🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 7172(25-03-1992)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 7172(25-03-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

------------------. . - Casación No. 7.172 ,

CORTlE SlUllP'RIEW\ OlE JlUlSTOCOA

SAlLA OlE CASACOOINI IP'lEINIAIL

, ,

Magistrado ponente:

Dr. GU I LLERMO DUQUE RU IZ

• Aprobado Acta No. 037 '. . Santafé de Bogotá, D. C., veinticinco de marzo de mil novecientos no- '. venta y dos.- "

  • VISTOS: El procesado FELIPE SANTIAGO SILVA JIMENEZ solicita el. beneficio de libertad provisional al considerar que en detención preventiva y las rebajas a que tiene derecho de conformidad con lo preceptuado en la Ley 32 de 1971 y Artículo 301 del Código de Procedimiento Penal, acredita el cumplimiento de las dos terceras partes de la pena que se le impuso en los fallos de instancia. A su petición no se -- acompañó certificados de trabajo o estudio, acta del consejo de disciplina ni la cartilla biográfica .

• ------_ .. , , -~---~--- lel\ o E ,_.e\,. , 2.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: • El Juzgado Veintiocho Superior de Santafé de Bogotá, mediante sentencia de fecha 15 de agosto de 1991 condenó a SI LVA J IMENEZ a la

, , \ pena privativa de la libertad de sesenta (60) meses de prisión como , autor responsable del delito de homicidio en la persona de William -- Cuadros Henao con reconocimiento del atenuante previsto en el artículo 60 del Código Penal, decisión que fuera confirmada por el Tribu-- nal Superior de la misma ciudad en fallo de fecha 18 de noviembresiguiente. " \ El procesado estuvo inicialmente detenido del 2 de febrero de 1990al 15 de junio del mismo año, fecha en la cual. se le otorgó el bene-- ficio de libertad provisional y del 17 de enero de 1991 a la fecha, es , , declr , ha descontado efectivamente de la sanción impuesta dieciocho (18) meses y veintiún (21) días, insuficientes para acreditar las dos terceras partres de la pena, máxime que no acompañó certificados -- - sobre trabajo o estudio, acta del Consejo de disciplina y copia de la cartilla biográfica, documentos que tampoco aparecen incorporados a los autos. , Esta sola circunstancia impide a la Corte entrar en consideracionessobre las rebajas de pena y su personalidad .que eventualmente puedan serIe favorables para obtener su excarcelación. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA ,

DE CASACION PENAL,

, -, " ,, 3.

RESUELVE:

10. NEGAR al procesado FELIPE SANTIAGO SILVA JIMENEZ el be- • neficio de libertad provisional.

" ,

20. Para la notificación personal del detenido, comisiónase al Juez -

" • Primero Superior de Tunja ( Boyacá ) a quren se le librará des

  • " pacho con los anexos correspondientes •
  • • Cópiese, notifíquese y cúmplase,

CARREr\JO LUENGAS

¡ •

DUQ E GO VE UEZ

/ I • a~-'¿ • S

DI D I MO PAc_E_:_VZ~E=-:L::_A::__N--==-:D=~jI~A:_'

JUAN MANUE RIQU

• Rafael Cortés Garnica Secretario. ------"

Consultar sobre este documento ...