CSJ - SP 4835(27-03-1990)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 4835(27-03-1990)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1990
MPa LalA MD eat is (Cambio de Rad. 4835 ) | (Contra Pablo Pérez )
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente : DR: MARIO MANTILLA NOUGUES Aprobada Acta No. 022 Marzo 27.de 1.930
Crea El 3 e... Me NOT o. A "4£ , Bogota. , D.E. Marzo veintisiete de mil novecientos noventa \ 1
VISTOS : El Doctor Angel Alberto Vera Palomá, actuando como a poderado de PABLO FRANCISCO PEREZ CABRERA, procesado en la actualidad por homicidio en el Juzgado Noveno Superior de Barrancabermeja -
(ss) acude por intermedio del Juzgado de conocimiento en solicitud de - ! > cambio de Radicación del proceso a otro Distrito Judicial . De plano entra la Corte a resolver el incidente previas A t las siguientes consideraciones : RESULTANDOS Y CONSIDERANDOS : l0.- La causa que se pretende -cambiar de radicación - “se originó enh el proceso adelantado en contra de PABLO FRANCISCO PEREZ CABRERA por la muerte violenta del ciudadano MANUEL GUSTAVO CHACON ocurrida en la ciudad de Barrancabermeja el 15 de enero de 1.988. De lamuerte del conocido sindicalista se sindica al sujeto - mencionado y en este momento se procede a la realización de la audiencia pública, con su intervención . LE 20.- En el escrito sustentatorio de la petición,el aboga” do que representa los intereses de PEREZ CABRERA sostiene que se pretende su cambio de radicación ante la existencia de circunstancias que no- / . sólo afectan el orden público de Barrancabermeja, sino que también pueden tener. ocurrencia aquellas que afectarian la independencia del juzgamiento,- su publicidad, las garantías procesales en procura de una adecuada defensa del procesado e incluso la no existencia de garantias suficientes para la vida del procesado y su defensor . Argumenta, con prueba documental que acompaña a la- —— solicitud, lo siguiente A “la muerte del ciudadano CHACON SARMIENTO, quien pertenecía a la Unión Sindical Obrera (USO), sindicato de los obreros deECOPETROL, se desatóen la ciudad de Barrancabermeja, sede de la agremiación, seria alteración del orden, consistenteen un paro civico por cinco dias, durante los cuales se produjeron incendios a los vehiculos de ser vicio público, voladura de oleoductos, paralización de la actividad de producción petrolera, atentados contra las redes de servicios y enfrentamiento . de los ciudadanos con la fuerza mili,t inaclrus o con la utilización de armasde fuego, próduciendo por.ello muertos y heridos dentro de la poblacióncivil. Al reciamo que un principio se mostraba justos de lasorganizaciones gremiales, tales como USO, ANUC, USITRAS Y FEDEPETROL en solicitud de garantías para el desarrollo de la actividad sindical y el de recho a la vida, se sumáron la .participación de grupos u organizacionesguerrilleras o denominados por el común MILICIAS, que haciendo suyaslas reivindicaciones alegadas, denominaron a uno de sus frentes con el nom
bre del sindicalista muerto, para desatar a su vez acciones beligerantes,- que reclamaron en nombre del conocido grupo ELN. A L El grupo con el nombre del sindicalista muerto, comoAE IF O 3 LA ER { 0 J 4 J — así lo reivindicaron.. en protesta por el alza de los servicios públicos, que- —— ho mé el 25 de mayo del mismo ano, un bus de transporte sin subsidio, elmismo día, prendieron fuego a una permanencia de Policía, al día siguiente lo hicieron con las dependencias de EMPOSAN y el 27 del mismo mes, se en frentaron con lá Policia Nacional con heridas en un agente de la Institución como resultado dé la acción. Panfletos repartidos a la ciudadanía dan cuenta de la autoría de los hechos y las razones de la alteración del orden público En el desarrollo del proceso se han presentado hechosque respaldan la petición, cómo quiera que en su etapa sumarial, y ante - “el conocimiento del Juez de Instrucción de un posible atentado contra la vi da del procesado PEREZ CABRERA, fue necesario gestionar ante la Direc -; ción General de Prisiones, por la autoridad Judicial, el cambio del lugar - | de reclusión del sindicado, lográndose que éste fuera trasladado de la Carcel de Barrancabermeja a la penitenciaria Central de Colombia (Picota) enBogotá . Recientemente y con ocasión de la frustada audiencia pú blica en el proceso, el sindicado fue trasladado como medida de seguridada la Cárcel del Distrito de Bucaramanga. Se comenta al respecto que endesarrollo de la audiencia pública, hubo una reacción inusitada de la ciudadanía de Barrancabermeja ante la decisión judicial de suspenderia, presentandose hechos que lamentablemente atentan contra el orden publico de . la poblacién . + —o——]] Estas circunstancias respaldadas por el Comandante delBatallón Nueva Granada, por el S- — e] c] retario de Gobierno Municipal y por elEN AY Distrito de Policia de Santander Comando de Barrancabermeja, en sendas certificaciones, así como los comunicados de la Alcaldía Municipal con referencia a los hechos de perturbación comentados,como consecuencia de lamuerte del sindicalista, hacen aconsejáble el cambio de radicación del proce so a un lugar en donde se preserve la recta administración de Justicia,como quiera que en él lugar en donde se adelanta el juicio no existen las suficientes garantias constitucionales Y legales para el prócesado y las demás partes que intervienen en el proceso, como tampoco las que requiere la ciu dadanía de la Capital petrolera del pais, zona que de por si, como se cono ce, atraviesa por una generalizada alteración del orden público . sa ! a >. far a "e , i 7 E, E 30.