CSJ - SP 568(03-04-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 568(03-04-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
,. LIBERTAD
. ' I ~ " I r j, '-.,, t ..._ __ .. ., ' f ' Auto.Casaci?n. 3 de abr..il d,e 1986.Concede la libertad provisional a ENEIDA PAULINA OJITO MARTINEZ, de conformidad con la Ley 30 de 1986.quien fuecondenada por el Tribunal Superior Militar, como autora de violación al Decreto 1188 de 1974.
Magistrado Ponente: Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS
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\ REPUE3LICA DE COLOMBIA /j) 1/ . /,' . / ,71l l/i.'I':' . / !//'l.1-', 1rr1, /Jf"f
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PtNAL
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Magistrado ponente:
Dr. EDCAR SAAVEORA ROJAS
Aprobado Acta No. 028 @fflffé, trc! (3) de abril do mil novecientos ochenta y safs (). 986). 'v
VISTOS~
C' " . la f~da ENEIDA PAULINA OJITO MARTINEZ Je-J sollclm la re~catorla sontencla dlctad&l por ol Tribunal Superior Militar por no ex~tJ) prueba suficiente para condenarla y se lo conce da el beneficio~ m;ee.t.a.d provisional pues sus antecbdentBS persona-· les. su odad~su' comportamiento la hacen acreedora del beneficio ln- ·vocildo. El Sel'ior Procurador Delegado poro las Fuerzas MI
iitares ha emitido concepto favorable a In petición do excarcelación, no por los motivos Invocados por la memorl.Jllsta, sino porque, ot entrar en vigencia f¡¡ Ley 30 de 1. 986, la peruJ que le pueda corrospond~r por su conducta, se halle asatlsfecha en su totDlldad por el tiempo en de toncl6n efectivo y la rebaja a que tleno ~rccho por trabajo on el ce!! tro de rcdusl6n.
CONSIDERACIDf>&tiS DE LA CORTE: ...J. ce
Rl!.PU9LICA. OC:: LCMi31A.
I ,Ú; - 2 ..1. 7.. , /· . •;/l( l/,'lt~· ,, /C/'{.Jl'/!(l"I" //t7 Los motivos expuestos por In procesada para fundamentar su petlc16n ,.,do libertad, no pueden ser analliados por la Corto con mottvo = ~ de esto, lntlctento de excarcelacl6n., pues ello equtvalo a que se resuelva ' . el fondo del asunto de manera anticipada. Solamente podrá la Sala hacer los pronunciamientos necesarios frent.<9 a la prueba que tuveron los Juz gadores de lnstanc:ia para proferir los fallos respectivos~ al momento de desatarse el recurso de casact6n Interpuesto por la Flscol del Tribunal Superior MJl1tar y con base en la demanda por ella prosentada. St,gCm aparece en ttste proceso~ Enefda Paulina OJlto Martrnoz fuo capturada el l3 de Junio de l. 984 )'%o le lnc.luto marihuana en canti ~ dad de scsenta y oc:ho ( 68} gramos según dictamen de ldedlc;lna Legal
""' result6 posltlvn pura esta ctaset.lstupefaclente. (~ La Ley 30 de l. 9,6 en su artículo 33. lnclso lo• ., tiene prevista mno sancl6n prlva~v) de la libertad para esta conducta conctr-eta la do Un() 61) ~ tr(-(3) anos do prisión. Y., siguiendo tos criterios do = los Juzgadores de J~ncia, debe acoptarse que ta potlclonarla ha salls "'."ho ~~d en su la pena que le pueda corresponder con arreglo a 1á nuova ley, en atención al tiempo en detención efectiva y al que le co n-esponde como rebaja por trabajo. Resulta proc.ectnto su oxcarceli.\Cl6n., como lo advierte el Mi nisterio PúbUco. no por los motivos oducldoti por la procesada,. sino por haber cumplido su pena de conformidad con la nuevasL.ey sobre estupe1 faclen~s. Previamente .. deberá prestar c.aw:16n prendarla por la suma :::1 do un mil pesos ( $ 1.000.00 ) y suscribir la correspondiente dlllgencla de bueno conducta de que trata ettartlculo 4180del C6dlgo do Procedi miento Ptnal. ..J ' REPUE3LICA DE CCLOME:.IIA ,1~J - 3 i ,,. . /· . I •'.7/(.t//llJ' :" / l//'I.PVt"l''N /11/ Como la procesada fue trasladada de la ciudad do Barranqul lla a Montorl'a, para el cumpllmlento de esta provldenda se comisionará al
( Juzgado' Pri.,nero Penal del Circuito de eits>aterra. 1: ·, En m6rlto de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA,. SAlA DI! CASACION PENAL, oldo el concepto dol Seftor Pt'ocurador Dele gado en lo Pentil y de acuerdo con él, ,
RESUELVE
.. J' ~ ' " kO. CONCEDER a la~rocesada EHEIOA PAULINA OJITO MA~ TINEZ ol beneficio de Ubo~'~"lslooal mediante caución por In suma do un mll pesos C $ 1.00'},.oo) )'qua deposltarA a favor del Juzgedo Prlm! ro P.ano.1 del Circuito de Montería y la suscrlpd6n de lt1 dlltgenela de bu~ na conducta de quaot.r.ata et artículo 460 del Código de Procodlmlonto P0-- nal. ~ .. 2Nus~hos se los antarlores requisitos llbrorá la corres pondiente orden de cxcan:elactón con la advertencia de que solo producirá sus ofectotl en et evento de qua ta procesadg no so h(]lle soltclt.&>da por o tr¿) ~utorldad en proceso diferente. 3o. eara el cumplfmlento de esb provldcncta se comisiona al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería a quien se le Ubrnrti la comuntcac:16n tolcgráflca respectiva. , Cópiese. notlfTqueso y cClmplase. REPUBLICA OE CCL~éto No. 560. Concede llbertad a
v1,A (}" . . ~NEll)A PAULINA OJtTO MARTINEZ ~'llrr.;.41~ /f/r/.Jl/trr'~/.'l'l/ (
EDGAR :SAAVEDRA ROJAS LUIS ENRIQUS ALOANA ROZO
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HERNANDO BAQUERO BORDA JORGE CARRE~O LUENGAS
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CUSTAVO GOMEZ Clill1ASQUEZ '{'"'"-LtSANDRO MARTINEZ Z, e 'v.tasquez Jos64t R. . ' 1 eycretarlo. ; 1 i :1