CSJ - SP 515(04-06-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 515(04-06-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
----------------- ------- - - - - - - , , " N° 515 contra' NEFTALI " , . --
REPUBLICA DE COL . . - BURCOS. Le$.lones per ... • " REVISION. -
I , , ama , " , • , - ,
CORTE, SUPREMA DE JUSTICIA
. , ... _. . -. " .. .' " " -
" SALA. DE CASACION PENAL " -. - " . . - - - - - - - - _" '.- - '. .. _,' -.
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MagtstradQ Ponente: " "
DR. GUILLERMO DAVlLA MU~OZ -. . -""" ,- , - " ~~
N Aprobado A<:ta 055
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" , , " " , , , , Bogotá, cuatro "(4) de junio de mil novecientos ochenta .- y seis " (1986). , , ,
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V 1ST O"S :
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, " , I , , Por auto de d~ tnar¡O~sado esta sala eddeclaró " , " , ~ l , , mlsible el í"éCM~~~de revl.slón el apoderado de NEFTALI R.II - ., , " , , en i VERA alJ,RCOS . . , , 1 , , , , , , , ,
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, " Marra l.o$,ada aast;os., tramitado en primera y . , , 1 '\ _, ~ : /' , ~ '; , segunda i,n~~nc;i.a ,JlI~9ado$..$egundo Penal Mvnlclpal y Segundo Pe- • ,1 . . . , , . , , , , j" • . ( I nal del lO de (OJqu~tá) y ordenó solicftar al Juzgado de - . I .'-
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. . , .' ) . , , " I " " , , \ ' . . ,~'1s.~nc;la el correspendlente ~xpedlente. , . , , , ,, , , 'í-·_·tfl'j~,{"·, " , : -. . \ , .;.; , I .. , , " /'.;: J -' , , , , • " I " I ' Encontrándose el asunto para proseguir el ., debe , • , \ , , ' D , la proceeencla del recurso en, el caso concreto cxam(na~o \" , 'fldoP"" . I . · , " ~\) • ~ -- '\ , , , J pertlnente, la j' , ,decJsl6n ,
- , • '\ 1'·'," , , • , I ' , , • , ¡'; :' ' • \ , ~I ' , -, • ,
, , , , I ,),' , - ¡ , I , " , ¡; . , , " , ,1: •
, - I I I , " ¡ " , , , ,, . , , , . , . , , , . , I , , ", , v , , ,
, HECHOS ACTUACION PROCESAL: , I ' I
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• , I • , , • I , , , , , ' .' . ' • , , , ' \
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, , , , , En 'horas de la tarde, del '1 de agosto de 1983 el c;:ampero\ • I , , , \ , I , , . , , ,\ , \ , I , , \ \ I I , \ I \" e ,, " I , , I ' , , ¡ , , ,-\ , , I
, FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA '\
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REPUBLICA DE COLOMBIA
, , ama , , marca Vllllys conducido por Luis ¡lAaría Losada Bastos, chocé al desembocar a una vía en la ciudad de Florencia, con la motocicleta guiada por Miller , ,
- , Castro Ralnrre~, en la cual viajaba' acompañante Leonel Quayar9, suCClTIO.
