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CSJ - SP 617(20-05-1986)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 617(20-05-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

.- ... -----'_ . - Bad.(}617. Instancia. Dr. Pardo Baltera.- AlV8CO os

REPU!ElLUCA COLOMBIA I i

  • 49

S , alfIZ Dr. ,

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I , seis. y V 1 S 'lOS; i , Mediante de 10 4e febrero del en eurso, el Su periOY do1 Distrito J11d1c1a1 de Bogota no reponer su plove!do de del e respondercael llol!n) 37 de Inet"rucc16n Criminal de Bogot4, poT el delito de 1&ld (por o.t'Ss1ón de ylo se st1gs o. sobreeey6 por el de venta s.tv e ndeaea ">'S"A • el COI1Cedióel recurso En· .. de ' suhsi4 A.'Sa babIa el seüor , y en ñItl!d de t ello ha este proceso Corte. I , Al des coz ler , el aeñor Delegado Tercero en lo Penal pi de e BU la Sola desatar 1natal cia, de paso la sctua _ ' ql)O Use l ,. c1ón q"a Uov6 Rt.'i'orebla de Bogotá en tomo e la8 re1»Oa1e16r. el defensor del, I'1 su concepto, - n. lltd al"Ollta é~ que la que proferido el e del sindica en para el. llpII.8.!,1ento filA , do, ya estabo v1g01lci el . 19 dei Decreto 18S3 de 1985. ¡,,,,difi

ell a ... - - el' 40 del auto de ploce4er, y de aQ

  • • - do con esta CUAndose tntolpllsiéroü los recurGOs la pIov:tdencia estabaI • ejecutoriada. aueo proferido 01 de nov1embre • el Tri o Superior do Bogotá l'SlsIÓ e en juicio al doctor Alvaro Pardoblllls1

Bartera, poT el deUto de abuso de autor1dad y en el pzove{.lo 10 sobre,_ mSllH) •

FONDO ROTATORIO OEL e1INISTERIO DE JUSTICIA

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IREIPUIaLICA DE COLOMBIA

  • - seyó telll¡'oralmente por el de cohecho q11e se venta inves

  • - La anterior providencia se notificó personalmente al sindicado, el 13 se de noviembre subsiguiente (fls. 304); de ig,'a1 fOI(!!.S notificó al Fiscaldel Trib,ll.al. Mas después (fl.303 vto.). y adel1t8sse notificó por esu~ I do el 18 del miSliKI)lles (fl.303 rto.).

Al . de su notificación el enjuiciado mal.1festó nomblaba ca mo defensor al profesional q e lo babía asistido el • - t1 El Trib111'al, por i:nte1 ! dio del Magistrado , decidió, entonces. re 1 ala que se le diera posesión al y se le notificara providencia en_ juiciatoria aqu{ proferidan (fl.306). I En Clllllplimiento de 10 anterior, sion se posesionó

a1 ellO de diciembre y en la mioma f notificsdo - ~ . ~ to procesatolfo fechado el primero de del presente año (fl.308). a En escrito presentado por el ya posesiol'ado defensor el 13 diciembre, solicitó lción o en subsidio apelación de su provi de denc1a calendada el pr1111ero del presente año (fla.309 a 313). a

  • ,I Luego de recurso de • el l. en providenla c18 del 10 de febrer negatival!lente y concedió apelación subsi ... deducirse de todo lo anterior, el Trib. 111lal le dio - - apUcación a lo dispuesto por el artículo 182 del de Pe_ nal. nOt ésta que, , estaba derogada de expresa por el ll18.

