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CSJ - SP 6409(06-05-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 6409(06-05-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

Ca sac No. 6409 ón á e/Jorge A. Gomez o. y Estafa.

JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA.

Aprobado Acta No. 053 • Mayo seis de mil noveSantafé de Bogotá,D.C . cientos noventa y dos , , V 1 S T O S : Examina la Sala si las demandas de casación presentadas por .los defensores de los acusados JORGE ARTURO y • LIBARDO EUDORO GOHEZ GUERRERO cumplen con los' equ í.s os de forma r t í que par~ su aceptación exige la ley prbcesal penal . La sentencia que se impugna fué proferida dentro de las causas acumuladas seguidas en contra de los acusa dos GOMEZ GUERRERO y GOHEZ PORTILLA por el delito de estafa Ordoñez quie Diego obedeciendo la pr1• mera a la denuncia de • • • • • • 2 • • , •

  • ,

¡ • i , vendió,a .~ORGE ARTURO GOHEZ 900 pieles de ganado vacuno por una - _- • , ! , •

  • • valor de $4.320.000,00, de los cu~les solamente percibió la suma ! . , - • f
  • • • de $500.000, pues el. saldo apenas se aparentó cancelar mediante

, • i . . , - . , , • , • cheques ',que el respectivo banco no .h zo efectivos, modalidad que • í se r ep t Ló en el segundo' proceso donde Eduardo Fajardo enaj-ena al

-' í '.' -' " .. " mismo comprador un total de 60 bultos de frijol sin percibir como .. . .' contraprestació~ la suma de $880.000,00, que por tercera ocasión y .'.- ~'" , ._ ocurre dentro de la última actuación, porque tras adquirir quince • cabeza de ganado vacuno, tampoco los acusados hicieron efectiva • í , ) • al vendedor· la-,spma de $890 ..000,00.

  • .

. ~ , , , ,, -. ,

  • , , • -. , ,

" • • , .

-. . • e.. e l•. Q S R S R I.T Q S D B ... ,1 11. P .11 G R A T Q N :

. .... . • , , ,. -. . - . . , • • , , , •

  • . ~ l.-El libelo presentado a nombre del proce-

, I sado JORGE ARTURO GOMEZ GUERRERO invoca como causal de casaC1•0• n la segunda del articulo 15 del Decreto 1861 de 1989, sosteniendo . -- . '- ~ • •

  • • en cargo único que entre las imputaciones de las resoluciones de

• /' • acusación la sentencia no existió consonancia, "puesto que. pese y a que los.tres procesos fueron acumulados, en ninguno se habló • dél concurso de delitos o hechos punibles que consagra el articu- • c. lo 26 de 1 P ." ,. , • ,

...

. ,,- • • En el capítulo destinado a .La "fundamenta- •

  • • c de la censura se sostiene que el acusado resultó sorpreni ón ' • dido con la tasación,que de .·lasanción se hizo en el fallo de
  • • condena al omitir el juzgador. la aplicación del articulo ,32 del

,

• • • • • • •• • • I • -

• •

  • 3 i

I I

  • • f
  • ,

I , , I a• i - " JI , ,. v· I I • , , • i - ,•

  • , Decreto 1861 de 1989, inobserv~nciia qu~ debió suscitar por el •
  • I
  • !
  • ,I , fallador la• "nulidad por, v o Lao Lón de las formas propias del
  • • í

, I •

  • • , juicio", lo cual' "no impl.ica'~en' modo' alguno la aceptación de

, • responsabilidad del acusado, pues como se sostuvo en la causa" i , o • las negociaciones que él realizó y que se han calificado como i o o , : estafas, 6nica y exclusivamepte Qriginaban acción civil", aspecto 1 . . I éste 6ltimo sobre el cual se hace brevisimo esbozo. o .- o , • . • • , • , , • Para rematar se afirma que al tomar la

, sentencia acusada como fundamento los articulos 356 y 372 del , Código Penal y el 26 ibidem, se ha' violado" entre otros" el , • "Derecho a la Defensa", so 1ici tando como conc lusión, que al casar • la Corte el fallo recurrido declare "la nulidad por violación de ls normas propias del juicio, o en su defecto, modificándola en sentido de desechar la .agravan t e que se ha cargado en cuenta" al .. '. , - acusado, con fundamento en el ya aludido articulo 26. I ,

  • , \ 2.- En la segunda demanda, promovida a nombre del acusado LIBARDO EUDORO GOKEZ GUERRERO, anuncia el actor en su