, . - friendo este CJJtimo lestones 'de conslderactén que I~ produjeron incapacidad
. , , , de 120 drilS acortamtento de la pierna derecha y oteas graves consecuen- , # clas, El mencionado de propiedad de BURCOS. vehrculo es NEFTAI,..I ,RIVE,AA , • quien en curso de las dIligencias se estableció ser patrono del conductor el , Bastos. Losada , ,
- Invcstigaclón, ..se I'nicl,acta y adelantada la calificó tQ,o enjul-
, , , clamíento pare el procesado citado y cUii,pllda la etapa del juieí<), dlct6 S~ . , en su contra sentencie condenatorta, con ondena en perjuicios en I,a forma . , . , , , do Penal del Circuito al 01 . de apelación. rGSQ1Véf ece CQ , , - , , , , , En el, curso del IndIcado se evaluaren 10$ ~rJ\Jlcios , ,, t ocasionados a ra vfctlma en '.5 • q25 Y so condenó en las senteneles' solo , • • , • _.' J al pagó de la mitad de esta suma - $4,774.712 - DI procesado Llll~ Marra " . - l.' . , , , , • . , • 1 q~¡e... Losada Bastos y asu tro o Naftalf 'Rivera Burgos, por conalderar , , • , , I . existió Imprudencia . rte d~&mbos conductores de los .ul()S.,~91i~lo- • •
1 '¡ . "j , En cuanto c;omprend.d~¡ nades, VERA dueño del' campero YilJlys, no en " '. , ' -' " , , ( " . 1 '. .prOCedenté~'~(\Uel auto de • ni vinculado al proceso, se consideró- , , í ... . , , , · . I \.\ .' . -. - . 'rI9rrna,\\ trado su relaclén laboral con el procesado y de c_onformld$d con las , : l. ,G~(dl~'Q" \\ tt ctvlles sobre r~sponsabllidad extraccnstractual el artreulo lO$ (fel . . . '- \ ,\ . . . ~. - 'I l '\\" '." Penal, ' , , , , , , , - ,
- ,
, -I ,) , e , - , , . ' 1/ \ , , !, , , ', l base en esta condena .. s~ en su contra lé\ 4~-'" '" <;O,') 'próli'lovlÓ , <, -."t... '\' . , ~ ',- !. , I" ~. - , co.,,- vahr~~ior et el rresp~nd,¡entQ acclén ej~cuttva., :,cual se o~slon6 el 'aeclI , • • .' , ' . fue y ' dente tlnlclatmente secuestrado en el' /~roce~ p~nal, se mantuvo 'e~ta • I , · medida ¡)a,fa efectos del procese c'ivil.,'S/I ij·len:'s'o depositó en poder ® su
' , . , , . ' , i , , , , , , , I f' ,
ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA I ---~------- - I
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- • , REPUBLICA DE COLOMBIA , - ·3 .. t¿Ft".?dtcCto/Za/ propf,9tarfo NEF'TALa RIVERA. la de revt,t6n que el Se én procese eJecutivo se adel$nt6, habiéndose dictado sentencia que so,- (ltspone . , , ,
- '. gulF' éldéJante JJ -eJ~C:lJc¡6n,",aliándose embargados btenes del declarado civil" , , penal referldQ. mente tO$ponsabl<rRIVERA BURQO$¡ en el
• , • , Se $Olfclt,aen la demanda; se revise la atusa retron••• , , , trayendo el proceso <11JuicIo des~· ~I filomento en que qued6 en firme él 11 ,
- , , auto ptóc:eder para que se r~on$truya el preeese hasta, prec:lusi6n da S\i
11 11 , , , anotados, sin los errores 'mediante .~ teapeTtura' del debate probatorio de , . "~usa · ta ......, ... '. n • '' > ,• , " • , • , • • • , , , \ A :' , , •
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, , «:len€) El reeurso 16n oomaterla penal ¡;»r objeto , I . . ' , , , la correccl6n de ertor~, ' , . en virtud dé cualO$ se ,haya condenalbS , ( • do a una persona que no. debe respondf.¡,r de los hechos II(e.tOs. por ser - , , Inocente contaro'le a . acradltac$ la sltuacj6r¡ en que iI. , ... ~,c:onflgure una por se funde la revisión de tas eaeseles COtltemptadas . . '.' ~ - , la norma procesa el" , lo cual Ilevab~ a dejar Qfec'to la }utgsda., para COSil '- '. , , , que que a. través de un ,nuevo juzgam,leflto se adopte la declsl6n ccrrespcn- . , , da éS'trletálueote a la realida" d y a la ,Justicia. , , , , , , , • , , , , " ASf ~::trecurso extraordll'lario referido se dirige a dejar , , • , penal sin -efecto ,.Ja condehs Impuésta en el fallo respectivo, por considerar , , Ir,.~~ponsabilidad del que' que ~e la' In«Qt'lCiá o condenado o exls- (.iem'iú-éstra - . . . , . - . '.'. . . , graves ten jndleros do la mísme,
