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CSJ - SP 5393(03-10-1990)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5393(03-10-1990)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

1 L __ 11 1 !I q COLISION DE COMPETENCIA Auto Colisión .- 90-10-03 Dirime colisión - Juzgado 9o. I.C. de Carmen de BolívarPROCESADO(S): Nelson A. Barraza DELITO: Contra el patrimonio económico

MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE ENRIQUE VALENCIA MARTINEZ

FUENTE FORMAL: Artículo 95 C. de P.P.

PUBLICADA EN LA GACETA JUDIC!AL?(S/N): N

Rad. #5393 Colisión de competencias Nro. 5393 ,

S. P ~ C/ •. NELSON A. BARRAZA.H.- - DI. Contra el patrimonio económico.-

CORT~:. SUPRH.1...4\. DE JUST3CIA

SALA DE ·CASACION

Magistrado Ponente Doctor

JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

Aprobado Acta No. 0068 Bogotá, octubre tres ( 3 ·.) de mil novecientos noventa ( 1. 990 ! 1 'I i1 ' V s T o s 1 í 11 : 1 Decide la CORTE la colisión. de competencias sl!scitada entre los Juzgados t,!o ! i1 veno (9°) de Instrucción Criminal radicado en Carmen de Bolívar (Bo!i\,ar} y - 1'1 ' Catorce (1!¡) del mismo ramo con sede en Plato (Magdalena), sobre el conocí- miento del proceso seguido contra NELSON ARTURO BARRAZA HN,1GURGUER. : i A N T E C E D E N T E S Los hectios materia de averigüación se sucedieron entre los días diez (10) y

mil. treinta (30) de marzo de. novecientos ochenta y ocho (1988), fechas en las cuales, NELSON ARTURO BARRAZA HAMBU RGUER, en su condición de re presentante legal de la ."Sociedqd Estrella de David, Ltda.11 depositó en !2 , cuenta corriente Nro. 671. abierta a nombre,· de dicha empresa en la 1' CajaAgraria11 -agencia de San Jacinto, Bolívardos (2) cheques girados co:1t,-a cuenta de la oficina del II Banco Ganadero11 en Plato, Magdalena, por valeres deun millón cincuenta mil pesos ($1 '050.000,oc) y un millón ciento crncu2rr ta mil pesos ($1 '150.000,oo), obteniendo sobre ellos la operación dLnomlna da ·"negociación de remesas", consistente en 11 la autorización para dls¡::-~ ••• ner de inmediato, de los dineros de cheques consignados en sus cuentascórrientes, y girados por los mismos o terceros ... 11 según se exp!:ca en - , t la denuncia formulada por representante de la Auditoría General de la pri-. ' mera de tales entidades <:redíticias. No obstante, tales títulos valores res1~:- taron impagados por "cuenta_ saldada" y "firma no concordante con la regi.:?. . : :\ ., trada11 generándose un sobregiro que hasta el momento no ha sido cubi5r- , ., ,' .,' to por ei acusado. : .

Recibida la queja penal y sus anexos del Juzgado Promiscuo Municipal deSan Jacinto-Bolívar-, por competencia, el Juez Décimo (100) de Instrucción Criminal radicado en Carmen d~ Bolívar, se ·negó a aprehender su conocí- ¡ miento argumentando que le correspondía tal función a su similar en Plato ,j (Magdalena), 11 pues fué contra un banco de esa ciudad que se giraron - 1 ••• los cheques y además como lo manifiesta el denunciar;te fué de dicho lugar donde llegó la remesa de el ichos cheques ... 11 por lo que se deduce 11 quE: , ••• también fué en esa población donde se configuró el delito ... 11 (fl.26, cdno.1°). A su turno, el funcionario de Plato se muestra en descuerdo con su homó logo 11 ya que _la sociedad la.• Estrella de. David Ltda. 1 tiene su dc,mkilio - ••• en San Jacinto (Bol.) y fué en esa localidad, donde su representante lega!. .. consigna ... los dos cheques anotados, consiguiendo el pago de esos títulos - ... por el sistema de negociación de remesas y posteriormente se autorLum los sobregiros correspondientes ... es decir: los medios fraudulentos fueror~ - empleados en la Caja Agraria ci~ esa localidad o en otras palabras los cl-,e.--- • ' ! .. ques fueron usados ante esa entidad y lo_ único que hizo la sucurs.::.l c!:d -· Banco Ganadero de Plato ... fué devolverlos .•. al comprobar que tení,,,. lz::; - cuentas saldadas y firma no concordante con la registrada ... 11 (fls.36/7).

