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CSJ - SP 5256(12-12-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5256(12-12-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

DEMANDA DE CASACION Sentencia Casación .- 90-12-12 Rechaza demanda Tribunal Superior de Bogotá PROCESADO(S): Jose Romero

DELITO: Homicidio

MAGISTRADO PONENTE: DR. RICARDO CALVETE RANGEL

FUENTE FORMAL: Articulo 224 C. de P.P.

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N Rad. # 5256 ___¡; ' ( Casación No. 5256)

(Contra Jose Romero) (Tribunal S. Bogo~)

CORTE SUPRa11A DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente : DR: RICARDO CALVETE RANGEL Aprobado Acta No. 084 Diciembre 11 de 1. 990

Bogotá., D. E., Diciembre doce de mil novecientos noven ta. VISTOS Resolverá la Sala Penal de la Corte Suprema de Jus ticia, sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el defensor del procesado JOSE IGNACIO ROMERO BUSTOS,contra la sent~ cia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior de 8ogotá ,~ firmatoria de la dictada por el Juzgado Segundo Superior de la misma ciu dad, en la cual impuso al recurrente como pena principal diez ( 1 O) a ríosde prisión por el delito de homicidio . 2 En el mismo fallo se condenó a diez ( 1 O) años tres - (3) meses a JOSE IGNACIO ROME~O. s·ELLO, por los delitos de homicidio y lesiones personales . LA DEMANDA El defensor presentó dentro del término de traslado

un escrito en el cual manifiesta su inconformidad con el llamamiento a juic_io de su poderdante, en cuanto lo consideró coautor del delito de homici dio del Señor SANTOS ERNESTO GARCIA, sin que en su concepto se rcú nan los presupuestos fácticos contemplados en el artículo 23 del Código Pe nal • ' An~liza la declaración de un hermano de la víctima y llega a la conclusión de que ROMERO BUSTOS ni realizó el hecho punible ni determinó a su padre a realizarlo. Agrega que según el artículo 226 del Código de Pr~ cedimiento Penal, es procedente el numeral primero y formula la petición así : .-:::· 3 11 Ruego el Seiior Magistrado ponente se sirva casarel presente pet~torio toda vez que reune (sic) la ca~ sal primera del artículo 226 del Código de Procedimien to Penal 11 CONSIDERACIONES DE LA SALA El demandante incurre en graves y elementales erro res cuya relación es la siguiente : 1o . - No formula ningún cargo, ya que simplementese limita a decir que no está de acuerdo con el llamamiento a juicio, porque consideró a su poderdante coautor del homicidio y él no lo realizó ni sedividió el trabajo con el autor, ·alegato propio de las instancias pero total · mente ajeno a la técnica del recurso de casación . 2o. - Menciona la causal primera pero no precisa sise refiere a la violación directa o a la indirecta, ni intenta al menos dar le algún desarrollo . 4 3o. - La inconformidad la centra en el llamamiento ajuicio, pero no demuestra ningún e~ror que pudiera afectar la legalidad de la sentencia,, se limita a enfrentar ·su criterio al del Juez que calificó elmérito del sumario, olvidando que lo que se acusa en casación es el fallo de segunda instancia En estas condiciones, es evidente que el escrito pr! sentado no reune los requisitos establecidos en el artículo 224 del Código de Procedimiento Penal, por lo tanto se rechazará in limine y se declarará desierto el recurso • En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justi cia - Sala de Casación PenalRESUELVE RECHAZAR la demanda presentada por el defensordel procesado JOSE IGNACIO ROMERO BUSTOS y DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto • ( Casación No. 5256) (Contra José Romero) ( Hoja de firmas) Cópiese, Notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribu . •. ;¡ .. nal de origen . (, \.

RAFAEL CORTES GARNICA

Secretario

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