🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 6643(02-09-1992)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 6643(02-09-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

'IºUBLICA DE COLOMBIA

- ; • Expediente No.

6643CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

. SALA DE CASACION PENAL

• Magistrado Ponente -- fi

Dr DIDIMO PAEZ VELANDIA

... Aprobado Acta No. 110 . Santafé de Bogotá D.C., dos de septiembre de mil novecientos

  • • noventa y dos.

- • •

V I S T O S

• •

  • • El procesado GIOVANNY CUBILLOS CRISTIANO solicita de la Corte el reconocimiento de la rebaja de pena por confesión prevista en el articulo 299 del Código de Procedimiento Penal en atención a que

// fi hizo presentación voluntaria ante e juez instructor y aceptó el hecho a él imputado aun que ser inocente ya que 16onsidera únicamente pretendió defender los bienes de su propiedad sin tener • •

·fi'JBLICA DE COLOMBIA 2 intención alguna de matar o lesionar a quienes atentaban contra su patrimonio. • • •

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

  • • El Juzgado Cuarto Superior de !bagué, mediante sentencia de fecha 11 de marzo de 1991 condenó al peticionario a la pena privativa de la libertad de cinco (5) años de prisión como autor del delito de homicidio en la modalidad de tentat.iva en la persona de Arnel Gamboa, decisión que fuera confirmada por el Tribunal Superior de !bagué en fallo de fecha 20 de junio siguiente, el que es ahora • objeto del recurso extraordinario de casación.

  • • Ha dicho esta Sala en forma reiterada que ·· El reconocimiento de la

rebaja de pena por confesión previsto en el artículo 301 del Código de Procedimiento Penal anterior (Art. 299 del actual), solo puede ser concedido por el juez de primera instancia al momento de dictar sentencia, o el superior jerárquico al revisar aquella por vía de • apelación o de consulta, o la Corte en sede de casación en el • evento de la prosperidad de la demanda que se presente, siempre y cuando contenga la correspondiente acusación o cargo sobre el punto concreto. Cualquier pronunciamiento en un incidente de libertad sobre el referido tema, comportaría el desconocimiento del • contenido del fallo acusado, lo que resulta a todas luces ' inconducente. ·· 1 • 1 ' 1 • • - - • 3En el presente caso el defensor de CUBILLOS CRISTIANO en su demanda apunta que su representado ·· ... acudió libre yespontáneamente ante el juzgado de instrucción Criminal que había asumido la averiguación de los hechos y confesó ser el autor de lo • investigado, pero agregó que jamás tuvo la intención de matar a • nadie simplemente de defender los bienes de su padre y que además, • se vió forzado a utilizar el arma que portaba en ese momento por que los hermanos GAMBOA ALAPE se le vinieron encima blandiendo los machetes que estaban ut i 1 izando para trozar 1 os alambres de 1 a finca ... ·· razón por la cual, demanda la nulidad del fallo condenatorio. Entonces, la Sala no podrá en esta oportunidad entrar a

pronunciarse sobre. la pretensión del procesado.ya que el asunto se ' • halla para ser considerado el proyecto de sentencia elaborado por •. '

  • • el Magistrado Sustanciador. Así mismo no encuentra la Sala, dado el tiempo e f e c t vo en' reclusión y la pena impuesta en las í • instancias, motivo alguno de excarcelación provisional, máxime que el peticionario no ha presentado certificaciones sobre labores • n, realizadas en el cent ro de reclusión ' acta del consejo de disciplina correspondiente para acreditar la conducta observada durante su detención.

En mérito del lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, SE ABSTIENE de considerar la petición de rebaja de pena por confesión que reclama el procesado GIOVANNY CUBILLOS

CRISTIANO.

• • ' -.-- -

·-aLICA DE COLOMBIA

. • 4 Casación No. 6643. REBAJA DE PENA

SE ABSTIENE. GIOVANNY CUBILLOS C.

- - . • •

COPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE .

RIC CALVETE RANGEL z

GUILLERMO DUQUE GUSTAVO Z VELASQU / l .

. ) • A.k-< t-< <-' ,f AS fi fi fi fi fi fi fi

DIDIMO PA E Z_.::__V LA N D:_:I A _::::;

• . •

JUAN MANUE TORRES SNEDA JORGE ENRIQUE VALENCIA M.

RAFAEL CORTES GARNICA

SECRETARIO.

• • -· '

Consultar sobre este documento ...