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CSJ - SP 6497(26-02-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 6497(26-02-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

-------_. • .~~", . . "'- . - < "" ' - • ,. , Expediente No. 6.497 . ,

DIE .JJtU!SlfOCOA

1PIE000o..

• , , Magistrado ponente:

Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ

Aprobado Acta No. 023 , • '. Santafé de Bogotá, D. C., veintiseis de febrero de mi I novecientos noventa y dosv- , " ,

VISTOS:

• . - . " • El apoderado del procesado IVAN JaSE TORRES GONZALEZ interpone recur

  • • so de reposición contra la providencia de fecha 27 de noviembre de 1991 mediante la cual la Sala negó a su representado el beneficio de libertad provisional por no acreditar el cumplimiento de las dos terceras partes de la pena que se le impuso en la sentencia de segunda, instancia y por desconocer su conducta durante el último año en reclusión, es decir, no se acompañó ( a la petición el último Consejo de Disciplina para poder evaluar su personalidad y determinar la posibilidad de la excarcelación demandada . • Secretarfa artfculo -- La de la Sala dió al escrito el trámite previsto en el 202 del Código de Procedimiento Penal.

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CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

. , • Iván José Torres González fue. absuelto por el Juzgado Quinto Superior de , Barranquilla mediante fallo de fecha 20 de marzo de 1991. el que fue recu rrido por el Ministerio Público, el apoderado de la parte civil y los defen- , sores de los procesados Uriel Acuña Llanes Antonio Herrera Aguilar (au ysente). El Tribunal Superior de la misma ciudad en sentencia del 7 de - '. junio de 1991 confirmó la decisión condenatoria en cuanto a los procesa- • eros Acuña y Herrera y la revocó respecto de Torres González a quiencondenó a la pena privativa de la libertad de cinco años de prisión (S) como cómplice del delito de homicidio y dispuso su captura •. El procesado estuvo inicialmente privado de su libertad, del 12 de agosto - • de 1988 hasta el 21 de marzo de 1991 fecha en la cual se'll>leotorgó el beneficio de libertad provisional como consecuencia del fallo de primera ins- • tancia y, posterlormente , del 22 de julio de 1991 fecha en la cual se presentó voluntariamente para cumplir la sentencia que le fuera impuesta por el tribunal Superior de Barranquilla, hasta la fecha, es decir, acumulaen detención efectiva durante los dos perfodos treinta ocho (38) meses y y catorce (14) dlas , Por trabajo acredita 1.072 horas que le representan

una rebaja de un (1) mes y catorce (14) días y por estudio 1. 1 horas SS para un descuento adicional de dos (2) meses veintiseis (26). Acredita y en esta oportunidad cuarenta dos (42) meses veinticuatro (24) dfas , y y superiores a las dos terceras partes de la pena que se le impuso en el.- fallo de segunda instancia.

  • , -" . j .,

• •

- 3 • . ~ ele ';1¡rema En esta ocasión se acompañó el Acta del Consejo de Disciplina de fecha 18 de diciembre de 1991 con la cual se acredita su buena conducta dentro del establecimiento carcelario, o sea, que la Sala cuenta con los elementos suficientes para decidir sobre la excarcelación solicitada por el apoderado del , procesado. - En efecto, Torres González no registra antecedentes penales ni de policía, a su conducta anterior fue buena y dentro del establecimiento carcelario nin - , . .' '. gún reproche ha tenido por parte' de las autoridades penitenciarias a más que viene dedicado a labores como Monitor y permanente lectura en la bi- . bliteca, es decir, sin haber pedido su vocación de estudiante ya que almomento de los hechos cursaba tercer .semestre de Medicina en una de las facultades de la ciudad de Barranquilla . El grado de participación en• el hecho delictivo y las ci rcunstancias ya a- ~ notadas en precedencia, permiten a la Corte realizar un pronóstico favo- , , , . rabie sobre 'su rehabilitación social y aSirmar que el tiempo en reclusiónresulta suficiente para obtener nuevamente su libertad provisional. Siuna vez enterado de la decisión del Tribunal que revocaba su absolución, el sometimiento voluntario a la potestad de la justicia, dice. por sí mismo , sobre la personalidad del procesado que sin duda alguna corresponde alas exigencias del artículo 72 del Código Penal para la procedibilidad de su excarcelación. • , Para poder gozar del beneficio que se le otorgará, Torres González deberá prestar caución prendaria por la suma de cien miI pesos ( 100.000.00) $ a favor del Juzgado Quinto Superior de Barranquilla y suscribir diligencia . de buena conducta y presentaciones personales cada treinta (30) días ante el mismo funcionario. , -_

  • ----------- J . I .• -- . . , •

- •

4. • tIe -5flcma En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE

CASACION PENAL,

RESUELVE: -

,

10. REVOCAR su providencia de fecha 27 de noviembre de 1991 y en su lugar CONCEDER al procesado IVAN JOSE TORRES GONZALEZ el be neficio de libertad provisional previa caución prendaria por la suma de -

  • $ cien mil pesos ( 100.000.00 ) que consignará a favor .el Juzgado Quin-

• • ; • y to Superior de Barranquilla la suscripción de diligencia de buena con- • y ducta presentaciones personales. cada treinta (30) días ante el mismodespacho judicial. .

20.. Satisfechos los anteriores requisitos se librará la corr'espondlenteboleta de excarcelación con la advertencia de que 55)10 producirá efectos en el evento de no hallarse solicitado por otra autoridad en razón

  • • de asunto diferente.

30. Para el cumplimiento de esta providencia se comisiona al JuzgadoQuinto Superior de Barranquilla a quien se le librará la correspon-- diente comunicación telegráfica.

  • • Cópiese, notifíquese y cúmplase,

.. )

E CARRE~O LUENGAS

• , • . " " ..' J .. . . .. ,_-- , - • • 5. • Expediente No. 6.497 Concede libertad provisional a IVAN JOSE TORRES GONZALEZ.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - , - , • , 1, • • ~ ! , ,, 1 9 \ , LA , - / , I , / • ! / (ltR: ./ ......&

DIDIMO PAEZ VELA AS

• • , " •

• , , JUAN MANUE ORRES FRES EDA JORGE ENRI ' UE VALENCIA M.

, • Rafael Cortés Gar Secretario. . , • ._ • • • • • • , • • • • • • • , , • • • • •

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