CSJ - SP 6875(02-09-1992)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 6875(02-09-1992)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1992
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CORTE SUPREMA
SALA DE CASACION PENAL • M',1.o;:,;¡ s t r a do j
JORGE ENRIQlJE VALENCIA M,.
• , , e" t: ' Santafé de Bogotá, ", ,,', r' ', -, \ l' .. ", '. 1 I (" 1 I ,." ..... .. ,'o _.., ..... .,,' ',,) ,.(., y dos ( 1.992 ).--
V 1 S T O S . e. e,,',,~':.
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I. ~" E . - ." ....~~ , '. '-o. ~ ~ I 1 .") . ". -... j. ' '". ,. -. ) ( •. •.J 1 o , ley, como autor pena1mente responsable del delito de 110Rlicidio_
H E C H O S
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I I , , 2 I , • I • I, • , Los sintetiza el Tribunal, así: , " ...El veintisiete de agosto de mil novecientos ochenta y siete, aproximadamente a las doce y media o una de la tarde, el señor Arnulfo Cely Díaz guiaba de oriente a occidente por la calle 13 de esta ciudad la camioneta Mazda de placas 2443, en la l HK cua también viajaba el hoy extinto Segundo Ronderos Ferro, y cuando ya 1 se acercaban a la carrera 68, el conductor de una camioneta dE!
color azul le cerró el paso, por lo cual el señor Ronderos lanzó frases ofensiv~s contra los ocupantes de dicho vehículo, quienes dE9 inmediato empezaron a disparar proyectiles de arma de fuego contra , el carro Mazda, cuyo conductor optó por detener la marcha . I , metros adelante. De inmediato descendieron los ocupantes de la
- • , camioneta azul y .uno de ellos propinó un golpe en el rostro al
, · • conductor de la camioneta Mazda señor Cely Díaz, y a continuación , disparó un proyectil de revolver contra el acompañante de s e t é señor Ronderos Ferro, causándole la muerte. Los agresores huyeron . del lugar en sU vehículo, pero unidades de la Oficina de Sangr'e dE9 , I , la SIJIN F.2 de la Policía Metropolitana de Bogotá, establecieron , I I
- · . que a dicho automotor correspondían las placas AG 3952 y era de • rop da d de 'José • Raúl García Bol r , de cuya versíón y otros Le va p í elementos de c o se desprende que el autor del disparo I j u de í í - or-ovec t I 1 que segó la vida al senor Ro nde ros fue el procesado , Dionisio Ley ton Corrales, quien para la época de los hechos desem-"
. , el puesto de chofer-mecánico del D.A.S. en Bogotá ... '", peñaba , •
ACTUACION PROCESAL
, • , , • La resume la Delegada de la siguiente manera:
- "...El .Juzgado Noventa y ocho de Instrucción Crimi nal de Bogot.:-i
- , inició investigación preliminar por el delito de homicidio,
, • í I' , I • " " - , I , • 081 • l . ')
- •
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" ,1 ',_ 1- ,.'He 3recaudando algunos elementos probatorios que si rvieron de f undamen···· . 'lo para para iniciar la etapa del sumario, mediante auto cabeza de • • proceso del 10. de septiembre de 1987. Durante la investigación se recibió el testimonio de Armando Cely Díaz, quien manifestó que el día de los hechos se desplazaba en SlJ camioneta Mazda, acompañado por el señor Segundo Ronderos. Dice que • antes de llegar a la carreta por la calle una camioneta dE! 68, 13, color azul le cerró el paso, por lo cual su amigo Ronderos le gritó algunas frases soeces y ultrajantes a los ocupantes del vehicul() I , • i nfractor. 1nmediatamente estos empezaron a dispararles proyecti les , , de fuego, en vista de lo cual detuvo la marcha; en seguida los dE! la camioneta azul se bajaron y dijeron al testigo y a su acompañan- , • I te que hicieran lo mismo, pero Ronderos Ferro no qUISO hacerlo, y I , trató de utilizar el radio teléfono, el cual rápidamente le fue arrebatado por uno de aquellos individuos, quien, luego de propinal"
al declarante un golpe en el rostro, se acercó al carro y disparó , , por la ventana izquierda una bala contra Ronderos Ferro, pOI" I tlaberse negado a descender. Agregó el señor Cely que el homicida es una persona de unos o 35 40 • , años de edad, moreno, alto y gordo. Posteriormente, en ampliaciól'l , I , de declaración, a este mismo testigo le fue mostrada una fotografía , , . - del procesado Dionisio Corrales, lo reco noc o como la Ley ton y 1 I persona que le propinó un golpe en el rostro y disparó el proyectil , , I que segó la vida del señor Ronderos. Aclara, sin embargo, que en la , foto no' trí e ne bigote, en cambio el dia de los hechos, si lo usaba. I I En desarrollo del trámite sumarial se adelantaron igualmentE! algunas pesquisas tendientes a ubicar la camioneta que persiguió a , , la Mazda, estableciéndose que pertenecía a José Raúl García 801i"- var, a quien le fue incautada previa diligencia de allanamiento. , • Escuchado en versión libre y espontánea este testigo manifestó que • ,r • efectivamente el día de los acontecimientos se encontraba ingirien " ! ¡ do licor con y otras personas. PosterI•ormenteLey ton Corrales I r , r . , " , • I I r , I , I _' - I , , ' , 082
