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CSJ - SP 5531(31-10-1990) (2)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5531(31-10-1990) (2)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1990

ii by A A e t Cambio de Radicación No. 5531 S.P.C/.JAIME MICHELSEN y otros. - D/.Infracción a Decreto 2920 de 1982

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA AN

SALA DE. CASACION PENAL

« 1 Hi Li E. " Magistrado — Ponente Doctor JORGE ENRIQUE VALENCIA MN, Aprobado Acta No. 0073 (octubre 24/90) Bogotá, octubre treinta y uno ( 31 ) de mil novecientos noventa ( 1.990 ) .--- A ésta Colegiatura ha llegado la solicitud de cambio ce radicación elevada ante el Juez Dieciocho (18) Penal del Circuito de Bogotá, en su calidad de funciona rio cognoscente, por el Dr.JULIO JIMENEZ MURCIA, defensor de JAIME Mi--—- CHELSEN URIBE, en el proceso que contra éste y otros se adelanta por losdelitos de abuso de confianza e infracción al Decreto 2920 de 1982, LA PETICION, El memorialista aduce como razón de su pedimento el que "...Durante casi dos lustros un periódico de Bogotá se ha involucrado en el proceso de Michelsen, desatando la más cruel campaña de denostaciones contra él, contra €l que haya pertenecido al grupo Grancolombiano, contra todo juez o funcionario queen una u otra forma han dictado providencias que ajustacas a derecho han fa vorecido a los procesados y el H.H. Tribunal Superior de Bogotá las ha revoca do...". 1.7 La ecuanimidad -al lado de los conocimientos, la firmeza de carácter yla experienciaes una cualidad indispensable del administrador de justi

cia; pues sólo libre de cualquier tipo de presiones o prevenciones puede dic tar o proferir las decisiones o fallos que le ha encomendado el Estado. Involu EE i T———][o ul crarse de cualquier manera en la cuestión a él sometida compronietería su inr parcialidad y, por ende, las determinaciones o sentencias mismas, las cualesno serian el reflejo de la realidad procesal. ll.- Variados son los factores que pueden llegar a perturbar el ánimo del ~~ juzgador. Ellos van desde el convenimiento apresurado de una verdadee ee eee eee que, por hallarse en trance de formación, puede cambiar o incluso desapare e e UU. — UNI AY cer en el “desarrollo de la investigación, hasta los provenientes de actos exter nos que, con tempranez indeseable, encasillan su providencia . ——][]]]]—e[[—[]]]]————— Ir 202=2020=22200———————2222 22 ————— NL DAL ¡—o———];——]—[]———— Sata mana — — - l1l.- La creciente influencia de los medios de comunicación pertenece a la última especie mencionada. Convertidos por razón de su evolución en -- protagonistas del acontecer social, en veces trascienden los lindes de la infor ——————————————[————————————————]———;——————————]——[———————— ——]»);AD—]í];——————;—;—;;——]——]——T—]————;——][—————[]];]—,————]]].—|];—— ]——— _—;—]—;)D—;—]];—]————;;—;—]—]]—"—

m Eación Ypur a y objet eiv a bp aa rr aa t to om ma ar r pp aa rr tt ii dd oo ee nn ll aa dd ii ss cc uus si ió ón n. . AA nn aá ll iis si is s €e ii nnv ve es st ti igación se enlazan una y otra vez para proferir un juicio que causa el natural impacto en la opinión pública. IV.- Condenas y absoluciones son dictadas a diario en periódicos, revistas, - noticieros de radio y televisión, programas de opinión, etc., etcétera. Só metido a este constante flujo de información precipitada, como apresurado esel movimiento mismo de la sociedad, el hombre común recoge estos pareceres, — E UTE COMUN TECOJE ESTOS pareceres, convirtiéndolos en propios, distorsionando el examen u observación personal. he 873 V.- En comunidades cerradas donde las posibilidades de acceso a la infor — ————————.—————c— ——]rÚ———] —— —] —————i;—“—] —]]—Ú ———£]]. O ;——]]Ñ;;——]—o— —É——————]—————;——C][;—;——]]]]—]—Ú—_—]]e ———oÑ;]———]——]—— " t mación son limitadas, el daño es mayúsculo. El ciudadano, sometico ape- . nas a un punto de vista, se convierte en objeto fácil de manipulación. Por el contrario, en los conglomerados abiertos, las oportunidades son múltiples para —- se - , , _ ee ]—;—————]]———]]]]

