· Falsedad en documentos. cuyo proceso no aparece registrado en autos, desconociendo por ellola Sala el Juzgado que conoce de él y su estado actual •
•
- • Las anteriores anotaciones son indicativas de que el procesado requiere de tratamiento penitenciario por más tiempo, ya que • son reiterativas las sindicaciones por delitos contra la fé pública y - • el patrimonic· económico, demuestran su personalidad inclir1ada a lacomisión permanente de ilícitos. - 3 -
- • • Las anteriores consideraciones son suficientes para que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, - NIEGUE al procesado ALFONSO CRUZ ZAMORA el beneficio de l i - - bertad provisional. 1
Cópiese, notifiqtJ~~- y cúmpláse. -
LISANDRO MARTINEZ Z. · E CARREÑO LUENGAS
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GUILLER DUQ E RUIZ·
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JORGE E IQUE VALENCIA M •
• Marino Henao Rodríguez Secretario • • • • • • • • • •