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CSJ - SP 5945(30-04-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 5945(30-04-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

Expediente No. 5.945 1 'J1e

JUSTDCIA

COIRDIE SU DIE

DIE •

Magistrado ponente:

Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Aprobado Acta No. 051 Santafé de Bogotá, D. C., treinta de abril mil novecientos noventa -de y dos.-

VISTOS: • El procesado LUIS FERNANDO PINILLO LOPEZ solicita su libertad inmediata por pena cumplida ya que el tiempo efectivo en reclusión y la rebaja de pena por estudio a que tiene derecho, safisfacen plenamente la pena de cuarenta y dos (42) meses que se le impuso como infrac

  • •• tor del Decreto 3664 de 1986.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

  • • El Juzgado Octavo de Orden Público de Medellfn condenó a Pinillo L6pez a la pena privativa de la libertad de diez (10) años de prisión como au-

,1 , 2. , , , ,

  • , tor responsable del delito de fabricaci6n y tráfico de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Militares o de Pollcfa , sancl6n que fuera confirmada por el Tribunal Superior de la misma jurisdicci6n mediante fallo de fecha de septiembre de

6 1990. , , , Esta Sala en providencia de fecha de noviembre de por apllca 13 1991, , cl6n del principio de favorabllldad y para los efectos de la solicitud de libertad que elevara el procesado, fij6 a Pinillo L6pez como pena priva-

, , , , I tiva de la libertad, en forma provisional y de acuerdo con los criterios , expuestos por los juzgadores de instancia en sus sentencias, la de cuarenta y dos meses de prisi6n ya que el Decreto de (42) 2266 1991, adop oC t6 como legislaci6n permanente el contenido de los artfcutos y 10. 20. - del Decreto de sustituyendo la sanci6n prevista en el artfcu3664 1986, lo del Decreto de aplicada en este caso concreto. 13 180 1988 El peticionario fue capturado el de enero de es decir, ha des11 1989, , contado efectivamente en prisi6n treinta y nueve meses y diecinue (39) - ve dlas , Por estudio acredita horas que le representan una (19) 1.380 rebaja de dos (2) meses y dieciseis dfas , para un acumulado de - (16) 1 , cuarenta y dos meses y cinco (5) dfas , superiores a la totalidad (42) de la pena que se le fij6 por la Sala en la providencia antes menciona- " da, raz6n por la cual, su excarcelaci6n resulta pertinente. Como quiera que el recurso extraordinario de casaci6n aún no ha sidodecidido por la Corte y que corresponde al Juez de Primera Instanciade conformidad con lo preceptuado en el ar tfculo del C6digo de Pro616 cedimiento Penal, dictar en definitiva la providencia que rebaje con arre

  • , glo a la ley nueva la pena que se le impuso en la sentencia, deberá sus

- , , , , , - -, 3 •

  • • cribir diligencia de compromiso de buena conducta y presentaciones • personales cada treinta (30) dfas ante la Dirección Seccional de Or+ den Público de Medellrn.

Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASA--

CION PENAL,

RESUELVE:

, • , &" ¡ • CONCEDER al procesado LUIS FERNANDO PINILLO LOPEZ el bene 10.

  • , ficio de libertad, por pena cumplida, previa suscripción de diligen

. - ' , i cia de buena conducta y presentaciones personales cada treinta (30) - • dfas ante la Dirección Seccional de Orden Público de Medellrn • •

20. Satisfecho el anterior requisito se le pondrá en libertad siempre que no se halle solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente.

30. Para el cumplimiento de esta providencia, IJbrese la correspondiente comunicación telegráfica al Señor Director de la Penitenciarra Na

- • .' I clonal de Cúcuta.- • t I Cópiese notifTquese y cúmpl • I , • • , •

RAN CARREt'lO LUENGAS

, I • i

GUILLE DUQUE RUIZ GOMEZ LASQUEZ

• I, , , • • , • - -.~ _-- 4. Proceso No. 5.945 Concede libertad a Luis Fernando PinUlo L6pez - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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DIDIMO EZ VELANDIA

, I , r NEDA , / - - Rafael Cortés Garnica , I , , , Secretario. - r I I , 1I ~ ~ I j l '1 - ¡ , ¡ 1 , I , , j , , , - , - - - I , , I , I I , - I , ,,

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