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CSJ - SP 7267(07-09-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 7267(07-09-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

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'_'JDlICA DE COLOMBIA

Expediente No. 7267, , , " •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

• , Magistrado Ponente

Dr. JORGE ENRIQUE VALENCIA M .

• Aprobado Acta No. 112 : I , i ! ,, Santafé de Bogotá O.E., siete de septiembre de mil novecientos , , ¡ noventa dos. y ,

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V 1 S T O S

  • • El procesado LUIS ALBERTO NEIRA BLANCO solicita el reconocimiento' de la rebaja de pena por confesión conforme a 10 previsto en los , artículos Y siguientes del código de Procedimiento Penal.

296 , , , , , , , , , : • , , I I , _.. c------~------c----,.___---- .--c-~~._._----:>:;, -- • • . .. . ".' í'····,,······ ". ';,

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• 2 CONSIDERACIONES DE LA CORTE Esta Sala, en providencia de fecha 22 de abril del presente año se abstuvo de considerar similar petición que elevara LUIS ALBERTO • NEIRA con apoyo en el artículo del Código de Procedimiento 301 Penal en atención a que el Juzgado Cuarto Superior de Maniza1es en su sentencia de fecha 14 de noviembre de 1991, mediante la cual 10 condenó a la pena privativa de la libertad de diez años de , (10) I , I prisión como autor responsable delito de homicidio, le negó • expresamente la referida rebaja, decisión que fuera confirmada por • el Tribunal Superior de la misma ciudad en fallo de fecha 18 de I • diciembre siguiente. i , I Ha dicho la Corte en forma reiterada que .. El reconocimiento de la I , , rebaja de pena por confesión previsto en el artículo del CÓdigo , 301 I de Procedimiento Penal anterior (Art. 299 del actual), solo puede I \ ser concedido por el juez de primera instancia al momento de dictar ,, , sentencia, o el superior jerárquico al revisar aquella por vía de apelación o de consulta, o la Corte en sede de casación en el evento de la prosperidad de la demanda que se presente, siempre y , , . cuando contenga la correspondiente acusación o cargo sobre el punto,

concreto. Cualquier pronunciamiento en un incidente de libertad sobre el referido tema, comportaría el desconocimiento del contenido del fallo acusado, 10 que resulta a todas luces inconducent e ... , • En consecuencia, la Sala se abstendrá nuevamente de considerar la • petición de rebaja de pena por confesión que reclama el procesado. . I ' I I I I I , .. . -, .----:-:-:-~___:___~~__:;__c~__;_-~-~~---~---- ~ .• ,'0 •••.••••••• _'O, , , ..•. "'~,""~""-"''''-''''''''''' "'," • ", I • ,4 • •• .' ....... • _. '. • '. ...... .,.', ' _"

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  • I En mérito del 10 expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE

· , , , CASACION PENAL, SE ABSTIENE de considerar la petición de rebaja de I pena por con fes ión que rec 1ama e 1 procesado LU 1S ALBERTO NE 1RA , • I I

BLANCO .

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COPIESE, NOTIFIQUESE CUMPLASE. y ,

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JORGE CARREÑO LUENGAS ,

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RU<i GUSTAV EZ ,

L

GUILLE

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DIDIMO PAEZ' VELANDI I -~ __

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RIQUE LENCIA M.

JORGE

JUAN MANUE

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RAFAEL CORTES GARNICA

SECRETARIO .

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