, • • encabezamiento que. formulará los cargos "por considerar la sen- . , o , / • tencia recurrida violatoria de la ley sustancial por aplicación • o , o indebida e interpretación errónea conforme a la causal 1 del Art. .. , , . o , o , - • 226 del C.de P.P.", pero al ocuparse de este aspecto, todo el .. o o esfuerzo sé limita a la afirmación de ser los cheques emitidos , • • postdatados y como consecuenCla • aJenos a la protección penal •

  • , • seg6n lo reconocen -dicela doctrina y la jurisprudencia. , , •

  • • Tras esa afirmación sostiene que

, • , "La claridad de las conductas y de los preceptos aludidos no le dan cabida a la ESTAFA, porque para su consumación

  • ,

, , , ---------------------------------------------------------~, ,

  • ,

I ,I 4 'i· II : I , : .: • , , : , ,

, , . , , ,- /1 , • • , , , • requiere en' el autor especiales condiciones personales de i I j versatilidad, simpatía, plasticidad, poder de convicción, ". 1: imaginación para idear artif'icios''capaces de atraer a lavíctima, seguridad y confianza en el manejo de la concreta , , situación creada par~ cons~mar el' en~affo obtener por tal y vía, el provecho económico hacia el cual se orienta toda la r I , actuación" . . . ; • I I . , ~ ~~ .'. I • . ,I -. ~. Con cita de juris~rudencia de la Corte, el escrito remata; en la ' I : I : I ' . • . - , • , , , afirmación de ser los fallos ilegales, .infundados y violatorios I I .

  • .. . . - I de los articulos "356,357,68,372 del C.P.; Arts.:34 y 623 del ,

I I ' • -

  • • C.P.P., por no haber concedido subsidiariam~rite el subrogado

I , , ,I . : :' ¡ . , .. \ penal de la Condena de Ejecución condicional", proponiendo que · 'i I , ', , , , IJ I . ,

, \ i "se Case la sentencia recurrida" y "Subsidiariamente, se reforme , ; , ¡ , , . I, - ", -, -~ .. , concediéndole" al acusado "e I -benefí o o de la Condena de EjecuII: I í , I

: II , ón _" • c i CONDICIONAL". ,

• , I , • . • , , • I , , • , I , , , ,I t: , • • • , , f ,.i , · i ; , • , ,¡ ; I I ,, ' , ¡'. ~. J ' ,- , . -., I ¡ • ) > ;I I ,-I , ·

  • ·

;, , • , , . , , , ' • • \ , , Las' dos demandas cuya calificación compete a: , , , , , . " - , , - ,) . . . - . I I la Sala guardan en común su ab'so Iu t o alejaamiento de las exigen~ • I

  • I

I . ¡ --- j . , cias formales que a lo~ e~critos de éste orden obliga el articulo •

  • • , - - , -. 224 del Código de Procedimiento Penal,' convirtiéndose a lo sumo

I , en simples escritos de "instancia, inidóneos para abrir camino al debat~ que corr~~pohde en sede de ca~acrón: , , , , ,

• , , .

~. .. • . " ,- -~' o" ' "-....._ ..... 'Cuanto hace con' 'el primer escrito demani . .. I , , ' • datorió, su for~ul~nte pec~ al cionfuridirdentro de ünico cargo y , , I sin una orientación que precise de modo claro y concreto la censura, todas las causales de" ¿as~ción. I , •, • • • , _ J. • I ¡ • , , • , I , I' , , , • ~I -- ,, , " •, , , , • " 5 " , , , , - _ • , , , " _ esa ! , , , , , • Es asi como pese a proponer inci~ientemente , I

  • " la inconsonancia entre los cargos"de la acusación y la sentencia,

) • ,- , propósito que deberia llevar a propugnar por un fallo de reempla- , , , zo (articulo 228 del CóOigo de Procedimiento Penal), ni/ en su , , , , , • , • fundamentación ni en el petitum se llega a demostra siquiéra el r .---./, . ,, interés para impugnar a sabiendas de las bondades que en el I , ámbito de la sanción representa la aplicación del articulo 26 del

  • ,, , Código Penal frente a la perspectiva de una acumulación aritméti-

, I • , I r ca de penas, trasladando los razonamientos sin orden ni secuencia

1 I alguna hacia la violación directa por atipicidad de la conducta 1, I ,

  • , , reprochada, y al mismo tiempo al ámbito de la nulidad por falta

; 1 , , , , de defensa. " , , •

  • ,

, ,, , , , ' , I . Haciéndose ya 1mpropl"a esa formulación , ,, , I ,, • ; conjunta de las tres causales de casación bajo un m1smo cargo y , • t: , " ,, , " i frente a idéntico motivo, por la desatención flagrante del , , , articulo 224 del Código de Procedimiento Penal que solo acepta la ! I presentación de varias causales a' condición de que ellas se i : , , I , expresen "en capitulos separados" "sin que puedan plantearse y 1 , i , ,