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, , , l, , , , , I , , 4 ,.1 I , , - , I , , , , , , Ley ton le pidió que los acercara al norte en su carro, a lo cual él , I, , , accedió" Dice que cuando se acercaban a la calle 68, bajó una , , , , , camioneta, escuchando de alli una voz que los insultó" Más adelantE! I , I los dos vehiculos detuvieron la marcha, mientras las personas que lo acompañaban mani festaban que "a la ley nadie la i nsul t.a'" Asi. las cosas,' Ley ton y sus contertul ios se baj aron y empezaron a discuti r con los señores de la camioneta Mazda" De o rorrto "esc uc hó , un tiro, por lo cual se ubicó para irse, pero en esos momentos I ellos también se subieron y comentaron que no habia pasado nada. Luego, en di 1igencia de indagatoria, este declarante narró los hechos en forma similar, añadiendo que ese dia Ley ton portaba un arma de fuego, lo mismo que el señor Mora, y a otro señor, que usaba barba, sólo se le notaban unas esposas en la parte de atrás, por lo cual presume, que estas personas son las respons~bles del ,,1 homicidio que se investiga. Finalmente subraya q ue recibió u n , o o _ llamada telefónica de Ley ton, qUIen le pidió que no declarara sobre lo ocurrido '", Por otro lado obra en el plenario la declaración de Alma Rosa Arenas, compañera de Ley ton, en la que indica que un día golpearon
en la puerta de su casa y al abrir encontró una bolsa de basura de color negro y en su interior estaba la ropa de Dionisio y un • revolver de dotación del DAS, junto con las balas y el carnet de identificación. Confrontada esta arma de fuego con los proyec,tiles extraidos del cuerpo de la victima, Medicina Legal concluyó que no , " . fue posible "est.ablecernexo de causal idad proyecti 1 arma 00_ , Finalmente obran en el expediente otras pruebas tales como una Resolución del DAS, Oficina de Personal, en la que se hace corIsta," que el procesado no se presentó a laborar desde el 3 de septiembre , de 1987; una prueba técnica llevada a cabo sobre los orificios que , produjeron los disparos a la camioneta Mazda, y un reconocimiento médico legal sobre las lesiones ocasionadas a Cely Diaz" , , Apoyado en el acervo probatorio reseñado, el Juzgado 74 de Instruc- , , , , , , , I - , , , , • ,
- , , • - 083 , ,
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, I , i , I , , ,, I , " ' , • . •• " " - • , , ¡ O" I ", I • • ción Criminal calificó el mérito del sumarlO, profiriendo resolu"" ! , , . ,. '
- I . ción acusatoria en contra de Dionisio Ley ton Corrales, quien pre-
, .1
. , , , , ; I • :,1 viamente había sido vinculado al proceso como reo ausente. : :I" , I I , , , I ; En febrero de 1991, se capturó al procesado y fue inmediatamente I, 'r I r 1 j I conducido ante el Juez 20 Superior para ser escuchado en indagato···· I ria. En esta oportunidad se negó a declarar. Posteriormente, en el I~' \ desarrollo de la Audiencia Pública, aceptó que estuvo presente e I" '' , I 1'1 , . . , •, el lugar de los heGhos, pero señalando concretamente a Pablo Mora ,I • 1 • Zambrano como el autor del homicidio que se le imputa. I I ¡: I , • ! Finalizada esta diligencia el Juez de primer grado dictó'sentencia , . , , ~ condenatoria contra Ley ton Corrales, por cuanto para ese despacho I ! , • j son creíbles las declaraciones de José Raúl García y Eduardo , . ....
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Arn• ul fo Cely, los cuales dan grandes luces a la nve s t qao on ,. 1 í í porque si bien no observaron el momento mismo en que Ley ton accionó " su arma contra Ronderos, de sus dichos se desprendE1 que el. procesado se encontraba presente en el lugar de los acontecimien I tos, que portaba revolver, y aparte de esto, Cely Diaz reconoció SLJ ,
- . • fotografía, señalándolo como la persona que lo golpeó, rompió el
teléfono y disparó contra Ronderos Ferro. Según el a-quo . existen indicios graves que señalan al procesado como el autor del homicidio, sobre todo por su presencia en el , , lugar de los hechos, el incidente surgido antes del fatal desenlace y la conducta que asumió Ley ton una vez cometió el delito, • abandonando e.I cargo para eludir la acción de la justicia. , , En cuanto a lo dicho por Dionisio Ley ton en la Audiencia Pública,
- • el Juez 20 Superior no le dá ninguna credibilidad, no sólo porquesus afirmaciones se encuentran desvirtuadas por el testimonio dE!
