CSJ - SP 642(23-06-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 642(23-06-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
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=~.=====.~-= . ......... . . ~~dtentéNo. 64t , -..' I L • .
CORTE SUPRE~AADe JUSTICIA
SALA DE CASACfON PENAL
MagIstrado ponente: Dr. JOROE CARRe~O LUENCAS A b d A N Ií&l ..~ . pro a o cta o. ~'_,I·" Bogotá, velntltres (23) de Junio de mil novecientos echenta y seis (1.986).
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VISTOS:
" • Procedo la Safa a reseíver el recurso de repestetén Inter- . ~ por erovtpuesto el pl'ocGsadq HU.MBERTOVELAS(}UEZ VALENCIA contra fa ,. ',+- •. dencla de 8 do abril corriente afio, por medio la cual se le impuso c~ ,def' de I • mo requisito para 'd,Jsfrutar 01 beneficio de libertad provisional, cauclén por la suma de diez m11pesos ( $ '0.000.00 ) y la Guscctpelón de la diligencia de
- • buena conducta de que trata el artrcuJo 460 de1 Código de Procedimiento Pe'" nal, • recurso se Al le di6 el trámite previsto en los artfculos y 349 108 del C6digo de ProcedlmlentopCivll •
I •
CONflJOERACIONES DE LA CORTE:
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• • - , , , , , •, , , I, a En providencia de de abril dol corriente año, la Sala otO! 1, , 96 al procesado de libertad provisional mediante cau-- I I ción prendarla por la suma de diez mil pesos ( $ 10.000.00 ) se co,olsion6 :: y al Juzgado Panal tJtunlclpal .. reparto - par5ala notlfk:aci6n personal de Valás I quaz quíen se halla reclurdo en Acacfas ( Meta ). Valencia en memorial suscrito pe" el procesado que obra a folto 13 :;; , •, del cuaderno ti 2, solicita reposición de 1(3caución prendarla por carecer de ::: medlos econémlcoe para constltutrta y, en su lugar, se la otorgua el beneficio , I, de libertad provisIonal con cauclén juratoria, para la cual, ,~ la ci6n de dos testimonios de funcionarios de~ centro carcetarto, I , I I - • , I , . ' I' i • • I .; Helmo Rufz Rlver", QQardr~n de la Colonia Agropscu! , I , . , , , . .~"~l_' . rla e Indust,rfal Oriento y UII&>Barrera de Moreno, Instructora auxiliar del de ,
- • mismo centro de reclusión, dar) fe de la excelente conducta 001 pi oce.sado du"'-
I ~pefma:p~ido rante el que ha ~rlvado de su Ilbartad y su trabajo permenente, Asr mismo, dicen desconocer la capacidad econ6mlca del procesado pUGS , . .\ • I no recibe visitas famillare.$-, giros o. apoyo de los ml~!t,j)sy, por no ser retrt burdo el trabajo d~. lós ,penados, no podrra cancela, alguna por razón de 5\11119 ,j caucl6n para Obtener el beneñclo de tad que concedldo por la Cor ... Ilber te fue abri'l último. te desde el mes de Es evidente que la conc.1.'lI'7Jdtae Vctásquez Valencia ha sido ejemplar durante el tlempo en . usl6n asr se halla acreditada dentro del :;: y I ;; ~. procese, raz6n suficiente para que la SaJa le hubiese concedido su excarcela clón. Los testlmenles de los declarantes, por ser personas cuyo cargo pe' ml o te un conocimiento directo permanente de los reclusos, meeecen plena y C,FO" dibllldad en cuanto refiere a la situacIón precaria del procesado para con~ 00 , tlturr caución prendaria. arttcute De conformtdad con lo preceptuado por el 46 ,de la pettctonaley 2a. de 1.984. es procedente la caución juratoria por carecer el • I • - . ,I I .~ . ,
- - ~ rlo de 'iledios , teos para prestarela pr'cndaria que se le en el aurecurrido. En este aspecto, modlficará la Sala su proverdo de 8 de abril (JI
totimo y sercomisionará al Juzgado 5Qgundo Promlseuo M\4nlcipal de para Acacras I
- " i librar la boleta de excarcalaclén previa fa suscrtpclén de la diligencia da compro ¡ - miso buena conducta de que trata el artrculo 460 del Código de ProcedimIento y
I :, " , ,, I , , , En mérito lo expuesto, la CORTE SUPRE~1ADE JUSTICIA, de , I PENAL. ,
SALA DE CASACION
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RESUELVE:
, , " , , ' , : '. , • !tO. su REPONER de 8 de abril del corriente año en cuanto impuso caución prendQr,la por la suma de diez mil pesos ( $ 10.000.00) al procesado HUMBERTO VE4ÁS'~UEZ VALENCfA para disfrutar d'!t' beneficio de ... ,I_. 11 • libertad provisional, para en su lugar, imponer ~a~16n , de conformidad j ",' , , 2 , , con lo previsto en el an{rCU,lo Q6 de la Ley la. de 1.984. , ~. .11 • , " , .~.~ Suscrita por el procesado la dJIlgencta de buena ccnducta ~!•)'. , ""-e de que trata el art(culo 460 del '. . ProcedimIento Penal, se tlbrará la code rrespondiente boleta de excarcelación con la advertencia de Que solo Pt'oducirá ". ' , _ e.~ 73~, ,as~rt~ s~s e(~c~os, ~I, eve~tQ de, ~o",f:\!II3;r~,e ~, oti,c:I~~,pdoro:, otr.~ ~~torlda~ , . . . - - - '. . diferente •.
30. Pera el cumplimIento de ésta provldencla se comislCQa al e Ju¡gsdo 20. Prom~cuo Municipal de Acacra$ ( Meta ) a quien se le librará ta • comunlcacíén telegráfica
- • Cópie!iO, notifi'quese V cúmplase •
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I I • , • _, • , , ....4'" PtéCé'SO' No. 642. MoOlflca caución prenda •
- I ria por jutatorla a HUMBERTO VELASQUEZ
VALENCIA.
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EDCAR SAAVEORA ROJAS
LUIS ENRIQUe AlOANA ROZO
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HERMANDO BAQUERO BORDA
JORGe CA
LUENGAS
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CUILLERMO DAVIALA MUROZ
RU1Z
GUllLSRl'.10 DUQUE
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GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
L.tSAt"'lDRO MARTINEZ Z.
• ". • • <; Herlbtarto José Velásquoz Ramos • ,. Secretarto,
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