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CSJ - SP 4812(02-10-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 4812(02-10-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

LIBERTAD Auto Casación .- 90-10-02 Ordena envio Juez Penal de Menores .- Tribunal Superior de Medellin PROCESADO(S): Juan Carlos Ospina Guerra

MAGISTRADO PONENTE: DR. JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA

FUENTE FORMAL: Articulo 72 C. P.

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N

Rad. #4812 L1 Expediente No. 4. 812

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado ponente:

Dr. JUAN MANUEL TORRES F.

Aprobado Acta No. 067 Bogotá, D. E., dos de octubre de mil novecientos noventa. VISTOS El procesado JUAN CARLOS OSPINA GUERRA solicita el beneficio de libertad provisional por haber cumplido las dos terceras partes de la pena que le fuera impuesta en este proceso yporque al momento de los hechos era menor de edad. Para acreditar esta calidad, acompañó el registro civil de nacimiento expedido por el Señor Notario Primero del Círculo de Envigado. Así mismo, ALCIDES HERNANDEZ RAMI REZ invoca su calidad de menor, razón por la cual demanda la aplicación del principio de favorabilidad, esto es, que se dé aplicación al Código del Menor.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: - 2En providencia de fecha 12 de julio del presente año, la Corte dispuso el envío de copias de este proceso, con destino al Juez de Menores (reparto) de Medellín, respecto del procesado ALCIDES DE JESUS HERNANDEZ RAMI REZ por estar debidamente acreditado en au

tos que para la época de los hechos aquí investigados, era menor deedad, es decir, al entrar en vigencia el actual Código del Menor, lacompetencia quedó radicada en los Juzgados de Menores de Medellín. En cumplimiento de la citada providencia, mediante ofi-. cio No. 954 de fecha 22 de agosto último, la Secretaría de la Sala re mitió al Juzgado Penal de Menores de Medellín - reparto - copia de lo pertinente de este proceso a fin de que el mencionado despacho judi cial avocara el conocimiento respecto de Hernández Ramírez, quien fu~ ra puesto a su• disposición en la Penitenciaría Central de Colombia laPicota, en esta ciudad. En tales condiciones, resulta improcedente to mar cuanquier determinación al respecto. JUAN CARLOS OSPINA GUERRA fue privado de su libe.!:_ tad el 16 de septiembre de 1987, es decir, cuando contaba con casidiecisiete ( 17) años de edad ya que según el Registro Civil corres.po!! diente, nació en Envigado el 30 de noviembre de 1970. for tal razón, la Corte no tiene competencia para pronunciarse sobre el beneficio de libertad provicional demandado por el procesado, ya que la competen cia para conocer del proceso, radica en los Jueces Penales de Menores de Medellín. En consecuencia, se ordenará remitir al mismo funciona rio a. _quien-: haya. cor.respondido en reparto las diligencias seguidas con -_J - 3 - . tra Alcides de Jesús Hernandez Ramírez, copia de esta providencia y de la diligencias de indagatoria de Os pina Guerra, del registro civil

de nacimiento y de la resolución de acusación, ya que las copias de los fallos de primera y segunda instancia ya fueron remitidos al ci tado funcionario. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTI CIA, SALA DE CASACION PENAL, RESUELVE lo. ABSTENERSE de pronunciarse respecto de la peti ción del procesado ALCIDES DE JESUS HERNANDEZ RAMIREZ. Estese a lo re·suelto en providencia de fecha 12 de julio del presente año. 2o. ABSTENERSE de considerar la petición de libertad provisional elevada por el procesado JUAN CARLOS OSPINA GUERRA por los motivos expuestos en la parte motiva de esta providencia. 3o. DISPONER el envío de copias de este proceso al Juez Penal de Menores de Medellín respecto del procesado OSPI NAGUERRA, por competencia, de acuerdo con lo puntualizado en la pa!:_ te motiva de esta providencia. 4o. Telegráficamente comuníquese esta decisión al Señor Director de la Penitenciaría Nacional de Cúcuta. -1

  • 4Proceso No. 4.812 Se abstiene de considerar petición de libertad de JUAN CARLOS OSPINA GUERRA y ordenaremitir copias al Juez Penal de Menores de Medellín .,-__ .

Cópiese, notifíquese y cúmplase,

CARREÑO LUENGAS

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DID~NDIA

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JUAN M7:TORR7SNEDA

! Rafael Cortés GarnicJ Secretario.

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