  • • r cargos incompatibles entre si". ni siquiera llega el censor a

, , , , I ,, , concretar una fundamentación completa rspecto de alguna de las _'• • , , alternativas planteadas, impidiendo de entrada un pronunciamiento , ) , que responda a sus censuras, pues no puede la Corte dentro del ¡ , , principio de limitación que rige el recurso extraordinario entrar • a completar ni a corregir el libelo. cuando su formulante ha sido ,

  • • incapaz d~,definir y desarrollar una sola siquiera de las confusas y antagónicas incógnitas que se plantea.

" • Para mayor perplejidad, n1 siquiera él petitum guarda correspondencia alguna con la alegación, pues ,

  • • ================::::;=====-=~~~~~=__.~--~-~-

• ,'0_ - --====================================================~I'" , ,• •. " • 1 ~ I ,: ,

  • '

· 1 ,• ,., • • p , , I . , .·, , •

6 : " , l' ~ ; • '1 • ,, , 1 , , i - '.. '1 • • • • • , • ., 1 , .. I •, 1 . ,

  • " • del: júicio" ('presupone .qu e".se"~hub'ie-se 'o r.Lerrt.ado. 'la a Legac ión . '. o
  • ~I o I
  • I o • aob r.er. e s'e ,a:-sp'ecto 'mediante l_'::lá'~p:roesentaci-órr:-d:e.- unlrc ar-go claro' y o

• I ', • :,. " . . - ., o "' -. ' -. .' r ec íeo,' Ighó-ráhdólo La: Cor~te~,' qu'eda ,:. ,por ello~'en. abso.Iut a \ .'. p 1mp.'OS1- , o • \ " • o

  • • , l' bilidaa~,de-;'cónte'staI'-lo;_l o ahtei'la- 'P'¿l!-sp~ectiva : "ún'i-ca,rde' résolver •

y • ,j • • l' ~ , I .', ; , I

JI ( , o • 1I '

1, ~ 1 , Procedinfien:to 'P'e'nal,o 'poues' ni para e s a . aspiración rii: para 'la l' i , '1 ) · ••, •• • • , •,. • · I .. ji ' ' I • , • , o • ., ',1, , ,, I • ,. , • 1, o ~ , Otro ..,.,-tanto', sucede .'~conl·tla:· .demanda .qu.e en o , l' •., , . :: ' i , , t iemp-ó; ópór'turfó':'" , , •,•. • ,

'1 1 , o l' , "., - , " l' , I ,I , ,. \ , " o en. : de'r diSposiciones eo'ho ,. t.ampoc'o , r , I 1 , , ," , • la " 'á'pl'fcá'cí'6n .-1i'ndebid8:,op'ar'te' ",de' Un - supuesto' -dis.tinto aun y 1 • , . , opuesto :' el desacierto en la escogencia de la disposición que • 1 , sirvió de fundamento a la sentencia. ., o' , - . Si-n," elIÍb'ar'go: como era de esperarse, no y • .. • resuelve el demandante la anterior contradicción mediante el

desarrollo claro y preciso de la causal primera de casación que , según sus propios términos enuncia, pues siQ indicar siquiera si __ -, -- -_ ... -,.,. . , .. 11 • - - - ,1 I t , I " • i , ¡ , - • • 7 - • , ,, ,

  • ••

, - , , , • , • - i_.~ . - - , , , se trata de violación directa o indirecta de la ley sustancial, I -

  • • no-llega a enunciar, ni mucho menos a demostrar la ocurrencia en
  • - el primero de lós casos de un falso juicio sobre la existencia,

, , , • , , la selección o el sef.l,t.~<;i,a~!.~~a[Io}.,g~l«;l;!~a,.~no~~~~y:~~,E},ln:a·_h~~~te;T: ,

  • / sis .p,a~ejla'!lef.~lr;Jt'~:lns~~~e ...La ~v~~laq_!ón :.:~I!<!!r_E;.C~?~tmap.C?cg'~~ae1;i~ª

- - ~. - .- ,- -

  • .~q~, su ',ate,n,<:¡idó~l.}-J\l.I).JIll,e)d~~I~_~,9ID;pl~t~-~0,J:~-Z_s~~o,hr~i.ore.la!lt-~,;at~q,!,~"
  • , la prueba ~invocando .~o_ra ocurrencia de er.,ror.es. de .-.hecho. ,o·.de.

