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CSJ - SP 7147(12-05-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 7147(12-05-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

. ,00T,ICA D.R COJ.oM.RJA

Expediente No. 7. 147 c

SOPRI':MADE JUS'l'ICJA

CORTIE DIE JUSTO COA

DE

Magistrado ponente:

Dr. RICARDO CALVETE RANGEL

• Aprobado Acta No. 056 Santafé de Bogotá, D. C., doece de mayo de mil novecientos noventa y dos.- •

  • VISTOS: El procesado NELSON MARIO VASQUEZ GARCIA· solicita el beneficio de libertad provisional al considerar que el tiempo efectivo en reclusi6n y la rebaja de pena a que tiene derecho por trabajo, superan las dos ter

-

  • • ceras partes de la sanción que se le impuso en este proceso.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: El Juzgado Noveno Superior de Medelfn mediante sentencia de fecha 10. de agosto de 1991, conden6 al peticionario a la pena privativa de la 11-

J , -, :C_\ DE COJ..oMRlA

2. .msrrcr ".cREMA DE A bertad de diecinueve (19) años de prisión, como coautor de los delitos de homicidio agravado y hurto calificada y agravado, sanción que lefuera modificada por el Tribunal Superior de la misma ciudad en el sentldo de fijarle cuatro años de prisión por el punible de hurto cali (q) ficado y agravado, absolviéndole por el homicidio agravado, según fallo de fecha 31 de octubre siguiente.

, El peticionario se halla detenido desde el 17 de febrero de 1990, es de- ., clr , ha descontado efectivamente de la pena Impuesta en segunda Instancia velntlsels (26) meses y veinticinco (25) dlas , Insuficientes para acr~ dltar el cumplimiento de las dos terceras partes de la sanción que equlva ,, - , I , , len a treinta y dos (32) meses de prisión. I Como el procesado no acompañó certificados sobre trabajo o estudio ytampoco aparecen en autos, ninguna rebaja de pena puede reconocerlela Corte, razón suficiente para negar el beneficio Impetrado. , I ' I Tampoco se acompañó a la petición el acta del Consejo de Disciplina ycopla de la cartilla biográfica, documentos que de conformidad con lo -- preceptuado en el artículo 628 del Código de Procedimiento Penal se requieren para poder decidir sobre peticiones de libertad apoyadas en el artfculo 72 del Código Penal. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA -- DE CASACION PENAL, NIEGA al procesado NELSON MARIO VASQUEZ GARCIA el beneficio de libertad provisional. , Cópiese, notlfTquese y cúmplase. ___ ~~ .. .. _.~__~_~~_. _ ~~ _~__~ ~~_~~.'~='=_=======_ =~ =~_J' • I • •

- _ I TCA DR COJ.QIIUlIA

3. Casaci6n No. 7. 147 Niega libertad provisional ~ ~[PRE:MADE JUS'l'ICIA a

NELSON MARIO VASQUEZ GARCIA.-

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