Cely Díaz, sino porque a todas luces el procesado trató de acomodar su dicho a· l• o mani festado por Garcia Bol íva r , con conoc • m • ent.o í í previo de esa diligencia. Apelada esta decisión, el Tribunql Superior de Bogotá la confirma, • , ,, - , ~~~~~~~~~ "~- .. .. ' ,
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.. , .. , .. .. .. .. ".... ' (:, .. .. .. .. .. .. " ~ ..I I I .. .. ,I I .. .. - ' .. ,' , acogiendo sin reservas la valoración probatoria del a-quo, sobrE~ . " t.odo en relación con el testigo presencial Cely o az , qUIen .. í .. .. reconoció'a SU agresor y autor de la muerte de su amigo, cuando
SE~ .. '.. ! .. , .. puso a su disposición la fotografía del mismo"_ .,. , .. .. .. . .... , .. Agrega que d cho reconocimiento ciertamente "no puede co ne de r-ars e í í , como prueba definitiva y menos producida con observancia de todas , , i I I' las exigencias de orden legal, pero cuenta como complemento del .. amplio y coherente relato que hizo el declarante sobre lo sucedido , y de la descripción támbién detallada que expresó en relación COI'I , el autor de la agresión. Además, existen otras pruebas como el
- - • testimonio de GarCIa Bolívar, qUIen deja notar que na d e mas ,. í distinto ,del procesado, mostró agresividad y se dirigió a los ocupantes del otro vehículo, y luego lo llamó telefónicamente I)ara .. pe df r le que guardara silencio sobre lo ocurrido"_ , si se tiene en cuenta lo reseAado, además del abandono del carge) ' que llevó a efecto Ley ton Corrales para eludir la accitn de la
.. I.. 1 justicia, segdn la Corporación Jurisdiccional no hay lugar a duda , .. en cuanto a qué el procesado fue quien acabó con la vida de Segundo , , , .. Ronderos Ferro ... '", .. .. " ..
LA DEMANDA
'. , .. • .. Con estribo en la causal primera, cuerpo segundo, del artículo 226 , .. ,.. , del C. de P.P~~ el actor censura la Sentencia impugnada al incurrir , el Tribunal en un error de hecho por falso juicio de identidad. •
.,... . I , .. , , .. ,. , , , , Cargo único , .. " " En su extenso " libelo, el memorialista formula concretos reparos a , .. I "1 •
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, , , , ,1 ' , .' , •,I , , " ' ,1 ' • 1 ,I. , , I ' I , , - , , , ¡I."; , • , las providencias de i ns t.a nc a , los cuales pueden I" '~<oI I 11' '• 1 f..,",. e '"-. I' E, ., 1", t..·..__,_. , "_e), l' ••• ' í (,i,
- ~:;i.guien·teor-ma f e
• , ! I , , " I , , I, Asevera inicialmente que el Tt~il~utla]ol.vidó que las probat',Z¿IS 1.0.- , ,. , , , deben ser examinadas en conjunto en el caso concreto el Tr,il~Llrla]. y , ,, (1ejó de lad• o tres prLJebas impclrtantes que clarametlte favol-ecian los I~ l' , , (:ORRALES, la providencia del Tribunal qLJe revocó la resolLJción de , acusació" proferida contl-a JOSE RAUL GARCIA b
'j ,,- l..-),''. I c:." ~. .J , . el, t:'. e l. técnica de Medicina Legal donde se establece qlJe 1 ·,~ P r e e ·t i l. (;:~) :; , O 'J '¡l , ":> ,, ' , , .. ex'tra doss del del • ,.J p del .". cuer-po l' "", e o n (~J. OCC].so '~,j" :;, ,.•1, . í ...:.Jo. (.:, 1.-;.1. '•• ) , . '. I t"evólver de, dotación oficial del acusado. En sentir del e o ~3 :3 i~(t::,1;" 1'1 1:¿; ....... , , I I ta estos documentos p r-oba t o r Lo s t ". 1,ol mil ." '::' ':1'" ~; 1,.1 I,"J..t,,_', .' ~ ...).,.' (_ , de f e nd í.do • , ! : , , ._..o_: .. , , ';> - , nt ",,.. de hecho por falso juicio de idet,tidad po r ". r t o '.). el. C· l' I ," I e.. I . '..:.:..¡:.....~.. c.. I (':.j. 1 , , condenatoria se montó' sobre el testirnoni,o EDUARDO ARNULFO CELY de , DIAl, individuo éste que falseó la verdad re'ldir su testin,onic:) ,, al. y fue mendaz al reconocer , al inculpado en la fotografía ql,Jese le mostró. Mariífiesta que,ello es así r>orqlJe el deponente adveró qLI(!!
