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CSJ - SP 5055(04-07-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5055(04-07-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

__,~__~ ._ ...

CASACION

Rad. #5055 ___ _ ..,_ Quto Casación.- 90-07-04 Declara admisible re~~r5Q _ Tribunal Superior de Bogotá PROCESADO(S): Rosembert Pardo Vargas; DELITO: Falsedad y Falsificación de moneda

MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE ENRIQUE VALENCIA M_;

FUENTE FORMAL: Articulo 224 C. de P.P.;

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N : .. ··

Expediente No. 5.055

CORTE SUPRBlA DE JUSTICIA

SALA QE CASACION PENAL

Magistrado ponente:

Dr. JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

Aprobado Acta No. 044 Bogotá, D. E., cuatro de julio de mil novecientos noventa. VISTOS Con apoyo en lo preceptuado por el artículo 72 del Código Penal y Ley 32 de 1971, el procesado ROSEMBERT PARDO VARGAS ---~--- solicita el beneficio de liberfad provisional al considerar que el tiempo enreclusión y la rebaja a que tiene derecho por trabajo, resultan suficientes para obtener su excarcel2ción provisional. El Señor Procurador Tercero Delegado en lo Penal ha emitido concepto desfavorable a la petición del procesado ya que noacredita el cumplimiento del factor cuantitativo de la pena y tampoco acom L· pañó a su solicitud la cartilla biográfica. : .. ·- - 2CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Pardo Vargas fue condenado por el Juzgado Octavo

Superior de Bogotá a ~a pena privativa de la libertad de cuarenta ( 40) me ses de. prisiór1, como éoautor. responsable de los delitos de falsedad docu mental y circulación de moneda falsa, sanción que ratificara el TribunalSuperior de esta ciudad en providencia de 16 de noviembre de 1989. El peticion~rio fue capturado inicialmente el 17 de octubre de 1. 986 y puesto en libertad provisional el 25 de abril de 1987; el 1 O de julio de 1989 fue puesto a disposición de este proceso, es decir, ha descontado efectivamente en prisión dieciocho ( 18) meses y dos ( 2) - días. Por trabajo acredita 672 horas correspondientes al primer período de detención que le dan derecho a una rebaja de veintiocho (28) días y unacumulado de diecinueve (19) meses, muy inferior a las dos terceras par tes de la pena impuesta en las instancias. El certificado de trabajo visible a folio 302 de la ac tuación del Tribunal no puede ser tenido en cuenta por cuanto él se refiere al período comprendido entre el mes de junio y el mes de agosto de 1989, - sin que se pueda establecer cuantas horas fueron laboradas desde el 1 O de julio, fecha en la cual fue puesto a disposición de este asunto. Tampoco figuran en autos los certificados por estu dio a que se refiere el procesado en su escrito petitorio de excarcelación, ni copia de la cartilla biográfica. Estos documentos serán solicitados por la Secretaría de la Corte a la Dirección de la Cárcel Nacional Modelo deesta ciudad. - 3Por no estar acreditado el primero de los requisitos

previstos en el artículo 72 del Có.digo Penal, resulta improcedente el bene ficio de libertad provisional que demanda el procesado. Finalmente, se desconoce en este proceso la fecha de detención del procesado en la segunda oportunidad y las causas queoriginaron la excarcelación de Pardo Vargas el 1 O de julio de 1989 pororden del Juzgado 39 Penal del Circuito de ~ogotá ( fl. 113 Cuaderno del Tribunal ) , razón por la cual se solkitará a dicho despacho judicial infor mación completa sobre la fecha de captura, decisiones adoptadas en el pr~ ceso que allí cursa, estado actual del mismo y los motivos de excarcelación en la fecha ii:-idicada. _' Así mismo, se declarará admisible el recurso extra ordinario de casación interpuesto por el procesado Salomón Maldonado Gai tán contra la sentencia de, segundo grado dictada por el Tribunal Superior de esta·· .ciudad que lo condenó a 35 meses de prisión como autor responsa ble c;lel delito de tráfico de moneda falsa. En m~rito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del ·Señor Procu rador Tercero Delegado en lo Penal y de acuerdo con él, RESUELVE lo. NEGAR al procesado ROSEMBERT PARDO VAR GAS el beneficio de libertad provisional. \ - 4 2o. Por la Secretaría de la Sala solicítese a laDirección de la Cárcel Nacional Modelo de esta ciudad, copia de la ca.!:_ " titla biográfica y certificados de trabajo o estudio del procesado ROSE~ BERT PARDO VARGAS, a partir del día 1 O de julio de 1989, fecha en

la que fue puesto a disposición de este proceso por parte del Juzgado 39 Penal del Circuito de Bogotá. 3o. Solicítese al Juzgado 39 Penal del Circuito in formación sobre el proceso que allí cursa contra e-1 citado procesado, con cretamente sobre la fecha de captura de Pardo Vargas, decisiones de fon do adoptadas, si se dictó o no se,:atencia, y motivos de la orden de excar celación decretada al parecer el 10 de julio de 1989 ( proc~so 5158 ). 4o. DECLARASE ADMISIBLE el recurso extraordina rio de Casación interpuesto por el procesado SALOMON MALDONADO GAI T AN, contra la sentencia de 16 de noviembre de 1989 proferida por el Tr.!_ bunal Superior de Bogotá que lo condenó a la pena privativa de la libertad de 35 meses de prisión por el delito de tráfico ·de moneda falsa. --

Córrase traslado al recurrente por el término de treinta días para que presente la correspondiente demanda, por medio de abogado titulado. Por la Secretaría notifíquese personalmente a losprocesados detenidos Chima Flórez y Pardo Vargas en la PenitenciaríaCentral de Colombia II La Picota II y Cárcel Nacional Modelo de esta ciu dad, respectivamente. Cópiese, notifíquese y cúmplase. l JORGE ENRIQUE VALENCIA M. ·::-:: - 5 - Proceso No. 5055 Niega libertad a Rosembert Pardo Vargas. -

GUILLERMO DUQUE RUIZ _/- ( . / ~~ ~ -

10@0 PAEZ VELANDIA:3

11 ' "'· Secretario

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