ello, aunque lao ligereza de los conceptos siga primando. No obstante, esta - - abundancia de datos, evaluaciones y veredictos hacen decrecer la influencia individual de los medios, por importantes que ellos sean, y salvo una coinci-- —————— IEEE TEL HUE CIOS Stan, y salvo Una concer cencia de la mayoría sobre determinado aspecto, su solitaria acusación provo- —m-]]—]———]———EEE— —PRRV R ca apenas el revuelo de la novedoso que, con el correr de los dias” cede elpaso a otras noticias, cuya actualidad oculta o borra las anteriores. - i J Vi.- A esta situación no escapan los periódicos de alcance nacional, otrora_—TTTTTTTTT——_—_— participantes omnimodos del poder, hoy dueños de una porción menor -- 8 mama LID LLaoaols—]—————ÚÚÁ|—, que deben compartir con sus homólogos de radio y televisión. Su monopolio -- informativo , por asf decirlo, ha perdido vigencia, del mismo modo que la ex_—_——[]] A—]—] ]]——— ]. cesiva preponderancia de sus opiniones, conservando apenas una cierta ascen — dencia sobre la comunidad. A ll.- Así, el que un diaric como "El Espectador", que en circulación e importancia ocupa uno de los primeros lugares en el país, haya dedicado en múltiples oportunidades sus páginas no sólo a enterar scbre los hechos queOA-iiiiiiGCtíes_mñÑíon e tio) ———————]—]——— rodearon la crisis del cienominado "Grupo Grancolombiano", sino también a su.

LLL == LL ——— —]]]—————»—[——————]—————];—;———]—Ñ————] análisis y lanzar comentarios muchas veces apasionados; no implica de suyoun serio peligro a la sobriedad y equilibrio de la administración de justicia. / ME Además, ha de tenerse en cuenta que luego del escándalo cue ocupó -- las primeras planas de los diarios, el pericdismo dejó de ocuparse deltema, salvo de las naturales novedades que el decurso de las investigaciones iba produciendo.) "El Espectador "ll fué la excepción así lo demuestra el me— morialista con las fotocopias que adjunta. La insularidad de su actitud es - - 2874 4 manifiesta. Más aún, la nula influencia de su postura en los estrados judicia— les es aceptada por el Dr.JIMENEZ MURCIA| cuando ningún comentario le mere ce el fallo de primera instancia; el cual parece apoyar y compartir, o por lomenos aceptar, pues su interés radica Únicamente en "...que sea un Tribunaldistintojal de Bogotá lel que conozca en segunda instancia de la Sentencia que acaba de proferir..." el Juzgado Dieciocho (18) Penal del Circuito. IX.- Esta parcelación de la supuesta preponderancia periodística, capaz deperturbar la serenidad de los falladores, resulta extraña. Si en verdad, la arguida presión para desviar la rectitud del criterio judicial fuere tan ma— C———o——]]t—— ————o ———;———;—;——;—]]][]—;—;]=T;];—]—];————]——Z——;—;—————];];;T———];—]—o;];;—;—o;—;iiZ];=E]][;TD;D—Z;[Z][]——l—;—]];—Z——]o—Z—Z—ZZZZZZ—————ZZ—ZZZZ—Z———————;—;;—;—];O—;——]—;—];;;;]—————]]—[——];][——];——————;];;];—;—;zZ;—T—]]L—][];——;[——];—;]—T—]—]"];ÉT—]];];];—Z—]]]—D———ZZZL—];;][;—];lVEe,—i— yúscula, es obvio que tanto en una como en otra instancia se hubiera dejado LLE xh-DZ Zoo —po———————]—]—]—]l—]]—]—]—;— .————[————————————————]—]— sentir. Incluso, de reconocerse la capacidad de obstrucción que le asiste a la publicación capitalina y teniendo en cuenta su trascendencia nacional, no ha— —R]———]——]————————————

—]—]———]——]]——;;—]];——————]————]]——— —— bria lugar en el territorio patrio, o por lo menos debería ser muy apartado, - ——] 0 ;—————Z————;—;——]]];———]—T—]—;———l]l[][;—];];——;——;Ú——É——;——;—;;T;—————];—;—;—;——;——;—;]] T—] E E; ——]]——[——] A ;——]]—];— ;—————————————————————————,——;—.] ;—————;o————|l;];;]l]][—]—— donde llevar a buen término el susonientado proceso. ~ ” X.- La intención última del petente se reduce al simple cambio de juzgador —]]——]—L—]]———— a ————————ÚL——]]]]o————————]í—]]—;———;];——————;—L———];;—;——]——;I;];;————;———;—]—]]E"]L]L LL ——][—————.] Ee a instancial, quizás porque en el pasado sus decisiones han contrariado las expectativas del procesado. Empero, el azar de un posible resultado favorable a sus intereses en otro distrito judicial, no es argumento atendible para un cambio de radicación. Hasta hoy, la ponderación y buen juicio en dicho -- proceso no muestran signos de perturbación por factores externos al Tribunal referido, considerando, en últimas, ésta SALA que aquella Corporación puede proferir el falic correspondiente, con absoluta independenci dad De consiguiente, la SALA DE CASACION PENAL de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ; Cambio de radicación No. 5531 = 5

31875 DENEGAR la solicitud que de cambio de radicación del proceso adelantado con tra JAIME MICHELSEN URIBE yi otros por abuso de confianza e infracción al Decreto 2920 de 1982, elevó su “apoderado. | Remitase esta actuación al Juzgado competente para que sea agregada al proce so respectivo. Notifíquese y cúmplase. Sly ¢ ST

JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

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RAFAEL |. CORTES GARNICA

SECRETARIO

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