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CSJ - SP 7745(21-09-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 7745(21-09-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992

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'_JlICA DE COLOMBIA

Radicaci6n No. 7745 Luis ,.Ornar Rosero Obando • • , Casaci6n. , , I , , • , , .' .t

CORTE SUPRE;IlA DE JUSTICIA , S A L A D E C A S A C-~ O N P E N A L

I' Magistrado Ponente

FRESNEDA

Dr. JUAN

Acta Aplobatoria No. 113 , (Septiembre 9 de 1992) , · de D.C., Santaf6 Bogotá Septiembre veintiuno (21) de mil novecientos noventa y dos 01992). , , • , • • I , ,

VISTOS

I • • • , ,- '. , , I , I , Se decidirá sobre la' pr6rroga del término , • que para sustentar el recurso de casaci6n, solicita el apoderado del , procesado LUIS OMARROSEROOBANDO. , DE • • • , ' , 1.- El día veintisiete (27) de agosto del año , en curso se recibi6 en la secretaria de la Sala Penal el memorial , sustentatorio del recurso extraordinario de casaci6n presentado por , • el abogado ELlAS ENRIQUE RODRIGUEZFONTECHAapoderado . del procesdo • .', .. , . , , LUIS OMARROSEROO\ANDOacompañado de un escrito solicitando pr6rroga

. • , , , del término por un dia. I • , I t • .. • 2.- Fundamenta su petici6n' en el hecho de que ,' , , , , el d1a veintiseis (26) de agosto del corriente afio vencía el término ·•, ·,

  • ,

, .. , • • , • - para presentar la sustentaci6n del recurso) pero' debido a un accidente , - - , ' , , • I - • , , , I - . , , ~~~--~-------~~--..,.:_-~~~~~~ ,

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  • :.JLICA DE COLOMBIA -2fué inmovilizado debiendo permanecer acostado a consecuencia de hemorragia interna y haber sufrido poli traumatismo. Agrega que cuando 10gr6 levantarse llegar a la secretaria' de la Sala cerraban las oficinas y • en ese momentopor ser la hora de culminaci6n de labores.

Invoca el principio de integraci6n del articulo 2, literal 4 del' C.C.A. que determina que en virtud del principio de • eficacia se tendré. en cuenta que los procedimientos deben lograr su . ' finalidad, removiendo de oficio los obsté.culos puramente formales y evitando decisiones inhibi torias. I

, 3.- La Sala recuerda que el articulo 172 del j , ,, , , C6digode Procedimiento Penal (antes articulo 169) regula que los términos , ; •, judiciales no pueden ser prorrogados sino a 'petici6n de los sujetos procesales con antelaci6n al vencimiento y por causa grave justificada. I

  • , La citada disposici6n no admite otra interpretaci6n, menos cuando el término para sustentaci6n del recurso extraordinario de casaci6n es amplio suficiente (treinta dias) y (30)

  • • lapso bastante para la elaboraci6n y presentaci6n de la demanda, frente al cual deben preveer los sujetos procesales cualquier contratiempo 6 imprevisto.

• •

  • • • Cierto es que el ocasi6n precedente al '\ y

. •• •

  • • atender un pedimento que apuntaba a los mismos fines del presente,

  • I admtii6 la Sala como excepcional ~ la opci6n de prorrogar los términos •

, • frente a la insalvable imposibilidad en que se hallase el defensor , , para concurrir con su libelo. . , • " ••• cuando la . "'actuaci6n es extemporAnea / • I • " , - _---_._- , = ================~---='~-================~====~==~~~':::~"-"~''-'~":::'~==~~=- ===~======--==~====~~=-='='=-=-="

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'_JLICA DE COLOMBIA

-3- • r/, • ele ;f¡1I'ema por motivos insalvables e imprevistos ocurridos a último momento, de tal forma que cuando se logra superarlos la oportunidad para pedir

  • -_ la ampliaci6n ya se ha agotado, como por ejemplo, si el defensor es secuestrado, o , queda inconsciente durante unos dias, o como en el caso que nos ocupa, si se le presenta grave calamidad familiar." •

• . , , Pero sin llegar a aceptar la incondicionalidad =eesos eventos, a pie seguido se a5adi6 que • "En esta hip6tesis corresponde al Juzgador analizar la excusa que el. interesado presente, para decidir si la acepta o no y en caso posi ti vo prorrogar el tltrmino y ordenar que se tramite el recurso, la solicitud de pruebas, la demanda etc. Considerar lo contrario es • desconocer la propia naturaleza humana y , negar caprichosamente la existencia de situacio- , nes que es imposible cumplir, todo con perjUicio de los intereses de las partes, que quedarian ~ sujetas ixitl¡eliablernente a la suerte • ccntraten re¡u'OIultaci6n IElra su No. 4943.Agcsto Dr.

23/00. M.P. CALVE:l'E

, •

  • • las C8r'aCtel:-1sticas cpJe, sin t!lJaer"gO,se 001 en el caso • que ahora se pues si se atiende

versión que sobre lo ocurrido trae el solicitante, deberé reconocerse quecon su presencia en esta sede el dia en que vencía el tltrmino para , , presentaci6n de su ,demanda, cuanto demuestra es precisamente que por .. encimade las prescripciones médicas, si se hallaba en posibilidad de concurrir y presentar su escri,t:.". sin que en esas circunstancias , • , el solo retardo en arribar pueda excusarse por la misma via de , excepcionalidad que invoca. lo que necesariamente traduce en la desea tima- .

  • • ci6nIde la ampliaci6n pedida. •,

• , • En relaci6n con el principio de eficacia • , . , , , , , , , , , ' /

  • . • • •

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" - o , o o .. .' o o o . ,, 'o. ,

  • , consagradoen el Código Contencioso Administrativo que por invocaci6n y

I , conjunta del principio de integraci6n quiere o hacer ahora aplicable o .. . '. o " .

el libelista, ha de responderse que su operancia se supedita en aquellas :::aterias que no se hallen expresamente reguladas por el Código de Procedio aierrto Penal, circunstancia ajena a la pr6rroga de términos que de codo expreso consagran los C6digos de Procedimiento Penal articulo (ahora 172) Y el Penal Militar articulo 420, frente al cual no 169 o o o puede tener cabida una legislaci6n ajena para, colmar vacios que no o o existen. •

  • !

, !, o o Por 10 brevemente acotado, la Corte Suprema , , de Justicia en Sala de Casaci6n Penal, o I , RESUELVE la pr6rroga del término que para o presentación de su demanda de casaci6n solicita el defensor del acusado o o

Lms RaSERO aBANDO.

OMAR Vuelva la actuaci6n a secretaria. o NOTIFIQUESE CUMPLASE. y o 00 , •o • , o o '

JORGE CARREÑO LUENGAS

CALVETE

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, Radicaci6n No. 7745 , , • Luis Rosero abando , .Omar- , , , , ,'. Casaci6n. • ,¡rema , ---_.- _-- -- -- .. ..•. . . _ '~'-•

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RAFAEL GARBICA

,, , , , , Secretario • , • , • • • , " ,¡ , ,• . , • _ • • , • , • , I I • I , , ! • , I , , I , " , , , , . , .¡ · , . , ,, , I !, •.. , , • I _, , .- . , , , . , • ·. ,, • • ,

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