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CSJ - SP 5057(10-07-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5057(10-07-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

Radicación No. 5057 , Luis Alberto Lara Romero Revisión

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIOIN! PEIN!A~

Magistrado Ponente Doctor

JAIME G I RALDO ANGEL

Aprobado Acta No. 46 Bogotá, Julio diez de mil novecientos noventa. V 1. S T o s LUIS ALBERTO LARA ROMERO, cónfirió poder al abogado Hernando Narciso Alber Salazar para que lo representara en el recurso extraordinario de REVISION que instauraría contra una sentencia que - según su escrito - eón fecha 3 de octubre de 1989 dictó en sucontra por el delito de extorsión el Juzgado 3° Esp~ cializado de Barranquil la ( folios 12 y 6 cuaderno de la Corte ) ; y con la firma del ~ )! cionado profesional del derecho, pero s·in constancia de presentación personal por parte suya ante ninguna autoridad judicial, fue recibido en la Secretaría de la Sala un escri to a manera de solicitud de revisión, no el.e la sentencia que menciona el ótorganteque parece haber sido la dé primera instancia - , sino contra una que se dice fue dicta da por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el 17 de noviembre de 1989 contra la misma persona y por el mismo delito, cuya copia auténtica y con constan cia de ejecutoria tampoco se ha allegado ( folios 6 vuelto y 12 vuelto ) . Asr pues, no le es dado a la Corte mientras no se atienda le normac!o en el artículo 84 del Código de Procedimiehto Civil en concordancia con el primer inciso del artkuió 231 del Código de Procedimiento Penal, hacer pronunciamiento

.... - 2conforme al artículo 334 ibidem. , Para @ nqtificación personal de este proveído al sentenci~ do en su sitio de reclusión - cárcel dél Distrito Judicial de Barranquilla - , se comisiona al Juzgado 3° Especializado de esa ciudad. Por lo brevemente dicho, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Penal, R E S U E L V E ABSTENERSE de pronunciarse sobre la estructura formal de la solicitud de revisión proferida.

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RAFAEL 1. CORTES

Secretario

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