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CSJ - SP 4647(09-08-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 4647(09-08-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

1 • • Expediente No. 4.647 •

CORTI; SUPRaAA DE JUSTICIA

SALA DE CASACtON PENAL

• 1 1 1

Magistrado ponente:

Dr. DIDIMO PAEZ VELAND IA

• Aprobado Acta No. 052 • Bogotá, D. E., nueve de agosto de mil novecien- ' ' tos noventa.= 1 '

V . I S T O S :

• 1 1 El procesado GERARDO FLOREZ CARDOZO solicita

  • • • nuevamente el beneficio de libertad provisional con fundamento en lo preceptuado en el artículo 72 del Código Penal, para lo cual acompañó nuevo ' c;:ertificado de trabajo.

1 • • •

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

'

  • • • • • •

• • '

, - 1 • • , 1 El peticionaric, elevó similar petición de excarcelación el 17 de julio último_ la cual le fue despachada negativamente por la • Sala en providencia ce 24 del misrr.o mes, en atencjón a que el requisito • cuantitativo de la pena a que se refiere la norma antes citada, no fue a- • creditado en debicla forma. ' • ' ' • • • • • 1 • • • • • ----- "' --- - - - - - - - · - . - - - - - . . - ------ -- - - - · -----

  • • - 2El Juzgado So. Penal clel Circuito de Bucaramanga en proviclencia de fecha 5 de agosto de 1989 condenó a Flórez Cardozo

a la perna privativa de la libertad de cuarenta (40) meseas de pri- . . • f . ., . • . ~ipn c9mo autor responsable del ele lito de hurto agravado, sanción

  • • que fL1era confirrr1ada por el Tribunal Superior de la rriisma ciudad en fallo de 9 de octubre siguiEinte. • El peticionario fue capturado el 1 O de octubre de - '· 1988, es decir, ha descontado efectivamente qe la pena impuestadiecinueve (19) meses y veir1tin1,Jeve (29) días. Por trabajo acredi- • ta 3. 888 horas que le dan derecho a una rebaja de cinco ( 5) meses yy doce (12) días, par·a un acumulado de veir1ticinco (25) meses once ( 11) días, infericires a las dos terceras partes de la pena ini- • • • ypuesta en las iristancias que equivalen a veintiseis ( 26) meses veir1te ( 20) días, razón suficiente para negarle nuevamente el bene- • ficic, de libertad provisional.

Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, • SALA DE CASACIC>N PE:NAL, NIEGA al procesado GERARDO FLOREZ • CARDOZO el beneficio de libertad provisional. 1 1 ' Para la notificación personal del procesado líbrese - • • • ' . • ' • • Despacho al Señor Juez Quinto Penal del Circuito de Bucaramanga. ' ~ • ·cópiese, notifiques~ y cúmplase.

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• GUILLERMO DUQUE RUIZ - - - - - - - ~ ·

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  • 3 - Proceso No. 4. 647 GERARDO FLOREZ CARDOZO • • Hurto - Niega libertad provisional.

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• Rafael Cortés Garnica ' 1 '·. ·. SecretaricJ • • • • ' • 1 ' - 1 ' • • .. . - - - - - - - .. . " ' • . • • • . • • • • ••••• •

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