# e ··:-· .. i .,,j :-·.··. J 3 Vuelto el expediente a Carmen de Bolívar) lo recibe el Juzgado Noveno ( 9°) d .1 • de Instrucción Criminal quien reemplazó a·11r al Décimo (10º) antes citado, y . ;! rei'terando brevemente los planteamientos: de éste _(fl. 43), !o devuelve al -- 1 despacho de Plato donde· se·:,pbre investig~ción (agosto 13 de 1990, fl. 46),- i ~-- ' . ' • • • : '. .. '; • • ; ' ; 1 pa~a luego (auto, agosto ,16 .. de 1990, fls.52/4), apoyándose en el artículo ' : ,.. ,¡ ,·, ¡,, . ,:. . . .fra/;AL~.· 74 del C.de P.:P,. y deci~io·~~s. varias de que en lo pertinente reproduce, :11no ;aceptar: la· ~Ólisión de competencia. negativa propuesta11 ~ 'J ¡ '1' 1 L A O. ;\ R T E \"- 1. - Según lo que se desprende del texto de la denuncia, los cheques que le sirvieron de fundamento fueron girados contra una cuenta corrier.- ·:·.1. te del Banco Ganadero en Plato (Magdalena) y consignados en la sucursal de la Caja Agraria en San J~clnto (Bolívar), obteniendo de inmediato el el~ positante lo que se denomina 11negociaci6n de remesas11 esto es, la suma de , i,

dinero represen\ada en ellos, antes de ser confirmados por canje. ' 11. - No obstante, introducidos para su cobro, fueron impagados por el g,!._ rado aduciendo que la cuenta estaba; saldada y que la firma no con- • ¡ cardaba con la registrada, quedando el capital adelantad¿ en calidad de s~. bregiro, causando los inte1·eses respectivo~ hasta tanto no fuera cubierto. 111. - Sinembargo, posteriormente se descubrió que el titular de la cuentaen el susomentado Banco Ganadero era el mismo depositario en la Ca-- ' ja Agraria y por lo mismo co~oc;éclor de la ,irregular situación de los títu!c•s valores, de _donde se infiere· que al impetrar la remesa negociada se busca ba acceder fraudulentamente a sus beneficios,· en forma consciente y vo!un taria. .. ,6 ·.·. . ·:=.-.=:-~ ·. .· .·· __- :. . ··_•_ _ . '•::·. .. R.;.~ .. ' . : :.j : 4

IV. - De consiguiente, estaríamos frente a un típico delito de estafa porcuanto al través de un documento dé aceptación comercial se indujoen error al ente bancario haciéndole creer. falsamente que se estaba en pr~ sencia de un signo crediJicio., gi_rado de buena fé, respaldado en ·su serie dad por el sobregiro correspondiente en el evento de que resultaran pro-:- blemas para :su cobro.

V. - Como en varias oportunidades lo ha enseñado la SALA, éste delito

contra el patrimonio económico se consuma en el sitio donde se obtie ne el provecho ilícito lo que, en el presente caso/sucedl6 en San Jacinto 0 -1.-.•. {Bolívar), lugar en el que no sólo se consi9tiaron los cheques sino en el - • 11...,. que también se logró su pago anticipado, e.x.istiendo, pues, en el acto sutr-e~ men identidad entre el ardid desplegado· y el provecho crematístico conocido. (\

VI. - En consecuencia, se c'oncluye que _el '.')uez competente para conocer -

. ',, 1.,,,,,. ; . del presente asunto··es el de Instrucción· Criminal radicado en Carmen • 1 ,r de Bolívar, por encontrar';·e. la población donde se realizó la conducta ilícita _\ dentro de su j~,risdicción, a· quien se envia~á la actuación como se dispone en esta provide~iia, copia de '.i'a:,c1:1a1 se remi:tirá al otro despacho judicial. ,! \ . . e.e'.

Fbr lo expuesto,. la SALA DE CASACION PENAL la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA; : ¡'., ,,,

·u ': R E S, E :L V E DIRILYllR la colisión de competencia planteada en el sentido de atribuirle el conocimiento de la investig~ci6n adelantada ciontra NELSON ARTURO BARRAZA • • l ' ' HAi\iIBURGUER, por un delito contra·el patrimor\io económico al Juzgado de !ns- ;.1¡ , trucción Criminal radicado en Carmen de Bolívar {Bolívar), al cual se rem-i

' ... ~ tirá el expediente. Copia de esta decisión· envíese al Juzgado de lnstruc- - ción Criminal en. Plato (Magdalepa), para su ·:información . .. Notifíquese y e ú m p I as e. Colisión competencias 5397 5 ~/ ¿ ¿/ '---~----

JO-RGE IEN'R IQUE VALENC-IA [M·..

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JOR CARREÑO LUEN~AS:. i

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VELAN DI.!;}. \ . '' · .

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RAFAEL l. CORTES GARNICA ·SECRETARIO ~ 1 • ; • .. f •, : : -;1 .. ! . .... ¡ _¡

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