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CSJ - SP 5201(13-07-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5201(13-07-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

1 1 ( Casación No. 5201) ( Contra Hector Arias y otro) ( Tribunal S. de Neiva ) CORTE $UPRl;:MA DE JUSTICIA SALA OE CASACION PENAL Bogotá., d.e., Julio trece de mil novecientos noventa. El Tribunal Superior del Oistrito J1,1dicial de Neiva, conc~ dió el recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado de los procesados HECTOR ARIA.S AVILI;:$ Y YESID $ANCHEZ GALVIS indistintame~ te por los delitos de Concusión y Lesiones Personales por los cuales fueron - • condenados, mediante fallo de esa Corporación <;:le fecha dieciseis ( 16) de ma yo del año en cwrso ( 1. 990 ) que confirmó parcialmente el de primera instan cía . En consideración al quantum máximo de la p~na privativa de la libertad señalada para cada uno de los delitos materia de la sentencia, - se observa que el recurso sólo es ADMISIBLE para el delito de ConcusiónEn cuanto al delito de lesiones personales (art. 332 C.P.), no es procedente lá admisibilidad del recurso de casación, teniendo encuenta que la pena máxima prevista, es inferior a la exigida por el artículo 218 del Código de Procedimiento Penal . Córrase traslado al recurrente por el término de treinta ( 30) días para que presente la demanda de Casación correspondiente. ( Casación No. 5201) ( Contra Hector Arias y otros) Para la notificación personal de este auto a los proce~ados quienes ,s~ e.ncuentra~ recluidos en las instalaciones de la Policía Nacional de Neiva, comisiónase al Señor Juez Primero Penal c;:lel Circuito de dicha localidad

Notifíquese y cúmplase,

RANGÉL

RAFAEL CORTES GARNICA

Secretarip

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