-- - , . artíc11lo 23 del Decreto 1853 de 1985, vigeute desde el 13 de julio de 1985• n011!14derogada, artículo 182 del C. de P. P., fue sustituida por el La

  • 19 articui~odel Decreto que acaba de citarse, cuyo tenor es el sigl11ente: - OZionVICACION DEL A JUICIO AL PROCESADO. 81 auto de proceder seI.I·AMAMIENTO notificará al procesado, si estuviere detenido o si se presenta En re dentro de los dos días siguientes a la expedición del auto. caso contra \, rio, se notificará al que lo haya venido asistiendo o, si no lo tu~ ( viere. al apode1ado de oficio que le designe el Juez, y con él se

el procesan. FONDO ROTATORIO DEL 1.llNISTERIO DE JUSTICIA IREPU!ElLOCA DE COLOMIBIA - 3Dos modificnci0nes essnciales al régS"¡eD .de notificac.1ón del auto de - • se blcieron esta a) fl'e obol140 el que para eD liOrca~ • casos ele (¡"sencta del elljuic1ado reglobo el art{c;"lo 484 del Código dePer.nj. q1le tAI.!))fén filO eaptesBmAl'lte derogado; y. b) se can - '1 la doble not fic c16n personal el régt'!ten antedor (al t.182 i n dem). con lo sin afectar el de defe1U18, q"8 ¡'pr8 el. sin eOtr1o sfe t o Sér bab,.& de Sil se le celeridad al procedimiento. • si el sinAS,cado estUviere detenido o se presei.tarebamdentro de los dos eStas a la ~ediefón del • a él se le notific clQi'1 • Si as! se bace. al CI"e "sniere asta a tiéndolo o al que desiSJIBre eu est.a le notificará en la fOlpm a por ordin 1.a el inciso 180 del C6d1go de Pro_ r ced t.o Penal. esto es. se presentare la Secretaría im1en El tro de los dos s1g+.fentos de la pzov dencia, eate eS{as 1 , se le notifica" por

dentro los de dos dfne a la del'sllto. se le notificará °al apoctezado q"e lo haya o. sl 10 tUviere, al apodSl'ado de oflcjo que le designe el .Jaea, y con '1 el proceso",. sin ne_ I cosida4 del antes de 1D de esta 1 t'lobacer. • I , ,, • , , , 1 el no lo dIga de eBpre~, os necesario euten _ AUC\q 8 41 dor la not.if cac 6u al apo·1el-a no notiflcBrse o 1 1 cJo 1 • al sólo porque o esta clAse de notSf c c16n i A ast vtene la porque si no se inte "preteee - -.- su texto. el de clefm:wo se , al pos1b11 i taree - \ma ;",.se, ntencia~ . siD congo I"d.~i.toprevio ele ele los cargos. Bu este orden do ideas os necesario e,om. el Procurador

  • Tercero en lo Penal. los iDtelp11eetos por el apodera40 del Pardo Ballera este proceso, exte¡i¡poráneos, a 11 eD ce le babia not1.fScado la plovldeneia estado del 18 ele

I"J I vietnbre de 1985, en su carácter de que tenta desde la fecha de su Iv I poaesi6n (fl.268), siD fuera necesario hacerlelo •

FONDO ROTATORIO DEL IjlNISTERIO DE JUSTICIA

REIPUtalLGCA Dl!i: COLOMBIA

ésta ya le habia 0140 hecha al • No puede, pIes, la Corte entrar a resolver el recurso 1ntelpl'esto, - por estemporáneo, ni tS"'¡.OCO,~r no haber adquirido co"q'etel'cia, puedo pro ceder a dcc etar la 1dad de la providencia del la re i ll t11 posición. • En ",erito de 10 expuesto, LA CORrB SUPBBMl DE .JUSTICIA. SAlpA DB CASA~ oUo CION peNAl., el COltcepto del Procurador Tercero Delegado en lo Penal yn, de acuerdo en parte con ABSf18NB de conocer del recurso de apelae1ón-o S6 interp'lesto por el do1 doctor Alvaro Barrera contra la provi fecba, ano • deneia de origen y naturaleza y •

SIIGAR ROJAS LUIS BN8 QUE ROZO

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F"ONDO ROTATORIO DEL ~.lI~~ISTERIO DE JUSTICIA

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