- e el día del suceso LEYTON (~:ORRALES .. ]'. « ") t 1 '¡/ ce IJ 1:>()(:Jer d El ti t e , , .. ,:' .)" "1~..... ' ' ' jamás lo ha úsado tal y conforme p.1Jedeol)ser~varse en la cédula (lE!! c:iudadarlia que reposa en los folios.
, • , , , , ' , , 30.- el actor, mas '-le , q ''J~. ''', -~.". ':j .,. t....t..'.~(~, I E30LIVAR CELY DIAZ manifestaron en sus declat-aciones que en ely • • ,. , ,
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, , , - • , , - ,1 ' , , , - ~, j , I ' ,1 , ,,¡1,' .. - j , ' I ..• • 1 - , ,
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, • , I.' , , lugar de 16s hech• os se encontl-aban además de I._EYTON. PABLO M()RA y • " o '. , 1,,: , , J, SU,•)eto de barba. los falladores 1..11, ,-.1 e: , , ·,.1, .... , , , , , , ) , identidad de los • i ,:" , nu smos , rr n t; o t; ':11::' 1 1 '3 ] E" E' '-', 11', '
. .:J ... I..... , 1 .... ,. t,..l ..( IC''' .1 , , ,, ' 1 • • , I ! , . ,, . , I también pudierol' cometer el 1,e o 1'1 o ". ro r,o~:.;.c.;o C:) 1-1 1 • , l , Reprocha la ausencia de una diligencia dE~ inspección jl.ldicial 40.- • " ) " I • ,
- , con reconstrucción de c hos , r ueb a na rnpor-t.naci a he p de merí d a i 10:5 í
•
- , ¡ " t " , , corno • qU1•era que hub í.e r a rnei o r a do l. a 1 ce '1Ia('''l('')I'' , ;::;.::. . ,. ..; ~ I
, , .. ....- ] .jl..lrídica de I e nca• rt.ado , ::s o t. l.> r a"..\. ".t.. e.. n . (.'. .....::.. E. ().... 1 .l. .. 1 (_ .... ,. ..; ...:, 1..1 ' .. "..., ........ 1 '_0_, ,":1. C."',' C_ '. , • c:ual se hizo posible que el justiprecio de las p,-uebas se redujer'a I I . , .. • ... ., a s u m1n1ma expreS10n. Aparte de f r ..... ...-~ o • ".·..."t·'· ,'" j'1 •• , '_) • .1 I)ued~ constituirse ~n el '1
b a s ame nt o eje .' a· él l" ..I .~ ..( .." ..1 ..1. "1. ' c'3 .. .: , , , def e nd do , . sa Lvarido de t.o da '_ re, ..-. f;:¡ rl ", : ". : b .- . í>Lí d ,- ...J ' I 1 I I ~_,o, O el.> 1. . 1 . ,,,J. '" C,' .....:> .' í ,, , a compa ña nte la noc he de a ut.os , ' .1 . el. , , , , condena la frase 'a ,la ley nadie la inslJlta" es CalJSa excllJyente !I y ,I ,, r·) - 'factor determinante de o '1 .. l' ~•_• ~ .. I rl de esas L.. E \( "1"el r' ¡'-j C O <', O 'C, \j ," "·,j.1\;.:. II:J. (.••j1, .,
- • , na lme nt.e redimido ... " . pe
• , • ., • • ' as ae , a nota el censor, 1,IJbo rl a e r ro .' 1 cos f'l S l. 1.1 I,E~¿l , , , , , caudal probatorio, • distorsionándose los hechos. lo cual ocasiolló la .. , I' , , .. indebida aplicación de l.os a r t.Lc uLo s ': '~ ) .....' .- .: .. .: '' ,::-J e 1 '" e:::-:>.t . : a t: ~ l ~J t: ..)e
....... 1;:" •• ..:' q• ue a su vez sirvió para, igualmente, aplicar equivoc:ada'" , , , , , RIente el articulo 247 de la sistemática procedimental y excllJir el •I, , . articulo 253 ibidem. Por consiguiente, solicita de ésta ColegiatlJra que se " ... CASE o se nval ide el x o i rrte qr a de e.en'te nc a ... " i. t.e t I 1.éA í • , • • • • • • , • , _. • • .- ". . --- -- ------------------------~
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, , , • 1 • , , ,l. ,1 ~.!J • , I~, , o.' , , , '1 , , -
- " - y como consecuencl• a " .'..pl. d que se profiera el co rrespond errte i
O , fallo que'ha de reemplazar la injusta condena al tenor del art.228 del C. de Procedimiento Penal ... '", , , CONCEPTO DEL PROCURADOR SEGUNDO (20.) DELEGADO EN LO PENAL Luego de resaltar las falencias técnicas que reviste el libelo , , presentado a estudio de la CORTE. que la transforman en un simpl'e , alegato de instancia, sugiere la consiguiente desestimación. En SlJ
- , nlomento, la SALA se referirá a espacio sobre las inquietudes del
Sr.Agente del Ministerip Público .
