CSJ - SP 6295(03-06-1992)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 6295(03-06-1992)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1992
INI°. (629.5·. Gall"'«1!:errnjjo OJlumD lP\éu - 0ttInD. • w - ? 1 "le i
CO!R.TIE SU II>IE ..DlUJSTDCDA
, Magistrado Ponente : II>!R.• 11> 11> IPAIEZ O . . Apcobado""'Actá N°. 067 , Santafé de Bogotá, D.C. ,Junio tres de mil novecientosnoventa y dos. i · ',. •
VDSTOS :
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- , Se decidirá lo que resultare procedente. respecto de este asunto, llegado a la Corte en virtud del recurso de casaci6n interpuesto por el encausado 1PíE1R1Ec1o, ntra la -
,• . .. sentencia emanada del Tribunal Superior del Distrito Judicial. de Valledu- . par el 8 de abril de 1991 respecto de investigaciones acumuladas, en la - ° cual, con modificaciones a la de primera Instancia, del Juzgado 1 Supe- . rlor de esa ciudad, se le condena como responsable de los delitos de ho- . micidlo agravado en la persona de Marlla Edllma Pérez Sánchez, y homici ','- , .. . dio tentado en José Jacinto Cantor, a la pena principal de 19 años de - •
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- , ¡"le prisión y a la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas
. . por igual término. En la misma providencia se le absuelve del delito de • hurto, .y así mismo, a Rafael Naín Rincón de los delitos de Homicidio a - • gravado en Marila Edilma Pérez Sánchez y Hurto, y se adoptan otras determinaciones pertinentes • • • • , .
COINIS ODIERACO DIE lA CORTIE :
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1. En la noche del 16 al 17 de mayo de 1989, fue muer
- . , ta mediante agresión con arma cortopunzante en sucasa de habitación del municipio de Río de Oro doña Marila Edilma Pérez . Sánchez, y su cadaver encontrado por su sobrina Amira Pérez, ron quien había estado conversando en las horas nocturnas de confidencias amoro- • sas y económicas, éstas últimas relacionadas con el recibo de una deter- \ ,
- , minada cantidad de dinero .
• • , . • Como autores del crimen se señaló al hijo mayor de la - . mencionada Amira Pérez, de nombre GARDENia EMEL :- . , • , , .' .. . " PEREZ y a Naín Rincón y se les vocó a juicio por el Juzgado 7 de Ins- , ·
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- • , trucción Criminal de Valledupar, y en la oportunidad legal, se les conde
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nó por el Juzgado 1 Superior de Valledupar en la sentencia que el Tri0
- • bunal Superior del Distrito modificó a través de la que es objeto de este·
, · • • '_'>r,j, . • , , •• '.> '.'¡ . . .' , .. • " , ' COlO " " AlEl, "1 . ., ., • • , , , recurso extraordinario, y en la que se destaca la absolución de Rincón - , por ambos delitos, y la de Pérez por el de Hurto (fols. 258 y ss , y 647 y ss. cdno.ppal.1). .
2. En la mañana del 5 de julio de 1989 el ciudadano José Jacinto Cantor Rojas. fue agredido,' al entrar alt sanitario de su casa de habitación, 's~ i u'a .d a:', en el municipio de -
, I • Río de Oro, repetidas veces con un garrote por un individuo que se ha - . • liaba allí escondido', y quien le ocasionó múltiples y graves heridas, y - , que resultó ser también, GARDENia EMEL PEREZ, que en esta ocasión -. ,' fue llamado a juicio mediante resolución acusatoria por el Juzgado, 80 de . , " Instrucción Criminal de Aguachica el 28 de noviembre de 1989, por el - , . delito de tentativa de homicidio. , , ,
- , / Los dos procesos fueron acumulados por auto del 22 de , '
marzo de 1990, del Juzgado 10 Superior de Valledupar, , y resueltos, con condena por ambos atentados contra la vida para PEREZ, - en los fallos que han sido mencionados (fls. 504 y ss, 326-328 cdno. • ppal.1 y 25 Y ss. cdno.ppal.2). • , '
3. Oída en declaración testifical la progenitora .de GAR
- . , DEN 10 EMEL PEREZ el 17 de mayo de 1989 dentrodel averiguatorio que por la muerte de doña Marila Edilma Pérez abrió - , el Juzgado Penal Municipal de Río de Oro, afirmó que éste estaba proxiI . .' '. . . '. ~, .,, ,! ,'-, , ,, ,",; , .. , , ," ," , . • , ,o. • 4 , f<- · , ., , " , , . . , , · , " . , " , " . '. . .', . . :.!' . , , , " , . . , " ; , " ' .
