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CSJ - SP 7885(29-09-1992)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 7885(29-09-1992)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1992
  • • C:MPETENCIA A PREVENCION-Cuando es incl.erto el luoa". ~ad. D 7885 La incert1dumbre sobre el del llloar dpl1~~4 otorga la comoetencia Juez del lugar donde c al 1reero r SP "ormula la denuncia o donde se abrió la investloaclÓn.

" • Auto Colisión.- 92-09-29.- D1rime colis16n de comoetenc1a ".z oado 12 Penal del Circui to de Boc .otá .

PROCESADO(S): LUIS CARLOS VARGAS; ~AGISTRADO PONENTE: DR. D.IDIMO PAEZ VELANDIA: ~UENTE FORMAL: Articulo 80 C. de P.P.;

PU.BLICADA EN LA GACETA JUDICIAL ?(S/N): N

, • .I : •• 1 , 1 J ,. _._ - - --_._--- - - ----_.- _-_. .... . .. ---- ... ----- . ••• NO. 7885 1.11:;5 , i a{, Ja~&¿a ~'(''IIO I __

• CORTE SUPREHA--D-E-_.3_USTICIA - .-._-_ - ...... _. . ._-

- SALA DE CASACIOH PENAL ... o __ ... __ - - _

• Magistrado Ponente ;

DR. DIDIMO PAEZ VELAHOIA

Ho. Aprobado Acta 118-IX-23/92 o_e _ Septiembre veintinue Bogotá Sarltafé <le7 ve de mil novecientos noven ta y dos. . ¡ 1 I I •,

V-_I.S_T--O-S-_ :

.. • I I colisión negativa competencia Trabada de errtir-e los .Juzgados Doce Penal del Circui to de Santaf'é de t Bogotá y Penal del Circuito de Honiquirá ( Boyacá )7 coI I , .-respollde a la COI,·teSuprema de Justicia decidir de plano ! • e.l nc iderrt.,e i

_ AN_T-ECED-EN-TES :- . . -- -

.... .... La proge'li tora de Arminda Rodríguez - ni 2 • ña .henor de 1.4años - denunció el 24 de septiembre de 1991. la desaparición de su hija del municipio de Honiquirá y haberse enterado d.ías después de que la menor se hallaba en • la ciudad de Santafé de Bogotá en compañía de un muchacho oriundo de La misma localidad llamado LUIS CARLOSVARGAS, y que con él su hija mantenía una relación de noviazgo que hasta 1.a fecha de la denuncia ella desconocía_ Producido el retorno de la pareja a su pueblo al cabo de un mes~ la muchacha refirió en diligen cias pr-eLi m nar-ee haber propuesto a su novio la huída para ... í librarse de los malos tratos a que su madre la sometia y que cíurant.e su permanencia en Bogotá se Ilospedaron donde una tlermana del mencionado, en donde sostuvieron por primera vez relaciones sexuales_ 1 Cones'tas y otras indagaciones el .Juzgado 28 de instrucción Crimi'lal de Honiquirá abrió proceso penaI ; en el c urao del cual oyó en injurada al acusado~

quí.en relató que desde unos cinco meses atrás, cuando su hermano Ped.·o Forero vivía en la casa en donde también vivía Armillda,. sostenía con ella un romance,. favorecido por 'las visítiae que él le hacía a su consanguineo y que cuando éste se mudó de casa sin que él perdiera la costumbre de visi tar lo la mellor - que se había entusiasmado con los 7 amoríos - lo buscaba y asediaba, hasta Que un día,. víctima • , '

  • 3 de los mal tra'tam,ientos Que Le inferia la señora madre:.- decidió Que darse a convivir con él~ donde su hermano ahí mismo en HOlliquirá ubicando el acusado su primera relaciór·•

'!" • sexual con la jovellcita hacia agosto de .199J._ Asi mismo el .Juzgado oyó el testimonio del hermano del implicado~ Pedro.Forero~ Quien confirmó la existencia del noviazgo relatado y las frecuentes visitas de la mellor a Luis Carlos al lugar a donde él se trasladó a vivir después de dejar la casa en donde había habitado • con la familia de Arminda y en donde habia comenzado la relación sentimental ( fls_~5-18, 23-25, 29-30 cd.ppl.)_

  • • Cali'ficada la investigación con reso- : lución acusatoria por el delito de acceso carnal con menor de 14 años y not i f oacía la providencia,. el instructor re- í mitió la actuación al .Juzgado Penal del Circuito de Moni ql.irá:,pero este Despacho se abstuvo de asumir el COflOcimiento af'guyendo Que el hecho punible ocurrió en San'tafé de Bogotá corlforme al relato de la menor y del testigo Pedro Forero y devolvió el expediente al remitente~ el que a su vez se lo retornó~ recordándole Que el problema de competencia debia ser dilucidado de acuerdo a las previsiones de la ley.

No obstante el ~uez del Circuito,. sin ... • •

  • • o Larrtrareeonf 1ieto lo envió al reparto de los Juzgados de Circuito de Santafé de Bogotá, habiéndole sido adjudicado al Juzgado J..2,q.ue , basado en el dicho de.l procesado en y • el de su hermano Pedro Forero, se declaró carente de • competencia territorial y propuso la colisión a su colega de Honiquirá~ añadiendo que aún por razones de prevención~ es a tal funcionario que toca conocer (f Ls, al 52-56,. 59. 60~ 63~ 65~ 69, cd.id.) .