- |Reiteradamente ha sostenido la Corte que el cambio de radicación eE s medida de caracter extraordinario, en virtud de la cualse modifican las reglas que orientanla distribución de la competencia pores aA a 4 _el factor territorial, buscando que en otro sitio se garantice la imparcialidad e independe dlose fnunccioinaario s judiciales o de quienes actúan coSytr i m in mish A rk rapA “ 4 " E mo tales, y consecuencialmente, el adecuado y pleno ejercicio de los derechos de los demas sujetos procesales . Por prescripción legal, como medida excepcional que es, : B sólo debe operar cuando las razones que se aducen y que se hallan debidamente acreditadas, son de tal naturaleza que constituyen factores de - [ 2 — —]— , A t 7 —]]]] perturbación, que alteran o pueden alterar de manera importante el recto - —]R—d A y equilibrado criterio del Juzgador o que impiden o afectan de manera gra- — "er e A SS ry tpn. i= mlve el normal ejercicio de los derechos que otorga la constitución y el ordeT———]oS—A ;a] [o A od E — —] — -— - + ———e amnamiento procesal a las personas que intervienen en el proceso o que de uA ——— na u otra manera áfecten el orden público del territorio donde se este adeo o EL —.( A 4 A eT A E T———— rab te: a e - —— lantando el Juzgamiento 6 [] Las serias y argumentadas razones del peticionario,nose pueden desconocer en esta sede, puesto que es cierto que la muerte del sindicalista, como un factor más,ocasionaron destruccion, muerte y desolaa | | .- - - ción en la ciudad de Barrancabermeja, centro al que confluyeron otras circunstancias de perturbación, que encontraron en el hecho criminal de quese acusa al sindicado PEREZ una forma más de manifestación del desconten to social de la región. No es, como lo sostiene el abogado VERA PALOMA, el territorio mes adecuado pare continuar con el juicio, pues sus resultados como se insinuó al suspenderse la audiencia pública, puede convertirse enun detonante de males peores, que a toda costa deben evitarse. En efecto, la situación de orden público de la región, de conocimiento nacional, sibien no es sólo producto de la muerte del sindicalista, si por lo menos esbe te factor, es parte integrante del malestar de un gremio reconocido por su activa participación en el desarrollo de las actividades laborales y civicas,' que pendientes del resultado del proceso pueden exteriorizarde distintas— maneras su complacencia o descontento con el, al paso que grupos al margen de la ley, como aquellos de que dan cuenta los documentos aportadosal incidente y que ya utilizan el nombre del sindicalista muerto, pueden ge inerar acciones de rechazo. Esta circunstancia por si sola, es suficiente para quese utilice el mecanismo legal del cambio solicitado, en procura de garantizar . seel orden publice de la región hasto alterado por la muerte de CHACONSARMIENTO y por la influencia de los factores de perturbación comentados, incluso, a un lugar distante a la ciudad. de Barrancabermeja, que este libre de cualquier presión que se puede ejercer en el proceso que se adelante. t [sin embargo, no puede pasarse por alto, mas, que seEs ría igualmente suficiente para optar por el cambio de radicación del proceso y que se traduce en la necesidad de garantizar la seguridad del proceFm gp Er — Be rr p S— sado, si en cuenta se tiene que ya hubo necesidad de conseguir el traslado del sitio de su reclusión, como quiera que serias circunstancias haciantemer por su vida, lo que obligó a tiempo a buscar por ese medio su protección . — En consecuenciraaz,ón le asiste al peticionario, puesen las circunstancias en que se desarrolla el juicio, no puede haber seguTir i —— el —" fei MA —‘r itp...P S ridad de una recta administración de Justicia, cuando como en el caso pre "dEa e — sente, no puede ella garantizar a cabalidad] Por manera que de los elemen e -—————]]—— ie— —]—fr——ee —Wa —ctQ ima A A AAAA A A DE tos de juicio que se dejan relacionados se determina que el medio judicialy social en donde actualmente se desarrolla el juicio contra PABLO - , { [ FRANCISCO PEREZ CABRERA, no es el mas propicio, pues aparece compro badas condiciones objetivas relativasa la seguridad del procesado y al man tenimiento del órden público de la región, que hacen aconsejable el traslado del expediente a un lugar donde sé garanticen los intereses de las partes en el proceso y de la comunidad en general. .En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia p o - Sala de Casación Penal , RESUELVE : ” AA Ta ". DISPONER EL CAMBIO DE RADICACION del procesoseguido contra PABLO FRANCISCO PEREZ CABRERA y ORDENAR que secontinue con su tramitación en el Juzgado Superior de Bogotá que se designe por reparto . Enviese el presente diligenciamiento al Juzgado Superior - Repartode Bogotá y comuniquese al Juzgado Noveno Superior deBarrancabermeja esta decisión a fin de que se remita el expediente. RIERA ¡E iii (Cambio de Rad. 4835)
¡QUE VALENCIA MARTINEZ E CARREÑO LUENGAS
NN
GUILLERMO
UEZ Rafael Cortés Garnica Secretario | | Y