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CSJ - SP 3915(27-03-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 3915(27-03-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

LIBERTAD

Auto.- 90-03-27 Concede libertad.- Tribunal Superior de Bogotá PROCESADO(S): Helena Vara Vásquez y Nancy Ovelia Barbosa Marulanda

DELITO: Hurto

MAGISTRADO PONENTE: DR. JAIME GIRALDO ANGEL

FUENTE FORMAL: Artículo 72 C.P.

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N

Rad. #3915 1\ • Expediente No. 3.915

CORTE SUIPIRB!1A DIE JUSTICIA

SAlA DIE CASACION IPEMAL

Magistrado ponente:

Dr. JAIME GIRALDO AN.GEL

Aprobado Acta No. 022 Bogotá, veintisiete de marzo de mil novecientos noventa. VISTOS En providenciasde fecha ·2 y 21 de noviembre de 1. 9_89, Ja Sala negó el beneficio de libertad provisional a las procesa das HELENA YARA VASQUEZ y NANCY OVELIA EARBOS~ MARULA~_-. · DA por cuanto los certificados sobre. trabajo y estudio fueron expedi dos con nombres distintos a los que realmente corresponden a las acu sadas y porque en ellos no se indicó la labor realizada por las reteni das. Recibidos nuevos certificados sobre las labores rea l izadas y a nombre de las procesadas condenadas, procede la Sala a -- .. decidir lo pertinente.

  • 2CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Las procesadas HELENA YARA VASQUEZ y NANCY OVEUA BARBOSA MARULANDA fueron condenadas por el Juzgado 22 Penal del Circuito de Bogotá a la pena privativa de la libertad

de cuarenta y seis ( 46) meses de prisión, como coautoras respon sables del delito de hurto agravado y se hallan detenidas desde el 7 de noviembre de 1 • 987, es decir, han descontado efectivamente en reclusión veintiocho (28) meses y veinte (20) días. HELENA Y ARA VASQUEZ o Vilma Adriana Ocampoacredita haber laborado 5. 876 horas y no 6. 216 que le contabiliza ron en el centro de reclusión, que le dan derecho a una rebaja de ocho (8) meses y cuatro (4) días, para un acumulado de treinta y seis (36) meses y veinticuatro (24) días, superiores a las dos ter ceras partes de la pena impuesta en las instancias. NANCY OVELIA BARBOSA MARULANDA o Nancy Ste lla Rodríguez, acredita 3. 316 hor~s por trabajo y 1. 31 O horas porestudio, que le dan derecho a una rebaja de cuatro (4) meses y di_!:· ciocho (18) días y dos (2) meses y_ doce (12) días, respectivamente, para un acumulado de treinta y cinco (35) meses y veinte (20) días, igualmente superiores a las · dos terceras partes de la sanción que se le impuso en las instancias. No se contabilizan las labores realizadas durante el mes ce diciembre de 1. 989 pues entre trabajo. y estudiose excede en el máximo permitido por la Ley 32 de 1. 971 y el -Decre to reglamentario 2119 de 1,977 • .... Las procesadas no registran antecedentes penales ni

de policía y su conducta dentro del establecimiento carcelario ha si do calificada como ejemplar. - 3Acreditado el factor cuantitativo de la pena y la buena conducta anterior de las procesadas, así como su permanente labor en en centro de reclusión y su buen compor:tamiento durante el tiempoen detención, considera la Sala que son acreedoras al beneficio de ex carcelación provisional pues, siendo su primera incursión en el· campo delictivo, han demostrado su deseo de reincorporarse al seno de la so ciedad y serle util. Dada la situación· económica de· las acusadas y las mo dalidades del hecho, deberán prestar caución prendaria por la suma de tr:einta mil pesos ( $ 30. 000.oo ) cada una, a nombre del juzgado 22 Penal del Circuito y suscribir diligencia de buena conducta y pre sentaciones personales cada quince ( 15-) días ante el mismo funcionario. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUS TICIA, SALA DE CASACION PENAL, RESUELVE lo. CONCEDER a las procesadas HELENA VARA VAS ·QUEZ o Vilma Adriana Ocampo y NANCY OVELIA BARBOSA MARULA!i DA o Nancy Stella Rodríguez, el beneficio de libertad provisional, pr~ via caución prendaria por ·la suma de trinta mil pesos ( $ 30. 000.oo ) - para cada una, que consignarán a favor del Juzgado 22 Penal del Cir cuito de Bogotá y suscribir diligencia de buena conducta y presenta ciones personales cada quince ( 15) días ante el mismo despacho judicial. 2o. Satisfechos los anteriores requisitos se librarñalas correspondientes órdenes de libertad a favor de las procesadas -- - 4HELENA VARA VASQUEZ y NANCY OVELIA BARBOSA MARULANDA, con la advertencia de que solo producirán efecto en el evento de no estar solicitadas por otra autoridad en razón de asunto diferente. Cópiese, notiñquese y cúmplase. / /] I TfNEZ

LISANDRO MARTINEZ Z.

Rafael Cortés Garnica Secretario . . ·

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