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CSJ - SP 6332(26-11-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 6332(26-11-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992
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- CESACION DE F:)ROCEDIMIENT(:J " d 6 ~-,-.,,. f L' ", .::l :1"1" '1 "~: "~: .•::.

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ROSELI~IO PALMA ERA~30

C;C 1 O 1\1 :: y -1-1-"O f:'j O r= ." , l-.-.... ~1I ro : DEL,I Coautores homicidio simple ,

MAGIS1'RADO PONENTE: DR. EIJGAR SAAVEDF~A F¡[)JAS~

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PUBLICADA EN L,A GACETA JUDICIAL_?(S/N): N

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Palma Eraso, Pedro Porfirio Palma Eraso, Adalberto Libardo Palma Chamorro Benhur Orley Palma Cabrera, como coautores del y 1 ( , ==============::-===, -=-====,==-=,=-=.-=-::-=:::::====~:;;;:::::;;:::::~::;;:;;;;;;:::;;~~======--_- ..--',------ -, L--------=-:...' -~._-- _----~----~.. - ..

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REPUBLICA DE COLOMBIA' • Casación 6332 .

DE JUSTICIA

I - .

SALA DE CASACION PENAL

• • ,

Magistrado Ponente:

DR. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Aprobado Acta No.140 -.

  • ••

...... • Santafé de Bogotá D.C., noviembre veintiséis de mil novecientos noventa dos. y

V I S T O S

, • , • l La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia • resuelve la solicitud presentada por el defensor de dos de los sentenciados para que se ordene la cesación del procedimiento adelantado contra ellos por haber prescrito la acción penal. e

A M T E E D

N T E S

  • ."' Finalizada la investigación por los hechos que culminaron con la'muerte de Luis Vicente Patifio Moreano, el 18 de septiembre d e 1986 el Juzgado Tercero Superior de Pasto calificó el sumario abriendo "pI iego de cargos" contra Rosal ino Eduardo Palma Er aso , Pedro Po r r o Palma Eraso, Adalberto Libardo

f i í Palma Chamorro Benhur Orley Palma Cabrera, como coautores del y 1 ( • :::::::=======-==.::.=. ==. =.::::~:;,-=:,:;-:.::.::. ===.::.:" ====="-:- _--_-:_--:'--------, L~---_:=...::;=··· ::::::::-=.==. ==- -~._=.::;:-==- ::.=.;;;;-;;;;;;;;;::;;::;:-::;:::;;- ="; I~~ ----~~-=-==~~==~================================================~~~~~~ - ,

'REPUBLICA DE COLOMBIA • Casación 6332 .

  • • delito de homicidio simple.

__ - . . • El comentado auto de llamamiento a juicio fue confirmado iritegralmente por el Tribunal Superior de Pasto mediante proveido del 15 de enero de 1987. Precluida la causa, el Juzgado de conocimiento, con fecha 24 de en e r-o de -19-91-,-_ profi rió 1a sentencia a su cargo, condenando a ._. . - • " " los, cuatro procesados a la.pena principal de siete afios de (7) . • ... I _pr~s~' on, como responsables del delito de homicidio I • preterintencional, modificando en ese sentido el delito imputado en la calificación. I En los términos anteriores, el ad quem confirmó la sentencia, mediante pronunciamiento efectuado el 16 ~e abril de 1991. Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de I casación, el expediente llegó a esta Corporación en el mes de • junio de 1991 surtido el trámite de aquél entró al despacho

y para fallo el 17 de septiembre de 1992. • 'El dia 17 del mes en cu rs o , el defenso.r de dos de los sentenciadbs presentó un memorial pidiendo se decrete la , prescripción de la acción penal, fenómeno que acaeció al haber . transcurrido más de cinco afios desde la ejecutoria del auto de p r ed e r ;'término en el cual se extingue la acción penal por el oc I delito de homí.c d o p re e rLn en ona l . i t t cd í I 2 I

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'REPUBLICA DE COLOMBIA

Casación 6332, ; ''l/e

- - e o N S I D E R A e ION E S

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  • - - Para ~l~osefectos de 1a e c que se resuel ve, es de tener en p t d í.ón

, • : I • • • cuenta que los procesados fueron sentenciados por el delito de ! • homicidio preterintencional, al cual se le sefiala una sanción I disminuída de una tercera parte a la mitad de aquella impuesta

~ para el homicidio simple o el agravado, según el caso. Con s de-r and q_l.!n-oe se atribuyó a los encausados agravante q _ í • alguno, el máximo de pena que podría habérsel es irrogado,

  • (10) -habría sido la de diez afias de prisión, que corresponde a las dos terceras partes de la asignada para el homicidio • simple.
  • • Ahora bien, en este proceso, la prescripción se interrumpió con la ejecutoria del auto de proceder, acaecida en el mes de enero de 1987, por lo que en ese evento la extinción de la acción , penal se cumple en la mitad del término indicado por el arto 80 del C.P., que sería de diez (10) afias, esto es, en el lapso de
  • • cinco (5) afias contados a partir del acto que la interrumpió . • En las anteriores condiciones, el término durante el cual el Estado podía ejercer su facultad punitiva se cumpli6 en el mes

-

  • - . de ~nero de 1992, la cual se extinguió por haber prescrito la respectiva acción penal. • Dadas tales incidencias procesales, ya no es posible para la administración de justicia tomar determinación distinta a la de declarar que la ~cci6n penal se ha extinguido y disponer la
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• • - -- 'REPUBLICA DE COLOMBI/\

~ • • . ~ de ,·Ie (lft/'em,o; Casación 6332 . • cesación del procedimiento que se adelantó contra los • Lc.ados , por 10 que se cancelan las cauciones prestadas por Tmpl -

  • • éstos, para obtener 1a 1ibertad provisional, cuya devol ución

,

  • • estará a cargo del juez de primera instancia . • En mérito de 10 expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala • pe casaqión Penal, a._ _ __ R E S U E L V EDeclarar que en este caso la acción penal ha prescrito.

Ordenar la cesación del procedimiento adelantado contra los procesados Rosa1ino Eduardo Palma Eraso, Pedro Porfirio Palma Eraso, Ada1berto Libardo Palma Chamorro y Benhur Or1ey Palma Cabrera. , Cancé1anse las cauciones prestadas por los inculpados para obtener la libertad provisional, las cuales serán reintegradas I I I por el juez de primera instancia. I , , , • Disponer que se comun1•que esta determinación a las ml• smas I • " I • autoridades a qUl• enes se dió noticia de las sentencias I

  • , proferidas por el Juzgado Tercero Superior de Pasto y el

, Tribunal Superior de ese Distrito Judicial. Cópiese, notifíquese y cúmplase. I, , •

I , , I

CARRERo LUENGAS

VETE RANGEL

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- - REPUBLICA DE COLOMBlt\

• • ( ,.,Ie Casación 6332. , ,. , , I , , J , , I I ! - • • - \

VELASQUEZ

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JUAN •

RAFAEL l. CORTES GARNlCA .. i secretario ceu. , " • , " 5 f , , , - .. - • ---_.~~ -_. r: •.. ~ -_. _0 _ -

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