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CSJ - SP 6913(28-05-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 6913(28-05-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

I • • - Rad.Nro.6913. Revisión -s};~..~~ r~... · ...":Jt~ Procesado : AN'TONIO PLAZA ORTIZ Jri..... r.._ •• ,.<: .••__--.•..•• ... . - , · • ,! ~ " \' !,~;:.- '1 -~, ij.~..",-. . •

  • Delito: Estafa . ::;TJrREMADE .JUSTICIA

,

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

ISantafé de Bogotá D.C., ve n í.ocho de mayo-ede m I novecientos noventa dos • t y í í

  • • Vencido el término de apertura a pr~ebas, se decreta:

• l. Ténganse conlo pruebas en el valor que les correspondiere, los documentos aportados por la abogada demandante, así: a) La certificación expedida el 29 de agosto de 1991 por el Banco del Estado, sucursal Neiva, que obra a folio 17 del Cuaderno de Revisión; • b) La certificación expedida el 25 de septiembre de 1991 por el Banco del Estado, oficina de Neiva, agregada al folio 18 del cuaderno de Revisión; • c) Fotocopia de la nota que con fecha 27 de julio de 1989 dirige Antonio r. Plaza z al Banco del Estado, oficina de' Nei va ordenando el no Or t í . pago del cheque 373 1604 (folio 19. C. de R.). d) Fotocopia de la denuncia presentada por Osear Iván Gómez Perdomo, el

  • 27 de julio de 1989, ante la Dirección de Justicia Municipal de va; Ne i • e) Certificación expedida por el Banco del Estado, sucursal de Neiva, en la cual consta que el 30 de agosto de 1989 se canceló la cuenta corriente de Antonio Plaza Ortíz, obrante al folio 48 del cuaderno original del proceso objeto de la Revisión.

2. Recíbase declaración bajo juramento al señor Osear Iván Gómez Perdomo,

P. R. M. ,T. Indllstrm

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. '. ::lt'REMA DE .TUSTI(-':JA

2. , con respecto a los rllotivosque existieron para que el cheque girado a favor de Her-y Mo Iina 'forres es tuvieta en su poder, antes de haber sido entregado a

. , esta, las circunstancias en ~,:;v'i-rtdued las cuales se ex·travió, y todas las incidencias relacionadas COll estos aspectos.

3. Re c baae declaración bajo juramento a la señora Mo Ldna Torres, Mer-y í • .diligencia en cuya realización la apoderada del impugnan te podri ejercer el derecho de contrainterrogar, puesto que en el procedimiento penal no existe • la í.nst tución del "interrogatorio de parte". La deponen te será cuestionada í • sobre las circullstancias en las cuales recibió el título valor que resultó irnpugnado y especialmente sobre la identidad de quien se lo entregó •

4. Previa citación del. condenado Antonio Plaza Ortiz y de la of'endida Mery • Malina Torres, practiquese diligellcia de reconocimiento en fila de personas, r

con las ritualidades establecidas en los articulas 389 y 390 del Código de Procedimiento Penal. •

5. Practiquese una diligencia de inspección judicial a los archivos del • Banco del Estado, oficina de Neiva, a la cual pertenecia la cuenta corriente de Antonio Plaza Ortiz, con el fin de comprobar los siguientes puntos:

A. La autenticidad del rlocumento agregado al folio 19 del cuaderno de la Corte, comparándolo con el original que debe reposar en la mencionada oficina;

B. Establecer la fecha en que dicho documento fue recibido en la

, , • • J!'. R. M.•T. Incll1strl", Cllrceln.rl.a ::11'RF:MA D:F: .11JSTICIA

3. , entidad barlcaria; y quién fue el empleado que lo recibió.

C. Agregar al expediente ¡fotocopias autenticadas de los documentos que se hallen en la carpe~a del cuentacorrentista y que se relacionen con

_- -- -~ .~.~_._' . .... " .. • ,.;022,+ el manejo y cancelación de su cuenta corriente.

G. Pr-act se .una. judicial en la Dirección de Justicia Mun í.cpa L Lque Lnapccc i ón i

de Neiva, para establecer : a. La autenticidad del documento (copia de denuncia) agregado al folio 20 del cuaderno de la Corte, previo cotejo con el original que allí debe reposar. b. Dilucidar qu~• enes son los funcionarios que suscriben el acta en referencia en calidad de "Director de Justicia" y de "Secretaria", y,

de ser p• osible, dentro de la mí sma diligencia hacerlos comparecer para el reconocimiento de sus respectivas firmas. c. Comprobar • la denuncia formulada por Oscar' Iván Gómez Perdomo se Sl , encuentra archivada en el lugar que le corresponde con respecto a las presentadas por la Inisma época, para cuyos efectos se revisarán loslibros radicadores de denuncias y demás documentos que ayuden al esclarecimiento de este punto.

7. Si logra establecerse la identidad del ernpleado del Banco del Estado

- . • oficina de [~eiva, que recibió la nota mediante la cual Antonio Plaza Ortíz • da la orden de no pago, citarlo para que rinda declaración bajo juramento, sobre ese hecho y todas las circunstancias concomitantes a él.

8. Recepcionarle declaración bajo juramento a los empleados de la Dirección

F. R. M.•T. lndllRtrl", Cnrr.elI\Tl,

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4. ~;(JPREMADE .Tl:TSTICIA de Justicia Muni c i pa I que intervinieron en la diligencia que consta en el acta cont.en t i va de la denuncia formulada el 27 de julio de 1989 por I Oscar Lván Gómez Per domo y cuya copia obra al folio 20 del cuaderno de

la Cor-Le , • la ca de las diligencias ell los ordinales a Par-a pr-áct or-denadas 2 8 í ele este proveído, se corní s i ona por el término de quince (15) días y con . 8111pials l tades al Juzgado de Instrucción Criminal (reparto) de la facu • ciudad de Neiva. REVOCA IJar otra par t.e , se el aut o de 27 de abril de 1992 (folio 67, cuaderno de la Corte) ant.e el cual se reconoció personería al doctor Orlando med í Bui trago s sustituto de la doctora María del Pilar González 'l'or-r-e corno • Contreras, mandataria del condenado recurrente, por cuanto la citada ~rofesional carecía de la facultad expresa para sustituír. t i y No f'Lque se Curnp l as e • • • • • •

PATRICIA DUQUE SANCHEZ

.. Magistrada ."

  • .

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RAFAEL l. CORTES GARNICA

Secretario • CEUG. •

F. R. M. J. IndlJstrl1\ (;"rr.p.ln.rJ

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