La, 1 - . ~ ., ,. • il" ' , ' ,., ~.. '" . , '_, ' ..i _ _.,. . ...... • . '__,,.;.~. '--- _' ~. , . . _') .....:..'-.i .. _. ',. w ..... "- , __ _ __ .._ J ~ .~ o' _ ... _ J -' _ _ ..... ..# . •, re o ho ; "o,-.p,,recisando ,en alguna de éstas al ternati vas el falso de

  • • w"¡;_,·- _' ............ '"_ . '" ~ __ ~.,,~. , o:,) ,, juicio que a ellos hubiera conducido.

, , .' • - ,-, 1 1 1 , \ j J iP~r;a:.,r.e_m,a!(-'~.ayrc:.,~~J<.?o_c;urriera en el caso de - .. • , .. . " • __' - __ • • , , la anterior demanda, ni siquiera el petitum concuerda con la ,1 , ,

  • ,

, • argumentación que se tenia anunciada, pues demandar de la Corte 1 . - I

  • , - • la condena de ejecución condicional

,• (,,

  • .,

, · " se razone·-y,·se·-d.emue s t.ree.I, .;;yerroen ,

  • • _ v v ,- .J _.l~... ;/ tL_J '_,:_ _ ~ ~~ _ .• 'J .. <. 1. .' ~_¡_ \ '4

, ~ 1 , - que ha incurrido el fallador al denegarla, obligación qJe no • , \ , • ¡ • ,.._ f' ! • ¡ suple en absoluto él cens'or con su si~enci~, pu~s en la ca~ación , , • , , ! ' " ': I . , _ " ,1 ( ~. _ .~ i'''' - '. : Y, a di~ferencia de los recursos que le otorgan plena competencia,

  • - , . ~ ;1' " " '.-> ¡ I " - 1 "-' 1"\ -", .. - ,,. ~;( ',' ". '\'-I •• ,,~ ,.,.I'.r-- " '\:,' ",_ ~ , _ ..... , , , • , • í , deb,ge' :restr• .,.....i... ng,. ir-la ·Corte su' exámen a las causales de casación ,.' .:_f -...;". _..

J .. /' \ que han ..s.i.d.o expresamente alegadas por las partes" (articulo 227 " , , " Código de Procedimiento Penal), alegaciones que obviamente , , ,

  • -=- . • En ,mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de

\~ ...J , • •• ~!¡ • • I,. r -,..".~....~... Justicia" ,en -S8.·a1--de 'Casac·ión Penal, J ~, " ~> ., ,.' . , .i"" , , ~ ~ ,,"' _IiJ'_" --, ,_o "-"w' '.' ,.-". .... 10._ .'-" _--'''' ""',," ........ ~~., /~ _1 ........

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, , e ',.~' ._".".\,..\.. r» J1'L , , ,- --1'\ (...I....~ 1" ,,\:\ .. -, . ..,. - ... -¡ - , _ ; :. ,', \:.. ;. ,', \. _' ',' -' ~ ,,\. , - ~REC" ....H? A""Z~ A..... -R-. .. _.$ I~ -N LIH- ,-I\N..., E"" las demandas.de ca~ación , , , -----~ - ._~ • .. ! --_-_. -~ -: • I

  • - = presentadas 'por los defensores de los acusados JOSE ARTURO' GOHEZ

• , : : , del presente GOHEZ GUERRERO dentro ,

GUERRERO LIBARDO EUDORO I y

- ..... , ',.;"," ,- , , , .' , , , asunto. declarando como consecuencia la deserción del recurso • ~- , , 0'- , ., " .J " extraordinario interpuesto.

  • .... , ,I :• \ - ~- ., • , , " i . ..,

" !,; ' , ) , .' \ devuélvase el exnotifiquese. Cópiese. , ¡ l pediente al Tribunal de origen cúmplase. ¡ , y . • , , , . , I, , , - · . - ,," ., ." ..... ,-,• -- : ... . "f'\.~ - , , " , , , , _'"\ ,"" L ". .. - ~. , J.. . " ,I"J .. , • , t .. __ ,~.. ~ ~ ~ -,

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JORGE CARRE~O LUENGAS. ¡

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EDGAR 'SAAVEDRA.ROJAS.

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  • ---

-, • •

ALENC1A M.

JORG SNEDA.

JUAN HAN EL TORRES

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