6~7 62~ • El Juzgado de Honiquirá retomando eldicho de la menor - que precisó que el ilicito ocurrió en ..... • Santafé de Bogo·tá - parcialmente el del testigo Forero:, .y aceptó la col isión declinar también la competencia, al aunque en el auto correspondiente habla de : •• No aceptar

  • • la colisión de competencias ...·· ( Y ordenó latl.76 ) • • remisión del proceso a esta Corporación para lo de su cargo . • _ C. O_. H_ S._ I-- D_ E.- RA-_C.I-ONES DE LA CORTE :-

El racional estudio de las probanzas Que conforman la investigación en este caso otorga la razón al Juzgado 12 Perlaldel Circuito de Santaté de Bo~otá en cuan- • •

  • 5 to a considerarse incompetente para asumir el conocimiento .. a la vez Que deja sin piso las precarias motivaciones del señor ~uez Penal del Circuito de Honiquirá para desechar su
  • • compe te.lc 1a _ Si el noviazgo con todas las facilidades de pasar a la int.imidad., entre la menor Rodriguez el y joven Vargas se Ln ic cuando éste visitaba a su hermano í ó Pedro Forero~ que vivia en la misma casa en Que hacia lo aquella con su fami lia y al mudarse éste ella continuó requiriendo a su nov.•lO en la nueva residencia de su " hermano~ asediándolo 00 pues ella me buscaba mucho,
  • • siempre iba en busca mia~ siempre le gustaba que yo andara ella .... dice acusado al relatar las circunstancias eI

COll . 0 _ • de toda c.lase en Que se desarrolló La relación sentimen'tal, •o entre las que cuentan los maltratamientos de que la madre de la menor hac a objeto y de las que esta le imponía ,. í ( fls.23 y ss.) siendo este testigo. secundado por suhermano en cuanto a la insistencia de ella : Después de 00 tí empo me sal í de esa casa y la señori ta Arminda iba a Ull la casa donde yo me pasé a vivir a buscar a mi hermano .1uego pasaron los d,ias y cada nada venia a buscar 1,0 a él a

o. 1a casa .. _ ( f 1.29 ), mientras la menor, con evidente 'í nt.enc t ón de favorecer a su nov o asegura que lo "ob I ígó í OO a Que la o. llevara para Bogotá y habla de una o. amiga 00 00 I sin menc onarsu nombre., en donde habria pernoctado huyendo í 1 • de la severidad e injusticia de su progenitora para luego

  • 6 fija,' el si tia del acceso e" la ciudad a donde .. obl igó .. a su e"amorado a t.r-aer La, ( fls_15-~7 v.), no es dable af i ,'mar sin una previa evaluación de la cal idad de los • testimollios~ como lo hace el se~or Juez de Honiquirá que la jovell dice la verdad, y atribuirle al Ilermano deI or-oces.adc un respaldo al dicho de ésta, que ciertamente no aparece de versión,. y que más bien pone de manif iesto el Sll acontecer e n la forma en que lo refiere el acusado en su por todas las ,indaqa tor ia , signado como aparece I i

I 1 oosí b 1 idades allte la vivacidad de la menor y sus I í si tuac i Olles de vida doméstica que expresa al narrar las desaverlcncias con su proge'li tora . ... Cabe pues pregonar!, ante la objetividad .. : de la pr ueba , hasta ahora allegada, que el hecho punible ocurrió en el municipio de Honiquirá ( Boyacá ), y que el competerlte por el fac·tor territorial para asumir el conocimiento del proceso es el se~or Juez Penal de'¡ Circuito de • esa Locat dad , sin que sea desprec,iable, de otra parte,. la í precis'ión de competencia a prevención que consigna el juez col isionante con base e n el articulo 7S del C_ de p_p_ vi-' I ~I gente p-ara c uarrdo provocó eI conf I cno , y e n lo concernien- í te reí teradas en el 80 de'l actual ordenamiento procesa,l_ La incertidumbre sobre el lugar del delito - si es que para aquel funcionario persiste - otorga la competencia al .Juez del lugar donde primero se formula la denuncia o donde se • abrió la i"vestigación por lo menos transi tor iamente~ ..

... 7 mientras se recaudan elementos de juicio contundentes sobre ese particular; y donde ello ocurrió fue precisamente en Honiquirá, luego el Juez de esta localidad es el • competente. . . , ~ la sltuaC.lOn, se definirá el AS1 conflicto armonia con lo probado. en

  • ,, Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE

I I JUSTICIA, SALA DE CASACIOH PENAL, DECLARAR competente para conocer de este proceso al señor Penal del Circuito de Honiquirá - ~uez (Boyacá)~ al Que se le remitirá inmediatamente el expediente dando simultáneo aviso con copia de esta decisión al Juez Doce Penal del Circuito de Santafé de Bogotá. Cópiese y cúmplase. , •

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CCLISION Nro. 7_885

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JORGE EHRIQO--r:EV~ALENCIAJUAN

I I H. • Rafael ]_ Cortés Garnica Secretario I I , , •• . - , I I ! iI I 1

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