• • L A
C O R T E
, • , , , 10.- Como bien lo resalta el Colaborador Fiscal. la demanda que . , pretende sustentar el recurso de casaClon interpuesto. fracasa , estrepitosamente desde un comienzo. Pese a que enmarca un único , , i , cargo en un "...error evidente de hecho en la apreciación de la ' , prueba •..al ACOMODAR el sentido de la prueba testimonial hacia una , sola dirección: LA CABEZA SEMI-CALVA de DIONISIO LEYTON CORRA- " LES ... , lejos se encuentra su argumentación de demostrar el yerro. , , , En efecto, con un desconocimiento de los requisi tos no sólo , • , , , , --~- , ~-------,-,.----- • r , I \ , , 1 , .:I , , - 088 , -
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, , I , i ., ·1, , " , " , I ' , . ,I :' 1 1' , . , , , , , ' de orden técnico. sino también de lógica, precisión pr'oflJndidad" y , , , discur~e de aqui para allá. exhibiendo a cada paso Llllaconfusióll , " , , at~gurnental que 'imr)ide, a e i e nc i El, C i E:! rt.a" ( 0 ~~, o _' n I0 ..., ...C .~'" t'" ..r t,- :, ~' .1 , ..1c \;_e ,, r (0 •.1 (O .. 'j ,: .o ..J 1 e _,. r ( ," _ , "
, , , alcance de la impugnación. ,' • , , , 0, Obsér'l/ese: , , , , Cuando entra en materia, d "" u.,::" " , p r me r a s E'" '1"C 1" i (J' ;::, o::> .,...j...:.!.'.. . '. I ! , , se ña a r res proba 11Z3,Sq IJe. a s 1..1 101e) roo1°1 e 10¡ 1 't modo r, f ue t n i (:.!['I.:::; (:.!E~ VE! E! e ue nta ' po r el fa ado r pese ,3, q IJe f rec:í n a ::::; ie nt.e~ 11 1 1 '-'3. \/0 iJ ti C; E , ,1 ' , .. i t1,ujrada la p rov° i nc i3, 11 o l' m i srna , de 1I~ :io b u El.1 3 t'):~: 'J" ,:; a e .. _-' .J •.... ) , , I GARCIA por el delito de encubrimiento. la peritación de balisti-- y 1, ! ca. Esta presentación no cor'resr)onde al selltido de 'I'~(, r"l 1 r' o c'" ec 1 'o, (0" ti \1 , .• (..J. .~'.;., ......... (J. ......~.' í ' , linde marcó en un principio un error de hec, llo POI~ ¡'also jLlicio de , , , identidad. mojón que desconoce COll el a l e qat o de '., ~,'-' oto .1 ..... m .~ s o' o n
-. E ...... '° C) 1 :1, E~:,'; 0-' •' ._~ " t:: ........ ... puesto que el yerro judicial se encontraria asentado ,-.-, I ',,-,,I" '" 1 f 1 o, ,3" oc> O '....I. t.., , .. .. .. .. .. ,.... eXlstencla. La 1°' JU1C10 de ' C o rrt él,<:.1 i e e i e) n e ¡ E.! I 0,0> " ',J I tlatllral des60ncierto en la SALA. , .. , ~:):in emba rgo .' como qu ra e s t as a f: i 1"j'I i¡ oE~ nC e s 1"1 l' a 1. ,.. '~ -; " ie <:: '1' . . 1" ,.", '_.,' ,_'. , , con miras a obtener las debidas precisiones de pensamiento. No , SLI , . , , , , olvida lo'dicho J, ."t: ob s t a nt.e , y abor-da ot ro ,:3. 1'1" ] C' 1" f." I (.~J, ~ ,~. ....;. .,1 . .. .. la p r e ae nc i a de• u 11 f aI e o ,]UIC1, (:) 1", ,--J f'" 1-' t: '1" ('j . 1..," .1 " ,-, r" ", 1 1 ,:, nt:(') ~ ..;.I., .. '~C:,· .. 1 l,.~~ ~.... . o,", , o' ~,) o" al",]''', ' e ", ".. ....l' a sel1tencia de condena aCel)ta entonces en 1 '· o,,, r' 'j'-•, J
