CSJ - SP 7547(15-07-1992)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 7547(15-07-1992)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1992
Rad.07547. Extradición. Orlando Russo Targarno.=
COLOl\IDIA
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DE JUSTICIA
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Aprobado Acta No. 87
Magistrado Ponente:
Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ
Santa Fe de Bogotá, D. C., quince de julio de mil novecientos noventa y dos. Resolverá la Sala sobre la práctica de pruebas solicitada por el apod~ rado del reclamado en extradición, señor ORLANDO RUSSO TARGARNO.
SE CONSIDERA: '· 1.- Dentro del término de traslado para la práctica de pruebas, el apo
- . derado del reclamado Russo Targarno pidió que se tuvieran como tales la documentación recibida del Ministerio de Justicia, las declaraciones extrajuicio• 1 que aporta sobre la unión del requerido con Carmenza Quintero Sánchez y lashijas que con ella ha tenido, como también los correspondientes registros ci_ viles de nacimiento.
Pide que se oficie a la Dirección de Extranjería del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), "para que con carácter urgente, remita con destino al proceso en referencia el resumen del registro (T.D. No.l966021) o ré - cord biográfico y de actividades que allí llevan a nombre de mi defendido", e igualmente que se oficie "a la embajada del Gobierno de Italia en COlombia, • directamente u observando el conducto diplomático según sea procedente, para que informe con destino a esta actuación lo siguiente: Cuál es el organismo o
entidad de ese Estado encargado de llevar el registro identificativo de losciudadanos italianos, qué normas regulan el procedimiento y medios de identificación o indicar cuál es el procedimiento y medios o mecanismos de identificación de los nacionales italianos". '
P. B. M. J. Indu.strJI\ Carcelar
_ --_,. '1-0~IA • •.
- '.\ DE JUSTICIA - 2Por último, solicita que se oiga en declaración a tres personas, a fin de que "informen a esa alta corporación de justicia sobre la conducta, situación e integración familiar, actividad económica y profesional adelantada por mi defendido ORLANDO RUSSO ••• ". ' 2.- La Sala señala que las pruebas que proceden en este trámite de extradición, sólo son aquellas que tienen que ver con el concepto que se debe emitir sobre la viabilidad de la misma, concepto que ha de basarse en facto_ • res como "la identidad del solicitado, el principio de la doble incrimina _ . ción, la equivalencia de la providencia proferida en el extranjero y, cuando fuere el caso, el cumplimiento de lo previsto en los tratados públicos", se
- - gun reza el artículo 558 del nuevo Código de Procedimiento Penal, que reprodujo literalmente el 657 de su homólogo derogado.
Bajo esas premisas, la Sala tendrá como pruebas la documentación enviada por el Ministerio de Justicia y ordenará que se practiquen únicamente las solicitadas por el apoderado en los literales d) y e), que aluden a la
identidad del requerido Russo Targarno y que parcialmente se transcribieron- ' arriba. Las demás, por ser ajenas a la extradición en sí, serán negadas. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASA_ CION PENAL, R E S U E L V E: 1.- Tener como prueba la documentación aportada por el Ministerio deJusticia. 2.- ABRIR esta actuación a pruebas por el término de diez días, mas el de la distancia, para la práctica de las pruebas pedidas por el apoderado del reclamado en los literales d) y e) de su escrito. Por la Secretaría de la Sa_ la, provéase al respecto. •
P. B. K. J. Industria .Carcelar
! -:!C.\ IIR COLOJ\lntt\ Rad.#7547. Extradición. Orlando Russo Targarno.• i:!El!A DE JUSTICIA - 33.- NEGAR las restantes pruebassolicitadas. 1 Cópiese, notif!quese y cúmplase.
LUENGAS
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JUAN MANU TORRES
JORGE ENRIQUE VALENCIA M.
Rafael Cortés Garnica
SECRETARIO
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