, , , , , , , • , , , En el presente caso la ravlslón fundamente en la - ~f; iI , • se, que causal en cuanto a exlstencle de pruebas o Circunstancias establo- " , , , , la o , con Inocencla frresponsabllldQd del , lo cual hace alusl6n a , • , , , ,
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REPUBLICA DE COLOMBIA
, • , , • , - ti ,.. • ama jdt.ccto/l.-a/ , (¿/«( se los conceptos ya expresados, debiéndose destacar que no eonternpta el .. . . •, recurso en ralaclén con los efectos civiles de la sentencia o condena era per-- , , • Impuesta ósta, juicios en , ,' ,
- , los fundamentos sustentaclé» de la Efectivamente, y
- , , ', • < ,
' , , dirigen concretamente condena en demanda .se i::npugnar la perjulclos que el , , . , • . se imp\4So a NEFTAL,I RIVERA BURGOS, a quien se declaré clvllmente res-
- , ponsabíe, -preelsarnente por habé.rsQle condenado sin estar víneulado al pro-
,
- • ceso, ya que ni fue'ind¡:¡gado calidad, enjuiciado, como tampoco. en tal
¡:Ii . , - cuanto conslderar condenado penalrnente , salvo en a por ~etos perjuicios , ,
- • • mostrada, a través del vlncule con procesado, una respcnsabttl- . laboral el
, " • dad extraccntractual. • , • • , • ,
- •
• • •, • , , , nc or "Como la norma templa este supuesto.. deduce
- Sé
- ,
, • , . que la revlalén no tiene cabida en . ...,; cual inttic;ade'), por lo declárase , ,
- I , así previa lnvaltdaclón del trám cumplido, [mproceden- . lrñcialmente por ser
, , te. , • • - • , ,
- .
I , vedad de hechos a cuales se la 9 los refiere, 105 , , I _. ,-". . , demanda. ;hi:lc~::j:)f:ºCO e el adelantamiento de la iovestigal;ión penal contra .. .
- •
- • • tener los fallador-es del ro per"tal en I~~ dos Instanctas , la cual puede
6$0 "~':"'"- . , ,, , • ,
- . • ., en , , I tncldencla la declslón que se pretende lmpuqnar a través del recurso ~e
, • • · . , • .. •
" ravJsi&n. , , , , , • , • •
- , • , •
, , • • , • como , • , Slnembarqo, de acuerdo con lo expresado en la .. .
- • . • , i • . , demanda se' formuló la denuncla correspondiente ante el Tribunal de Nelva,
., \ .. . no es el caso de .adoptar declslén al respecto. , •, \ , I •
- •
•
- ,
• • •
- • Por lo dicho, la Sala de Casación Penal de la Corte Su
I I ectuactón prema Justicia, . partir auto. d~ INVALIDA la a del de 11 de marzo I , I de 1986 y declara It'JADl'VlISIBLE el recurso de revtstén, I , • , I I , , I I , I
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
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515 NEFTAl.1 R1VE....
REPUBLICA DE C o Lestones parsenales •. dectara NVAl.l aetu~cl6ny INADama r.aeutso de Nlvl t6n • $ o o , • • - S ... , - , • • ,
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- • da orIgen. • o •
, . , • •
eOCAR SAAVEORA ROJAS LUIS ENRIQUe ALOANA RO%O
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R({~O LUENGAS·
liERNANOO BAQUERO SORDA
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GUILLERMO OAVILA MU~OZ ooUILLERMO DUQUE RU-"Z ,.j ,
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GUSTAVO CO~<lE,ZVEl.ASQUEZ LISAt~DRO ~AARTINSZ %tJF.l'OA
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I • JOSE. HERIBERTO velASQueZ RAMOS • , ,
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