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CSJ - SP 641(13-08-1986)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 641(13-08-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

¡. • • ! . ' ' ' " ' 1 1

. REPUBLICA DE COLOMBIA l.

1 1 \ ' 1 ~ tt/'tdr~éc,i,/la/ , ' ' : 1 ' • ' ' 1, • •

LIBERTAD

• 1 ' 1 i 1 • 1 ' 1 ' 1 1 ' ' 1 1 1 1 ' ' " 1 1 1 ' 1 ) ' • ' ' . ' ' ' ! Auto Casacion.- 13 de agosto de 1986. Niega el beneficio de libertad provisional~ ' 1 . o ~or el Tribunal Superior de Medellln como • a Antonio Jos¡ Puet~a Florez, con '' '' • . ' ' autor de los delitos de Concierto a Delinquir y EStafa. 1 I i ' ' ' ' ' ' •' ' ' '

-~- LLERMO DUQUE RUIZ ¡

Magistrado Ponente-: . • i

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' FONDO ROTATORIO DEL l,IINISl ERIO Cl J!.!STIC1;, ==:;::::,,- ._ -- -

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, . ex REPI ' .

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CION PENAL

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Magistrado ponente:

Dr. GUILLERA.10 DUQUE RUIZ

1 Aprobado No. 079 Acta • t á , trece (13) agosto de mil novecientos echende 1 1

1 . ' ta y seis (l. 986). 1 1 ! ' . '' • 1 1 ' 1 1 1 1 1 . 1

V I S T O

1 ! • • • 1 ' 1 1 • ) 1 ' 1 ' • 1 " • --- - El do ANTONIO JOSE PUERTA FLOREZ solicita - » ' • • · el beneficio de libertad ""p"".,,"tovlslonal con fundamento en lo preceptuado por ' 1 • ' ' el artículo 72 del igo Penal la 32 de l.9fl al conslc:rerar que el y Ley ' ' • ' '' ' tiempo en reclusión y el que le correesponde redención de pena son ' ' c0i110 ' ' ' ' ' ' suficientes para obtener su excarcelación. : 1 ' 1 • ' ' ' ' ' ' &l Seflor Procurador Segundo Delegado en lo Penal ha . ' ' ' 1 <?mltldo concepto favorable para la libertad provisional del procesado por ' ' ' ' ¡ 1 . 1 cuanto reune a caballdad todos los requisitos prevl~·l)s en la pri nor11ta ' ' meramente Invocada, esto e s , acredita haber descontado las dos terceras partes de la sanción impuesta y su personalidad es indicativa de ser acree 1 • ' 1 ' • • • • • 1

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REPUIEiL!.Ct _DE COI OMBUA

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CONSIDERACIONES OE LA CORTE:

  • • i

' ' ' ' 1 = ANTONIO JOSE PUERTA FLOREZ fue condenado por el 1, Juzgado Déci1no Superior y Tribunal Superlor de ailedellín a la pena priva ! 1 ' - ' 1 1 . tiva de la libertad ds cinco (5) aftos de prisión como coautor responsable 1 1 ' 1 1 ¡¿ E d E 1 1 : 1: ' de los delitos de Conc;ler' to para delinquir y estafa, según sentencias de = 1 • 28 de marzo y 21 de agosto de lo985. respectivamente. ' 1 1 • 1 1 do se halla detenido desde et 2Q de diciembre de I ' ' ' ' 1 i i 1.983, es decir. ha descontado efectlvatne e e la sanción impuesta treinta '

  • ' i un (31). meses diecinueve (19) dfas. r trabajo acredita haber labora-
  • • do 6.440 horaasen locativas que le n echo a una rebaja de ocho (8) - I y n1e~es vclntlocho (28) días par n total acumulado de cuarenta (40 meses ' 2 i y ros ~ieclsete (1,7) ,días. superlo a dos ten:e,·as partes de la pena que

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  • - . e que el p,·oc.esado m.1,1lflesta no tene,·, anteceden 11 tes penales o de de no existir en el pt'oceso Informe alguno de tas '

' 1 - ' ! • autoridades respcc i as pues el original del expediente desapavecl6 con oiotlvo de los hechos ocurridos en el Palacionde Justicia durante los días 6 y 7 1 = de noviembre últlnto. estlrz,a la Sala que el peticionarlo debe continuar en = • prlsl6n dada su personalidad y las modalidades del hecho delictivo por el ' - stt ,t:1t14JC!lti&•t•1ata ,,lt:'ctr,~:~s de pasos en perjuicio de ciudadanos Incautos 09fél'á$JO~' 1 • . ' 1 que por la habllldad de tos sentenciados fueron inducidos en error. previa = etaboracl6n planes concretos dlstribuci6n de labores en la actividad de y delictiva y estudio fr.equívo::o do ~rS{;naJidad de quienes fue, on deftauk; dados gravemente en sus bienes. 1 • 1 1 • 1 •

  • .. - . . . . . - - ·- -..... ---·- . -· ·~ - . - - - - - ' • - - • ·. - ~ - - ' .... - - ' - ~ \,, ~

--

• • ' 1 ' 1 • 1

' ' 1 Quiere decir to anterior que el pettctonario no es acreed~

  • • al beneficio Invocado pues su personalidad es lndlcativa del necesario t r a -

' 1 tamiento penitenciario por más tiempo. l ¡ 1 ' ,' " ' En mérito de to expuesto, la CORTE SUPREAi\A DE JUSTI- ' • DE cotacepto CIA, SAU\ CASACION PENAL, oldo el del Sef\or Procurador o ANTONIO JOSE PUERTA Segundo Delegado en lo Penal NIEGA al p FLOREZ el béneflclo llb:·::t:red provlslonal invocado. de Cópiese, notlffquese e y • •

LUIS tY1fflRRlUE ALOANA ROZO

EDGAR SMVEORA ROJAS

• 1

  • -

l ERMO DAVILA MUAOZ

GUll

JORGE CARREAO LUE~G~S

GUILLERMO DUQUE RUIZ GUSTAVO GOMEZ VEl ASQUEZ

Luis Outllet mo Salazar Otero

LISANORO MARTINEZ Z.

Secretarlo • ' • • • ' 1 • ' • 1 1 1 ' ! ' ' 1

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