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CSJ - SP 4041(22-11-1989)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 4041(22-11-1989)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1989

(Casación No. 4041) ( Contra Primitivo Campos) (Tribunal Superior Bogotá) 0 3 1 7

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente : DR RODOLFO MANTILLA JACOME Aprobada Acta No. 072 Noviembre 22 de 1. 989 . -: - = • Bogotá D. E., Noviembre veintidos de mil novecientos ochenta =><.=-=· = - - -...:! - y nueve •

  • VISTOS : e Resuelve la Corte el recurso extraordinario de Casación interpuesto por el Defensor del procesado PRIMITIVO CAMPOS RI NCON quien viene condenado a la pena principal de dieciseis años y cua-
  • • tro meses ( 4 ) por los delitos de Homicidio Agravado y Porte l legal de1

' • ....a. rmas, por el Tribunal Superior de Bogotá .

I HECHOS : y Se procesó condenó a PRIMITIVO CAMPOS RINCON por la muerte con arma de fuego ocasionada a ARQUIMIDES CRIOLLO,he chos ocurridos en el Municipio de Usme el trece de Septiembre de mil no

• •

  • 1 0 3 1 8 - 2vecientos ochenta y siete y por el porte l legal de Armas .

11 ACTUACION PROCESAL

  • • lo. La investigación la adelantó el Juzgado 25 de lnstrucción Criminal de Bogotá, Despacho que vinculó al procesado mediante indagatoria, dictandole auto de detención y posteriormente resolución deacusación por los delitos de Homicidio Agravado y Porte l legal de Armas2o. El Juzgado Octavo Superior de Bogotá declaró lalegalidad del procedimiento, decisión que fué apelada por el Defensor con • el argumento de haberse violado las formas del proceso y el derecho dedefensa, al haberse especificado en la parte resolutiva la especie de deli to por el cual se dictó resolución de acusación. El Tribunal Superior alresolver el recurso confirmó la providencia apelada. 3o. En la etapa del juicio se celebró la audiencia públi • ca y los Jueces de conciencia afirmaron la responsabilidad del procesadoveredicto que fué acogido por el Juzgado y confirmado por el Tribunalen sentencia que es objeto del recurso .

!

111 LA DEMANDA DE CASACION

1 • • ' •

  • • El censor invoca las causales tercera y primera del ar

• • 1 • 1 • tículo 226 del Código de P.P. y dentro de ellas hace los siguientes car1 1

  • 1 gos a la sentencia de I Tribunal Superior de Bogotá .

1 1 ' • • - ' 1 ' C 3 1 9 - 3Causal Tercera (Art. 226-3 C. P. P. ) Cargo Primero : La sentencia se dictó en juicio viciado de nulidad Cons titucional ( Art, 26 C.N. )y legal (Art. lo. y 471 del C . P . P . ) , ya queen la parte resolutiva de la resolución de acusación al decirse por los juz gadores que el procesado debía responder por el delito de Homicidio en la

modalidad de agravado, no se aludió al título ni al capítulo sino al artículo, lo cual es '' Anti procesal '' .

Cargo Segundo : La sentencia se dictó en juicio viciado de nulidad porviolación del derecho de defensa '' Porque en la resolución Acusatoria, par te resolutiva ,se situó al Señor Campos Rincón, dentro de un ámbito sinsalida,ya que su conducta no se adecuó' dentro del título y el capítulo,- • sino dentro del artículo,al entrar a decidir que Homicidio Agravado.'' Causal Primera : (Art. 226-1 C. P.P.

Cargo Unico :

  • • La sentencia '' es violatoria de la ley sustancial por in • fracción directa y aplicación indebida y por falta de aplicación y hubo, - por consiguiente protuberante error de Derecho . . . hubo pues, infracción-
  • • 0 3 2 0 - 5 - • sobre unos mismos hechos en casos como el que se analiza,a la causal pri mera o segunda y la cuarta, pues al prosperar esta última se impondría la acumulación de lo actuado a partir del momento en que se presentó el vicío. Pero si la que llegare a aceptarse fuere la primera o la segunda, setendría que dictar el fallo sustitutivo, lo cual no podría válidamente hacer se en un proceso afectado de nulidad. 11 La Corte ha sido reiterativa en el sentido de que el recurso extraordinario de casación exige precisas condiciones técnicas ensu presentación ,debido a la propia naturaleza de la impugnación excepcional; estos requerimientos no han sido modificados en la nueva legislaciónprocesal, ni pueden entenderse eliminados - como lo pretende el censorcon la posibilidad de declaratoria oficiosa de las nulidades, lo que no implica que en virtud de este prinicipio pierda el recurso su rigorismo y ca • rezcan de relevancia, frente al rechazo de la demanda, las inconsistencias técnicas contenidas en la demanda . • 11 De propiciar tal posición, bastaría al demandante alegar en cualquier forma una causal de casación e introducir dentro deellas planteamientos atinentes a la nulidad para que la Corte entrara aestudiar los cargos con desconocimiento de las estrictas normas que gobiernan· este medio extraordinario de impugnación. Cas. 23 de Mayo11 ( de 1.985 ). • Siendo ello así ,se desechara el recurso sin necesidad de precisar otros errores e incongruencias en relación con la técnica de
  • • - - - - - - - - - - -

  • 1 0 3 2 1 - 6la casación en que se incurre en la demanda .

No prosperan los cargos • ' 1 • En razón y mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - , administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley , • •

RESUELVE : NO CASAR LA SENTENCIA proferidas por el Tribunal - - - - - - - - - - - - -

Superior de Bogotá., contra PRIMITIVO CAMPOS RINCON. Cópiese, Notifíquese y devuelvase al Tribunal de Origen. • I

LISANDRO RTINEZ Z - A CARREÑO LUENGAS

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ROJ JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

Marino Henao Rodriguez Secretario • •

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