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CSJ - SP 4998(28-11-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 4998(28-11-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990
  • - - - - - - - - - - - - - - - - -

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' Expediente No. 4. 998 • ' ' • '

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SAL.A DE CASACION PENAL

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Magistrado ponente:

Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

: Aprobado Acta No. 080 • Bogotá, D. E., veintioi::h'o: de noviembre de mil

  • • novecientos noventa.

' ' '

VISTOS:

' • • • 1 • Nuevamente solicita el procesado ALFREDO MQ RERA PUYO el beneficio de libertad provisional con apoyo en lo pre- ,i ' ' • ceptuado por el artículo 72 del Código Penal, ,para lo cual, acompal\ó 1 ' certificado de trabajo, cartilla biográfica y acta del Consejo de Disci- ' ' plina que calificó su conducta como ejemplar. ' 1' ' •

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: •

• • ' ' ' • 1 El peticionarlo fue condenado por el TribunalSuperior de Neiva a la pena privativa de la libertad de cuatr.o (4) a- • ' ' • • ' •

  • •• i

• ' • ' ' - . - . - . - 2 - • ños y seis (6) meses de prisión como autor responsable de los delitos

de falsedad en documentos y estafa, según providencia de fecha 28de febrero del presente año, cuyas dos terceras,partes para los efectos de la excarcelación demandada, equivalen a treinta y seis (36) - meses de prisión. El peticionario estuvo inicialmente detenido del 30 demar.zo rde.1987' al 16 de dlclembre,·de 1988, es decir, veinte (20) me ses y dieclseis (16) días. Fue·.capturado el 2 de marzo del corriente año en virtud del fallo condenatorio de segundo grado, o sea que lle va ocho(B) meses y veinticinco (25) días más, para un total de veint-i nueve ( 29) meses y once ( 11) días en detención efectiva. Por trabajo acredita 5. 260 horas que le dan derecho a una rebaja de siete ( 7) me ses y nueve ( 9) días y un acumulado,. de treinta y seis ( 36) meses y veinte ( 20) días, superiores a las dos terceras partes de la pena im puesta por el Tribunal Superior de Neiva en el fallo que ahora esmotivo del recurso extraordinario de Casación interpuesto por su apo-

  • • derado.

1 ' No obstante el cumplimiento del factor cuantitativo dela pena a que se refiere el artículo 72 del Código Penal, considera la Sala que por su personalidad, reflejada en la gravedad del hecho a - él atribuído, '.-debe cumplir la totalidad de la sanción que se le fijó en el fallo de segundo grado. 1 1

En efecto: Morera Puyo empleado de la Caja· Agraria en

aprovechó de su conla ciudad de Garzón ( Huila ) por largos años, . : : ' 1 • ' • 1 ' • 1 -

  • 31 1 dición de auxiliar de cuentas corrientes, cargo que le deparó no sola1 1,1

' 1 ' mente confianza de las directivas de la institución crediticia y de los clientes regulares, como la Administración Municipal, participó en ladefraudación de cerca a veinte ( 20) millones de pesos por el año det 1987, dineros que pertenecían al Municipio y depositados en la cuen ta de fondos comunes, suma que representaba más del 50% de los sal dos, con grave perjuicio para la Administración pues de hecho se pa ralizaban las cuentas que debía cubrir la Tesorería con los menciona dos dineros. Así mismo, la entidad a que pertenecía, se vló graveme-n te afectada por el comportamiento _de su empleado, quien finalmente -- •

  • 1 resultó condenado por los punibles citados en precedencia, con una - 1
  • ¡ sanción que resulta benigna para la cantidad de dinero que fue sustraída a la entidad crediticia mediante las habilidosas maniobras de su propio dependiente.

1 ' 1 1 Por lo anterior, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, ,-SA LA DE CASACION PENAL, NIEGA al procesado ALFREDO MORERA PU YO el beneficio de libertad provisional solicitado por él, l • 1 '1 Cópiese, notifíquese y cúmplase, '' ' 1 1 ' 1 ' 1 ' ' " '

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CARREílO LUENGAS RMO DUQUE UIZ •

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  • 4Proceso No. 4.998 Niega libertad provisional a ALFREDO MORERA PUYO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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DI DIMO PAEZ VEL

VELAS(lU

JUAN MANU TORRES ESNEDA

AS ' • ' Rafael 'Cortés Garnlca ' 1 Secretario. ' ' •

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