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CSJ - SP 6705(11-08-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 6705(11-08-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

• Expediente No. 6705

CORTE SUPREHA OE JUSTICIA

SALA--OE CASACION PENALMagistrado Ponente

Dr. DIDIMO PAEI VELANOIA

Aprobado Acta No. 098 Santafé de Bogotá O.C .• once de agosto de mil novecientos noventa dos. yV 1ST O S

  • • El procesado ANTONIO MOSQUERA VINASCO quien se halla recluído en la Cárcel del Distrito Judicial de Manizales. solicita se le conceda el beneficio de libertad provisional previsto en el numeral 20. del artículo del CÓdigo de

415 • Procedimiento Penal. por considerar que el tiempo efectivo en reclusión la y rebaja a que tiene derecho de conformidad con lo preceptuado en el artículo 530 ibidem Y. además reunir a cabalidad los reqllisitos del articulo 72 del Código Penal. Acompa~ó a su solicitud certificados de trabajo actas del consejo de y disciplina . • •

?- CONSIDERACIONES OE LA CORTE El Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Pereira, me d a n e sentencia de fecha i t junio 13 de 1991 condenó a HOSQUERA VINASCO a la pena privativa de la i l be rtad de cuatro (4)años de prisión por hallarlo responsable de infracción al articulo de la ley de sanción que fuera confirmada por el Tribunal Superior 33 30 1986, de la misma ciudad en fallo de fecha 9 de agosto siguiente, el qlle es ot1jeto ahora del recurso extraordinario de casación . El peticionario se halla detenido desde el de diciembre de es decir, ha 29 1990,

_ descontado efectivamente en detención diecinueve meses y trece días. (19) (13) Por trabajo acredita horas que le dan derecho a una redención de perla 3.037 equivalente a seis (6) meses y nueve (9) dias para un acumulado de veinticinco (25) meses y veintidós (22) días, inferiores a las dos terceras partes de la sanción que se le impuso en las ns as . i t.anc i Estando ausente el primero de los requisitos del artículo del Código Penal, 72 la excarcelación demandada resulta improcedente . • En mé rito (le lo exp ues to, a CORT E SIJPREHA DE .]IJST C A, SALA DE CASAC ON PI::NAI_ 1 1 1 1 > NIEGA al procesado ANTONIO HOSQUERA VINASCO el beneficio de libertad provisional. _

COf'IESE, NOTIFIQUESE CUHPI_ASE y

_Casación No. 6705. NIEGA LIBERTAD

ANTONIO HOSQUERA VINASCO.

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CARREÑO LUENGAS

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JUAN HAN TORRES FRE NEDA VALENCIA M__ -

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RAFAEL CORTES GARNICA

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SECRETARIO.

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