CSJ - SP 3945(22-09-1989)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 3945(22-09-1989)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1989
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IMPEDIMENTO
Rad. #3945 ' ' 1 ' ¡; 1 ' ! ' ' ' 1 1 ' Auto.- 89-09-22 .- Acepta impedimento.- Tribunal Superior de Cali PROCESADO(S): Myriam Escudero de Ramirez;
DELITO: Prevaricato
MAGISTRADO PONENTE: DR. EDGAR SAAVEDRA ROJAS; '
'
FUENTE FORMAL: Articulo 112 C. de P.P.;
PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N ¡ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - --
• Rad. I 3945. Segunda Instancia
Procesado: MYRIAM ESCUDERO DE RAHIR.EZ
Delito: Prevaricato
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente: Doctor EDCAR SAAVEDRA ROJAS Aprobado Acta No. 054 del 19 de septieobre de 1989
Bogotá, veintidós de septieobre de oil novecientos ochenta y nueve. VISTOS ' i Resolverá la Sala de Casación Penal si es del caso o no aceptar el Íl:lpedicento canifestado por el Magistrado JORGE ENR.IQUE VALENCIA MARTINEZ para continuar conociendo de este asunto.
ACTUACION PROCESAL Y CONSIDERACIONES DE LA SALA
- ' Por apelación interpuesta por el denunciante contra el auto inhibitorio que dicta-
- ra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, llegó esta actuación a la Corte. Surtido el tráoite propio de la segunda instancia, al llegar el expediente al despacho para la elaboración de J.a ponencia que desatara el recurso, se adJ
' • virtió que el Doctor JORGE ENRIQUE VALENCIA MARTINEZ, en su calidad de Hagistra- ' ¡1 do del Tribunal Superior, había intervenido en la discusión y aprobación de laprovidencia oateria de apelación, razón por la cual se pasó el proceso a su despacho para que oanifestara su iopedi.cento. En auto del veintiseis de julio de oil novecientos ochenta y nueve el Doctor VALENCIA HARTINEZ, integrante de esta Sala, se ,;,anifestó iopedido al tenor de lo 1 dispuesto por el nuoeral 7o. del artículo 103 del Código de Procedioiento Penal. 1 2 !sí, siendo que el CJOtivo de icpedicento está previsto en la ley y que concurre en •1 caso presente la circunstancia de que el Doctor VALENCIA MARTINEZ fue integrante te la Sala del Tribunal que dictó la providencia que se revisa, es procedente aceptar su icpedinento y en consecuencia se procederá a designar conjuez que lo reenpla1ce, para lo cual se señalará la hora de las ocho de la nañana del día hábil siguiente a aquél en que quede ejecutoriado este auto. • cérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, adnifu 1 1istrando justicia en nonbre de la República y por autoridad de la ley,
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- • !CEP"fAR el icpedicento nanifestado por el Doctor JORGE ENRIQUE VALENCIA MARTINEZ.
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- ' !;J consecuencia> se procederá a su reecplazo cediante el noobraoiento de un conjuez, '
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- ' ~ra cuyo sorteo se señala la hora de las ocho de la nañana del día hábil siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. • tópiese, notifíquese y cúcplase.
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RODOLFO ITILLA JACOME
Marino Henao Rodríguez Secretario ' 1 •