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, 'l- , , , ;' " , , .·' ,, .'" , , , " ' , . mo a cumplir sus 18 años (fols , y ss.cdno.ppal.l), y sometido que fue a , . , indagatoria ello de agosto de 1989 el procesado dijo : "tengo o voy ai , , • cumplir 18 años (fol.174 cd.id.) ; y en una llamada [!lldeclaración libre" "
11 , , que desde fecha muy reciente al homicidio -e125 de mayo de 1989le recl- , bió el Juzgado 7° de Instrucción Criminal de Valledupar , el mismo indivi - . o : , . , duo afirmó tener la edad a que se viene haciendo referencia, y el juzga - , , do, , en palmaria imprevisión en cuanto a incorporar el documento al expe-
- , diente, hizo constar que el. e.fec.to,-mo-s·tró"--urnegistro civil de na para, 11,•• , •• - cimiento de fecha abril 7 de 1972 expedido por la Notarfa ¡'Unica del Cfrcu
- , ) , ¡ lo de Río de Oro y añadió el número del libro de radicación (fol.67 cd •. 11 id. ) ,. , . , .' ., . . " También en la indagatoria rendida en el proceso por la- , . I I tentativa de homicidio de José Jacinto Cantor, manifestó I !' el acusado su minoridad, aunque señaló como fecha de cumplimiento desus 18 años una distinta de la re gistrada por el Juzgado 7° de Instruc- ! I i, , i I ! . , ción Criminal en el otro proceso : el 9 de agosto cumplo dieciocho (18) ,,', 11 ",' I , ; 1 . años (fol.347 cdno. ppal.l.). ! 11 , , . , . ,
4. Si bien el proceso no cuenta con una prueba docu -
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'_ -, , " , mental expedida por la competente oficina acerca de' , la edad real del procesado, sí obra atestación de suficiente fuerza demos , - , . trativa sobre la circunstancia de tener menos de 18 años para las fechas , " en que cometió los delitos -16 de mayo y 5 de julio de 1989-, como es la . ,, • constancia del Juzgado 7° de Instrucción Criminal según la' cual habría- , . ' verificado en el documento pertinente como fecha de su nacimiento el 7 - • , , , , , • _.. _.. .. . . , -. - ,. . .' . . , ': . ,- " ". - .' ,. ,-., .. - ; ~ " . , :',:.' • , - ._ ~. .~. .', , ,- , 'o, _,,~ . 5 , , " _,',-,,,' "'. •..' ~.' .. , "." .' . -,' .' , . de abril de esto es, que cuando cometió los delitos objeto de la sen 1972, - tencia recurrida apenas tenía algo más de años de edad sin llegar a17 los dieciocho. - Significa lo anterior, que aunque el acusado, para las- , , fechas de comisión de los delitos, era imputable, ha de ser sujeto del principio de favorabilidad de la Ley Penal consagrado en - , el articulo del C. P. frente al Decreto de viqente en lo que 50 2737 1989, .1
- • • corresponde al casodesde el. .1,0 de marzo de 1990 (art. 354) -la senten-
. , cia se profirió, como se recuerda, el de abril de pues el'ar tfcu 8 1991- , - lo de esa Codificación determinó como inimputables a los menores de 165 años y excluirlos del régimen punitivo ordinario, lo que implica que- ,18 , la continuación del trámite en este caso corresponde a los Jueces de Menores. I I ! i , I' I , I, Ante eventos como el que se ventila, esta Sala se pro1 . . nunció el de abril de como sigue : 27 1990 , Quedando ejecutoriada la sentencia por razón de la11preclusión del recurso de casación, el proceso debe- . ser remitido al juez de Menores por intermedio del Juez de Primera ins- • tancia, para que aquél Imponga la medida de rehabilitación que correspon da en sustitución de la pena que les había sido impuesta de acuer i do con lo dispuesto en el inciso final del articulo de la Ley de45 153 , . Aunque el articulo del Código de Procedimiento Penal dió es1887 • 616 . ,. . ' ta potestad al. Juez que conoció del proceso en primera o unlca Instancla , es necesario tener en cuenta que ello obedece a que es este mismo funcionario a quien le corresponde la ejecución de la sentencia. Pero co - '~=.~~=. .=.~~=-~========~~~--=~---~-----------~ - . ,_.. .. I ...!.'_~__ - - --- _~ o•••• o, __ ••• o•• __ •• '' •• _•• _ .' _ '__ "'__ _ _.,' _.
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I I • ( Casacioo 1NI0. 6295 ) 6 , • , : -le mo la ejecución de la medida de. rehabilitación es de competencia del Juez de Menores, debe ser a él, por tanto, a quien corresponde hacer la susde la pena impuesta : tltuclón11. En consecuencia, una vez -notlflcada esta providencia se procederá conforme a la situación fáctico procesal espe- • cificada ..
Por lo expuesto, la COIRTIE SUIPIRIEMA DIE JUSTDCDA, SALA DIE CASACDOIN IPIEINIAIL,
• •
IRIESUIEILVIE: • IRIE1MIDTASIEel expediente en que se produjo la sentencia recurrida en casación por GAIRDIEINIDO IPIEIRIEZ, al- - Juzgado Superior de Valledupar con el fin de que lo transfiera al
10 • Juez de Menores de la jurisdicción para lo de su cargo, e infórmese con . copia de esta decisión a la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Valledupar. Notifíquese cúmplase . y •
JO CARREr'aO LUENGAS
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.,.'. .l , I - ( Casación 7 lNIo. 6295 ) (Hoja de ) ! , ,1 '1 . • , 1 I ,, , " .. ~ . -, ..- ,-/ ,! . _"., -,/. .. /- , • /. _ o ,,'.' _,/. --". /:~" I " ~., ,,., ...;' ,~ .-'..', .. ...: , ,/
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TRICIA DUQUE SA CHEZ
PA Z VELANDIA
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NRIQUE VALENCIA M.
FRESN,)EDA JORGE JUAN MANUEL ORRES i i ----- • _-'- i ...----_.,- ---'- .-
,- ----_./' , • Rafael l. Cortés Garnica . Secretario - •
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