CSJ - SP 4851(09-07-1990)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 4851(09-07-1990)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1990
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REVISION
Rad. #4851
Auto Revisión.- 90-07-09 Aclara auto anterior Juzgado lo. Penal del Cto. de Girardot
PROCESADO(S): Gentil Perdomo; MAGISTRADO PONENTE= DR_ RTroRnn CALVETE RANGEL; FUENTE FORMAL: Art{~~!o ?~~ r ric p p • --- -- -- • -· - !'
PUBLICADA EN LA GACETA JUD!C!AL?!S!N)= N
·--:::- '1 1 ( Revisión No. 4851) ( Contra Gentil Pérmodó) "
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SAL.A DE CASACIOINI PENAL
Magistrado Ponente DR: RICARDO CALVETE RANGEL '1 1\ : i Aprobado Acta No. 042 Junio 22 de 1. 990 1 Bogotá., D. E., Julio nueve de mil novecientos r.ioventa
VISTOS El recurrente en revisión, doctor LUIS FERNANDOBORJAhJ interpuesto recurso de reposición contra el auto proferido por ésta Sala en fecha marzo nueve (9) del año en curso. · \ mediante el cual se declaró_ ADMI SI B,LE la demanda. presentada por el abo 1 gado en su calidad ·de apoderado del procesado Gentíl Pérdomo Villarreal. Agotada la tramitación legal ,se resuelve lo pertinente. i 1t il ¡1 1! ! " 2 SE ~ONSID~RA .--~ lb. - Mediánte póder conferido por el procesado Gen-
, tíl pérdolilo Villarreal ~ él abogado ,Luis Fernando Bor ja Avila; interpuso recurso extraordina.rio 'de revisión ·contra la sentencia condenatoria proferida a su asistido el día cuatro ( 4) de Junio de mil no vecientos ochenta y seis ( 1..986), por el' Juzgado Primero Penal del Circuito de Girardot. ,- \.. 2o. - La demanda correspondiente fué presentada por el profesional en escrito del veintidos ( 22) de febrero del año en-.c.u~ante la Secretaría de la Sala Penal de la Corte Supremade Justicia . 3o. - Eñ el auto impugnado la Sala estimo 11Es ADMISIBLE la demanda de revisión presentada por el apoderado del procesado Gentil Pérdomo Vi llárreal ,contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Girardot,de fecha Junio catorce de mil novecientos ochenta y seis ( 1. 986), por el cielito de estafa. Así lo declara la Corte Supre ma de Justicia - Sala de Cásación Penal11 l _J 3 " 4.o. - Contra la anterior d~terminación interpuso el abogado Recurso de Reposición ,con fundamentoen que por error invol untario, se anotó como fecha de la sentencia contra la cual se interpuso el recurso de revisión la de junio 14 de 1. 986, cuan do lo cierto es que, la sentencia a que se contrae la demanda, corresponde a junio 4 de 1. 986, razón por la cual sé presenta una irregularidad que de be reponerse . Por lo demás el impugnan te se muestra conforme.
So. - Razón le asiste al recurrente, pues ciertamentela sentencia contra la cual se interpuso la revisión que se tramita ,es de Junio cuatro ( 4) de mil novecientos ochenta y seis (1.986) y no de Junio catorce (14) del mismo año, según se determi na por las copias· de la providencia y los términos de la demanda presenta da por el recurrente. -- Sin embargó,es oportuno destacar que la irregularidad er:i nada af~cta el trámite .d_el recurso, teniendo :.. encuenta que los demás datos obrantes no ,dejan duda de cual es la senten cia contra la que se interpuso. Es consecuencia, se aclarará la decisión. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia , (Revisión No.4851) (Contra Gentíl Pérdomo) " RESUELVE ACLARAR su auto del pasado nueve (9) de Marzo,- en el sentido de que la sentencia contra la cual se admitió el recurso de revisión es la de fecha Junio cuatro ( 4) - de mil novecientos ochenta y seis ( 1. 986), en lo demás manténgase la deci sión . Cópie~_e, Notifíquese y Cúmpla~=-~ '-. ... . _. .... ,----- \ \... ~ /
--~~-\. .... ~6~ JORGE ENRi'ou'E vKLENCIA MARTINEZ é.ALVETE RANGEL
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JORGE CARREÑO LUENGAS GUILLERM~Y,E[RUIZ (
-__,......"'· / / RAFAEL CORTES GARNICA Secretario-. ....._ · /./