E~ E (0, '-,. . 1, .• ~.•, 1 '" .; '_' .~ 0,,;.... 1,. 0..:., ~",,' hechos la presencia de varios ocupantes quier¡8S al unisono DISPARAN , o " ," ' , o , , • r I , '. • '¡ ,
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.. • I , I 1 , , .. .. ~ ~ ~ , , I l' , I ' , , , , . , " , , • • 1 • de condena' ... contra, • na so 1a persona ...•" 1o e l. n(,, r'- .- . e. , cr c: 1..1el 1 l. ~ 0::1 ,,~ l.1 ~:. .;, E:: 1...1
- • • de aouerdo a las reglas de la sana critica __ .e)«:lIJyerldo natlJ,-al'" y rnent.e conclusiones arbitrarias o t.ende riciosasa ... " " I hubo un " ... ANALISIS aislado de la prLleba a espaldas del prOCE~SO c:)
, ,
- , ud í.o aislado de la srna a, ES¡:J(~L"L)(-~S nido ... '", es t nrí del det.e
,! I e ua ndo se, espe r q e e nt r a ·::i t.a I 1 r' o 1 f I.J re 1_ .- .. E:: a 1..1 E: ,~1. 1..1,3, E~:::; o 1'1
(.1. ''," ., > pruebas distorsionadas por el, falladot-, I , r ,'"c ... a I I ] -) f 1 • P ~::.. '.1. ,.-::)e r .- ...1._.1.,'"..... . c. e3 ... f_:" 1'1 -'. '1- ',. 1.....:.,(;.1, , , estriba en que debiet~on haberse '1" r" t: r--' ." f) r" r--' t: a':' C O I'~ el t~ c3 : . ~.. ~,1 .( .) ..I 11 e: 11'::']') ,') s· ..• (1 O t·, ,, ,; I • I . ,,1 CJ. ',::' • " \;.... • (....... l~,;. I . _' ..;..;> ., • , ' , , " ..• e o R R E L A e 1 o 1'• 1A N o o L A S s i r'tl a mp a i me t; i a. . _ ,.,. I o q e v i (J e t (";- ,I 1I~I 1"1 11.1E~. ti I , , . I , rnerrt e , op nac f 1 IJg 1011 c"). . (. .. :i. •.• .c .;; )' t.' .' .'' J (je~echo. pbr falso juicio de convicciól', qlIE' , 'J '1"" C" ..... " 1.111•. (J ,:::,l"J , , ,) 1••"- ", , ¡
- . mie nto eje proba nzas 1) uede ,"E~o:::1i,
t.a r s ',1el.J, o t·., - :. ,. ,.... :. ::,p",).-. E:J,lo u- ,'3.(:: 1.. 1 E .- 1 '-1 -' -... t:! '} , , , , , t ene el ,j ue z en' la aor-ec ac ón le qaI de ]a, l)r·I .. f~:, l dess v io , I,,~l:)":•I,• ,,··. í í í , , , st creando la confusión correspolldiente. o e ne b Le , í , , , " •
- , El párra'fo sigl.Jiente pl~ecisa la acusación contra ej. fallc) del. 'Tribunal i,ndicando que el yerro se debió a ".o.haberle hecho juego irldebido tanto a la injlJsta sel,tencia de condena (~omo a la resol,Ll'" el compor'tamiento del Juez Seten'ta cuatro de Instrucciól'l y (74) C;,;'irrlina,l·... cuando és t.e I ndu i o CEL'y'DIAl a que c arnb i a r a ver'·.·. el :3U .. sión inicial, ... '", Biet'lse ob s e rva el ab no de c a ue a I i nvoc acla arido La
, ' , , ... • • ) ) . ~1 • 090 • o
REPUBLICA DE COLOMBIA • ..' i.:o".•:~
• , , ' , . , - , ,. , I)ara trasladarse en forma re s a "1, J, a '1: e e r n
E!Xr..> fE~ El. IJ ,:1. e ............................. ~
- • "lueva di logía .
- , La lectura del texto no aclara la situaciól'l arltes, POIej.
