CSJ - SP 7310(09-09-1992)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 7310(09-09-1992)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1992
I • i , , I
'EPUBLICA DE COLOMBIA
, • , , Expediente No. 7310, I ,
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
• Magistrado Ponente
Dr. RICARDO CALVETE RANGEL
Aprobado Acta No. 113 1 • 1 I , , , 1 Santafé de Bogotá, D.C., nueve de septiembre de mil novecientos • noventa dos. y 1 , • , 1 , I J
V 1 S T O S
• • , ~I I • I , ! , , , , , El procesado recurrente en casación ORLANDO RIVEROS GONZALEZ ,,I , " , I solicita el t c o de libertad provisional previsto en el .bene i 1 í i I , numeral 20. del artículo del Código de Procedimiento Penal por 1 415 ,, , , ! considerar que el tiempo efectivo en reclusión la reducción de y , , I pena a que tiene derecho de conformidad con 10 previsto en el , , 1 artículo ibídem, superan las dos terceras partes de la sanción I 530 I , que se le impuso además, por reunir los requisitos del artículo , y, 1 , , 72 del Codigo Penal, no requiere de tratamiento penitenciario. , , j , I, ,1 , , , , , , ,
lEPUBLICA DE COLOMDIAI
, • 2 Acompañó a su petición certificado sobre trabajo, copia de la
cartilla biográfica acta del consejo de disciplina . y • • . •
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CONSIDERACIONES DE LA CORTE
.
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. El Juzgado Primero Penal del Ci rcuito de Santafé de Bogotá, mediante sentencia de fecha 22 de agosto de 1991, condenó a RIVEROS GONZALEZ a la pena privativa de la libertad de cuarenta ocho (48) y meses de prisión como autor responsable del delito de Hurto Agravado Calificado, sanción que fuera confirmada por el Tribunal y Superior de la misma ciudad, mediante fallo de de noviembre 18 I siguiente, el que es ahora objeto del recurso extraordinario de I , I, I casación. I El procesado se halla privado de su libertad desde el de 18 • septiembre de 1990, es decir, ha descontado efectivamente de la • Por trabajo pena veintitres (23) meses veintiún (21) días. y I acredita 4.064 horas que le dan derecho a una rebaja equivalente a ; , , ocho meses catorce días, para un acumulado de treinta (8) y (14) y , superiores a las dos terceras dos (32) meses e • nco (5 ) días, y 1
- • parte de la sanción impuesta en los fallos de instancia. ' El peticionario no registra antecedentes penales , , contravencionales, su conducta dentro del establecimiento • carcelario fue calificada como ejemplar el trabajo por él y
'EPUBLICA DE COLOMBIA
I I ! • •
- I 3 realizado en el mismo ha sido permanente todo cual permite a la
10 Sala realizar un pronóstico favorable sobre su rehabilitación s o c ia 1 q u e , no r e q u ie red e t r a t am ien t o pe n ;ten c i a r io por m á s y tiempo, razón por la cual se le otorgará el beneficio solicitado previa caución prendaria por la suma de CIEN MIL PESOS • que consignará a favor del juzgado de primera ($100.000.00) instancia suscribirá diligencia de buena conducta compromiso al y y tenor de preceptuado en el artículo del CÓdigo de 10 419 Procedimiento Penal. En mérito de expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE 10 •
CASACION PENAL,
R E S U E L V E
• ,
- I
, I I, ! I I I CONCEDER al procesado ORLANDO RIVEROS GONZALEZ, el beneficio de 1.-
- • libertad, previa caución prendaria por la suma de CIEN MIL PESOS que consignará a favor del Juzgado Primero Penal del
($100.000.00) , Circuito de Santafé de Bogotá la suscripción de diligencia de y I ,, , , I buena conducta compromiso conforme lo preceptuado en el artículo y , del Código de Procedimiento Penal. 419 " I I • i
- , Satisfechos los anteriores requisitos, se librará la I
2.- I , , correspondiente boleta de libertad al Director del Centro de
I , Reclusión de la Pol icía Nacional, con advertencia de que solo , producirá efectos en el evento de no hallarse solicitado por otra ,
I 'EPUBLICA DE COLOMBIA ff
• , • • 4 I • Casación. No ..7310. CONCEDE LIBERTAD A ORLANDO RIVEROS GONZALEZ. 3.-Para el cumpljmiento de esta providencia se comisiona al Juez Primero Penal del Circuit.o de Facatativá a quien se le librará la I , • correspondiente comunicación telegráfica. I I I • I I I
COPIESE, NOTIFIQUESE y CUMPLASE. ,
I
JORGE CARREÑO LUENGAS
• DO CALVETE RA
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GUSTA EZ VELA Z
GUIL E Z
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RGE ENRIQUE VALENCIA M .
JUAN MANUE ORRES FR EDA
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RAFAEL CORTES GARNICA
SECRETARIO.
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