CSJ - SP 7678(05-06-1992)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 7678(05-06-1992)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1992
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Magistrado Ponente : •
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Aprobado Acta N°. VI-92 067.... • Santaféde Bogotá, D.C., Junio cinco de mil novecientos- "
- ;1 noventa y dos. .
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VDSTOS :
. I " ,-¡ I , ., ' , ' ,, , r I De plano' decide la Corte el incidente de collsl6n de corn- . petencia suscitado entre los Juzgados de Instrucci6n Criminal 20 de Moniquirá de Santafé de Bogotá, dentro del - (Boyacá) y 107 proceso que por el delito de Hurto agravado se adelanta y en donde figu
- . ran como involucrados !PABILO IEILOAS' , II)OILlLy INIAINICY RIE-
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YIES y IRAUIL AILIFONSO .D CIHIOQUDZA.
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AINITIECIEIDIEINITIES D DATOS:
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- I De la finca Campo hermoso ubicada en la vereda Res
, I I I -. I quar do de blancos del municipio de Chitaraque, dentroI . . ,, de la jurisdicción. de Moniquirá (Boyacá), amigos de lo ajeno se apoderaron , . I mediante el empleo de violencia en el mes de septiembre de 1991 de varias ! • I, I partes de un inotor destinado al trapiche de la finca mencionada y avalua- ,I , , • das en dos millones de pesos. , , , " ,, , , /' Días después, el propietario localizó dichos bienes en unI . almacén de repuestos de maquinaria agrícola en la capital ! r I I , I y de la República, siendo decomisados puestos a disposición del juez 20 de • practicó algu Instrucción Criminal de Moniquirá quien abrió investigación,
- , nas diligencias y resolvió enviar por competencia el proceso a reparto delos Jueces de Instrucción Criminal radicados en Santafé de Bogotá, propo
- .~ •• niendo colisión negativa de competencias. " • \. ¡ i .' !
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!PUINITOS DIE VOSTA DIE LOS TIRAIBADOS IEINICOLOSOOINI :
- • El Juez de Moniquirá, al proponer la colisión negativa de competencias, lacónicamente sostiene que como lo demos - . trado hasta el momento es la infracción al artículo 177 del C. P. que tuvolugar en la ciudad de Bogotá, es a los Jueces de Instrucción de la Capital a los que corresponde el conocimiento del proceso .
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, • ..-.-----------~~~~----==============================--==--------------==~ 3 , , , • Por su parte, el Juez 107 de Instrucción Criminal radicado en Santafé de Bogotá a quien le fue repartido el pro- • ceso, acepta la colisión con el argumento de la conexidad entre el hurtoinvestigado y la receptación cuyos autores son conocidos, siendo entonces • por factor territorial competente el Juez de Moniquirá por haber tenido 0- . , , , currencia en esa jurisdicción el hurto de los bienes respecto de los cuales ,' , , . , , , :,I , I se consumó la receptación. Envía a la Corte, por competencia, el proceso. , I , . I ,
CONSOOlIERACOOINlIES0l1E LA CORTIE :
, I , ,, , , I I f. i , , ! . Es evidente que la razón está de lado del Juez de la Ca-
, , :, , . , pital de la República no solamente por no existir duda a- , , ! I ,\ , . cerca del lugar de los hechos del delito base, el hurto, sino además, porque si se considerase a ambos jueces competentes en razón a la conexidad . . indiscutible existente entre las dos infracciones dadas,. por competencia a . I prevención le corresponde conocer del proceso al Juez 20 de InstrucciónCriminal de Moniquirá por haber sido él quien conoció primeramente de la denuncia for-mulada y abrió la investigación correspondiente, según lo pre - , , ceptuado en el artículo 75 del C. de P. P•• ., , • ! , Ahora, la con.exidad entre estas dos infracciones es algo- . definido ya por la jurisprudencia . • . , • • .. ..' ..,-" ... _ ..... -, ","",'--- .
O.E COL
-ji¡ " 01.1 , al,,! 4 , , • • . En efecto, con ponencia del Doctor Darío Velásquez Gaviria la Corte dijo en auto de noviembre 24/83: también 11 ••• en la receptación aparecen vinculadas subjetivamente esas dos actividadeso conductas, pues, quien adquiere un objeto, sabiendo que es producto - • , • de un comportamiento ilícito, además de que obtiene el provecho que con - . ello busca, sabe que contribuye a que su autor logre a su Vez el suyo, y , ,_., propicia a que sea más difícil la labor de la justicia. "i '11 • ,
- El hecho de que no hayan podido ser identificados, has 11 - I,
, - ta ahora, los responsables del delito de hurto •.. no , •, , -... • , ni que no haya habido algún contacto entrequiere decir que no -existan , , - ellos y el receptador, nl que no se conozcan entre sí. Es problema de . I prueba (Jurisprudencia Penal 1983. Compilador Alfonso Reyes Echandía. 11. , , Universidad Externado de Colombia, pág. 68 ). , " .' , Es exactamente el caso que ocupa la. atención de la Cor- . te ahora, y no porque el auto cabeza de proceso hiciera . referencia solamente al artículo 177 del C. P. ha de entenderse que esa es , la única infracción que se está investigando, ya que lo uno es consecuencia de lo otro. • , , . Así las cosas, se resolverá el incidente en favor del Juzgado 107 de Instrucción Criminal de la Capital de la Re- • pública, asignando el conocimiento del proceso a su homólogo de Moniquirá
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, ( a quien se le enviará inmediatamente, dando noticia a aquél de lo decidido.
En mérito de lo expuesto, la CORTIE DIE JJ IlJIST OCOA, SALA DIE CASACDOINI IPIEINIAIL, de plano, .., , 11 . ,
RIESIlJIIEILVIE:
, , , , . DORDIMIDRel· presente incidente de colisión de competencias. en favor del Juzgado 107 de Instrucción Criminal de SanI tafé de Bogotá. En consecuencia, asígnase el conocimiento de este proceso " , al Juez 20 de Instrucción Criminal de Moniquirá (Boyacá), a quien se leenviará la actuación inmediatamente, informando de lo ocurrido al de la Capital para lo de su cargo .
- , Cópiese y' cúmplase.
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RIC VETE
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0101 PAEZ NOIA . PATRICIA OUQUE
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JUAN MANU TORRES SNEOA JORGE ENR VALENCIA M.
, , r Rafael l. Cortés Garnica • Secretario , , ______ -=o==- ~..~ ._.. .=_, ~=""---'-'..;...' .'-'.,-'..~. -"~" _'--- . ,_, '. _0. _ .-"' . .....__ ..... ...;.. ..