~I , contrario. la confusión adquiere (-Olr'~ll (-o-,-rmr 'I(-~I-E~t~0Je·II·le~· 1::.. . ~ o,;.;; ~ ...1Q":._ .,.J ..;_) __ I ~-1.... _. ... ,.) .') J ,
- , proporciones mayúsculas. Al tiempo que afirma qLle si el corltenido de las declaraciones de CELY DIAl y GARI:IA SOLIVAR no se hubier'a " ... falseado o distorsionado ... 1.a cal i f i c ac n la (::;(:)I'I(:lI.J(~t:a
(JE~ (JE~ 00 íó
- I s L E Y T () L S h ub ie ra s ido "... e n N (~OR R A E ,1i, f t e ¡'í 1 ,:1. sse i (:1,;1, E~,- E~• • • '", ,1 ':::1" (,J 1,,1 .> . como ejemplo, el no haberse p,-acticado 1.a diligencia de inspección , o
I • la causal tercera. pues la omisión et'lla práctica de prLlebas fundamentales es una violación al • derecl'¡o de defensa. r ,,,. e o i'fl e) "1 ,,"1',./ (:, c. ',_ ,.- , , , tido en diversas oportunidades l,a SAl_A. No ol)st:arlte. a Co¡·¡tinlJa-
: : , " 1 ció a u na frase q e e i "la r' ['''g n , 1a.nz t rm de squí (:: J, ,:1. urne nt ac. i n :: 1.1 1)0 j~EJ.I'· <.:1. ó · . , , , <::: , dejó de practi.car esta ~J." .' ... ve ". t" 'J "" , ."1 .::. .......... e"1 (_., \ .. L.... o , ., pésima valoración de la o P o 1" f" 1\/ ce <o, ::- ••..;:.(.. • '1.:., :J ,. .' , los aspectos básicos de IMPUTABILIDAD ..,.aún o c ua ndo I " Li rm. t ar ...•" p rod ucto de " ... 1a pés irilai rl"'/t(i~~g:;;3.c:(i)rl... '::I:e i 'o • . . ,
- , Es·te. transi tar i nd s na do c aus a le s de c as ac cr-Lrní 1)(')'- Las Lon ',/ í .)
. . sus distintos sentidos provoca el natural desconcierto el, la SALA.
- • ue e , c o m o loa d ver'a 1a O e 1e 9 a d r'e s u 1 ,3. m p b es e e r , 1) p. , o'... t; i i J, t ab J, E:~
E! ('1 :~-; • si lo que desea el casacionista es indicar ql,le'la flJerOn tetli(jas etl cuenta determinadas pruebas qlJe incidian Favorablemente para los
. .' , •
- •
• ,
- • _.~~------___-..""'=--~~~~------__;_._-----------------~ I , ' •
• •
• REPUBLICA DE COLOMBIA - - 091,
, • , 'm , , ,
- • intereses de su defendido, caso en el cual debió orientar el ataqlJE~ , c:on fundamento en el error de hecho por omisión de pruebas ,, i I juicio de existenbia por omisión), o .~..1• '1o t: "'. ,~'"I. t: ; c· 1 "~. 1- (.:. 1"1 1'" l' l" .::::, ,'1 1r.') \:.,. t.... < \:.: ••• '.e ~- L._ . ,.. Coj 0..:.... 1.;..;. _' L." l••• o •• ..........
- • la valoración que le dió el Tril)unal a las p• r'llebas -. 1
.0. .....~'.... 1 - E'...." I'I-j ," 3. .". 1 .,,._',. ....,.... .¡........,.. ,,- ,,' . .•.•.~ .•.
- .....1
~ • que entraAaria un ataque por error de derectlo por Falso juicio de convicción, que no adujo el actol-, y que. corrlOrE~iter~ldamente lo 1103 t"l co n p r ueba s carentes de tarifa. l.e qa L, el e' as '1~s' a. q .' e....-.' t; .:J' 1.1 l, ,_ .. 0_.' .- • ~.....o., mencionadai', sujetas al sistema de la critica racional r)art(~
J)or
- • , d " (::e Juzga or .... 1 1 • I
• , ! .. " -, defendido prosiguen con vehemencia, , rr~l'l"' 1 rl), I r ,:, 1. . 1 .... 1e.'•" (:l. , I . i sse rrt í do , dando a entender que 11e) :~o; 1o 1. a. C e>'{: .:. :~ :.11t -; r c Ec :. rr -: l t,.• ... 1 oo'., , •s .:..;> •i ••no 1 .... t· " O _' (.. .J .1..1. .. .).. e l. I • I , proceso, conspiró desde sus inicios par'a establecetla respotlsabi" i I j ,
- ,• lidad del acusado. Asi, no es el setltido contrallecho Llna I)rueba de
• • •, . ,
- ,
- ., el sustento (je su crItIca SI• t'lO a distorsiÓtl nlisnla de l. i
, , I i tlistórica lo que sustenta palabras.
SL1S I
, , I I
- ,, • - .' I 1e· Por ello brinda su propia itlterpt-etaciórl. ..
E ...... 1......... ~tI ~ .. ...: )~E;:,~' .. .'_::":;I""~ I 1'-' _'..
" " • I'labianno solamente más revólveres ... sino más PARTICIPES Cal)3CeS ele • •
p rod uc i r por s i so os e me nc io n o e f e c o o r' a (:o:1 s o : T 1 1 t :J. t: i:i (:),:1 El(i E:~:31..1 ,::tEJ. (::0 (::0
- • se olvidó con el deliberado propósito injuriar o dE~tener de
19110 • arbitrariamente al procesado. Desde la medida de aseguramisllto __ .. ya se sabia que OTROS revólveres o armas de fuego fl.terot'ElSGRIMIDOS
- , .. en p r-es e nc a de todos ... '", ce rrtr-a en e I revól ve , , 1 rLI..IE:!SJ() SE~ .. .. .. ro.•'•~ ~_::l! ITl :J. I í
, ,, •
- I,
• • 1 • • • I • ~----~---'--~-------------------- • ~~-------~_::-...~--~~ --- -
- I . , ,
- 1 r 1
~ • •• •
REPUBLICA DE COLOMBIA
092 • e. ,'/Ve , • , • , ,¡ • - •
- ,
, , • cliente, oportunamente e nv i.ado a 11E:[)ICIl'lj_AEC;~~.I._. '",~/e 1'e1l e xper+ •
- . ·ticio donde se dice que es imposible realizar el examen por CLlanto
- • • 1as es t r ías y los mac izas de 1 p r-ove c t i 1 """. no s o rl~~F)l'OS r a E:~t:.u:;;
1:)':1. . o comparati va ... " , pa ra ce)rlc u i LE \(' e (~)rr,~~ E d 1 que '1 ~'1 l. ~3 r',o c (.";• e, o• 1" 1:) (;i ."t l. 1-, , í el arma homicida. •, , , , , , Más adelánte, es el testimonio de CELY DIAl el l)lanco de ' .;:: '-' ~~ ~taque, tildándolo de ',o n 1E' E > l ·,J ..) , .'"! ~••I '~.~ • ,. d . • ___ e srne rrt r , _. a los peritos legistas. r> 00 a m<:1 ~.J., o, F" .3, í ,, nificar la dicción de su patrocillado puesto que 1'1 ".~ o .1 \/ i (::1 r c' él (o""•'.• _ .. .. ....;.;> ,-_. , • los cargos que bajo la gravedad del jljramento , PABLO MORA: tanto LEYTON CORRALES como GAf~C:[A BOI_lVAR serial.al-ona to yerro del Tribunal estriba en rlO IlaberJ.e cI"eido al acrimina(::lo y,o en cambio, haberle prestado toda atención a 1a p ue ba 1i .. , Nuevamente el falso juicio de convicción es '1 ..... , r" 1'1·rt ~I'- r-· ..' E!l casacionista para defellder los u ,~sJ' r' " S' <~,- ~',", 1-1'[ .'" 1 (,I ~.'
...:.! ..:J 1;:::; .~) ""_ ~~:!o',C;.-) .). L) '_ . ....II:J,. ....'...... ..
•, I i , I I • • Razón tiene el Ministerio P01)lico ell adver"tir que, pese a fUI'1
- • dame nta r e 1 acto r 1a imp utac n .." __e up se) ,:i e ie) t.o f i <:11 11 1.11'1 S 1.1(O! S 1..1 (::1E~ í ó . . identidad, no demues·tra que c:e de la pr~eba testimonial e indiciaria(en CLlanto se refiere a los
, • hechos indicadores), sino que pretellde llegarle a es·tos elementos _ ... probatorios determinado poder de convicci.ón que le asignaron los jueces, con lo cual desvía el sentido dé la ar-gumel'ltacióIlhacia el , • error de derecho. No sobra advertir, que aOn pasando por alto la , , , , • • , , , " , " • , '. , · • • , , ,
- .' • • • • .--- ---- -_-- _, _, --- -- ._-- -._--- -.- ----- - _ ----
., . ".,
- I
I , I , ... • J\"I" -' , , ; , , , , /
REPUBLICA DE COLOMBIA
I , - , 093 , . ' • , re: 1 .. .~' ~ , , , , , " ,
- . . . deficiencia tecnlCa. támpoco tendría vocación de éxito un ataqlJe dE~ , esta naturaleza. pues no pueden prosperar las demandas en las que su autor simplemente se limita a oponer su pet-sonalísimo criter-ic:) • , , de valoración probatoria al utilizado por los jl.leces.ignorando qlJ8 t . .. .. . t t . 1 . esta con roverSla. Cler'-amen'e se agota en as lns:anClas .... t , . ' , I , Este cúmulo de desaciertos culmina cor, la síntesis de su I extenso alegato en el que indica que acusa la sentencia por" ¡,aber"se apor ado "" ..a espaldas del or oc eeado ... ". una o qr t fot af La Sll~>lél •• "". , , , , a, co n el deliberado propósito de de sv a nve crací 1(:)m rl. st ón , ,.• ". i ss í í í , mo que de un retrato hablado de PABLO MORA. amén de haber valorado I , , I i en forma errónea la versión de CELY y la I)eritación i udi c íaI .. """ .. ' , I . , I ,,
- I
• , ,, . , El fracaso de la demanda es ostensible y asi ~lade clecJ,aras8_ ! I, I , I , ,
- •
, , Con base en lo expuesto anteriormente, la SALA DE CASACION PENAL dE!! , , la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. administrando
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