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CSJ - SP 8231(05-05-1994)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 8231(05-05-1994)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1994

• •

qEPUBLICA DE COLOMBIA

• • • Proceso No. 31 Diego Mauricio Joya G . • •

DE STICIA

• • CION • • Magistrado Ponente

Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA

Aprobado Acta No. 050 •

Santafé de Bogotá, D.C., cinco de mayo de mil novecientos noventa • y cuatro . • • • • •

VISTOS

• •

  • • El procesado DIEGO MAURICIO JOYA GONZALEZ, quien se halla detenido en la Cárcel Del Circuito Judicial de El Espinal (Tolima), solicita nuevamente el beneficio de libertad provisional por considerar

qEPUBLICA DE COLOMBIA

  • • aProceso No. 8231 2

Diego Hauricio Joya G.

  • - reunidos en su caso los requisitos previstos en el articulo 72 delCódigo Penal, para lo cual acompaña copias de las actas de los Consejos de Disciplina del citado establecimiento y de La Peni tenciar ia Central de Colombia "La Picota" y Colonia Penal deOriente donde estuvo recluido.

- - CORTE DE - - -

  • • El Juzgado 39 Penal del Circuito de Santafé de Bogotá, mediante sentencia de fecha 16 de junio 1992, condenó al peticionario a la , pena privativa de la libertad de cuarenta (40) meses de prisión,

, ,, , , ! , , como coautor del delito de hurto calificado y agravado, sanción que I

, , -

  • ! fuera confirmada por el Tribunal Superior de esta ciudad, en fallo

! ,

  • , .calendado L 7 de septiembre siguiente.

-re - - JOYA GONZALEZ se halla privado de su libertad desde el 29 de abril 'de 1992, es decir, ha descontado efectivamente veinticuatro (24) meses y seis (6) dias. Por trabajo acredita 476 horas que de conformidad con lo preceptuado en el articulo 82 de la ley 65 de 1993, le representan veintinueve (29) dias de rebaja y por estudio 952-horas que le permiten descontar dos (2) meses y diecinueve (19) • - ILL_ ~ • • •

qEPUBLICA DE COLOMBIA

• • • ¡r!c Proceso No. 82 3 Diego Mauricio Joya G. di as adicionales, para un acumulado de veintisiete meses y (27) veinticuatro dias, superiores a las dos terceras partes de la (24) • sanción impuesta en los fallos de instancia . •

  • • En cuanto se refiere a la conducta de este procesado en el centro de reclusión, aparece acta del consejo de disciplina de fecha 16 de

  • • marzo del corriente ano, correspondiente al tiempo en que ha permanecido en la Penitenciaria Central de Colombia "La Picota" en la que se califica como ejemplar, pero como se dejó puntualizado en providencia del de abril del corriente año, se desconoce la

7 • observada eri la Cárcel Nacional Modelo de esta ciudad. Respectb de

la Colonia Penal de Acacias, se tiene que el acta de consejo de disciplina data del de octubre de con calificación de 5 1992, • conducta buena.

  • • • Ahora bien, en cuanto a las actividades desarrolladas por el peticionario se desconocen las correspondientes a los periodos • comprendidos entre enero y junio de y de febrero del corriente 1993 año en adelante, circunstancias estas que impiden a la Corte, por ahora, resolver la petición en forma• favorable a sus pretensiones, • pues las labores desarrolladas y la conducta observada durante todo el tiempo en reclusión, constituyen elementos de • • • ]U1C10 • indispensables para poder evaluar su personalidad y por lo mismo su readaptación social . • Observa la Sala que el peticionario ha sido objeto de permanentes

• , I •

  • ¡ , traslados (Cárcel Nacional Modelo a Acacias, luego a La Picota y
  • --------------~----- - - - -- ---- ---

- \ I

qEPUBLICA DE COLOMBIA

- - , - Ir Proceso No. 4 Diego Mauricio Joya G. últimamente al Espinal), debiéndose oficiar a la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario a fin de obtener información sobre las reales causas de traslado y en lo posible se

  • • acompanen coplas de las resoluciones correspondientes . Se insistirá una vez más a la Cárcel Nacional Modelo para que remitaa esta Corporación copia de los certificados de trabajo o estudio y de las actas del Consejo de Disciplina que se le hayan expedido

a Joya González durante el tiempo en que permaneció allí detenido. - En cuanto se refiere al procesado CAMILO BARRERO PEÑA, en providencia del 7 de abril último, la Sala dispuso que se solicitaran las calificaciones que sobre su conducta hubieran efectuado los otros centros carcelarios donde ha estado recluido. I Sin embargo, esta información aún no ha sido reportada por la , Cárcel Nacional Modelo de esta ciudad y por lo tanto, debeinsistirse en ello, pues al igual que su compañero de causa acredita el cumplimiento del requisito cuantitativo de la pena a que se refiere el, artículo 72 del Código Penal . • -

• - Por lo expuesto la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION

PENAL, NIEGA AL PROCESADO DIEGO MAURICIO JOYA GONZALEZ el beneficio , de libertad provisional por las razones expuestas en precedencia. I , I I Por la Secretaría de la Sala líbrense las comunicaciones a que se hizo referencia en la parte motiva con relación al peticionario ysu compañero de causa CAMILO BARRERO PEÑA.

  • - Ir=========- __ =========================================================

IL _

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~EPUBLICA DE COLOMBIA • Proceso No. 8231 5

Diego Hauricio oya G. Recibidas las comunicaciones pertinentes, vuelvan las diligencias al despacho del Magistrado Sustánciador a fin de decidir definitivamente sobre la procedencia o no del beneficio invocado . •

COPIESE, NOTIFIQUESE CUMPLASE.

y - - -

R RDO CALVETE RANGEL

  • , r

JORG REÑO LUENGAS DUQUE

" - , / • •

GOMEZ LASQUEZ PAEZ

I • •

JUAN MANUE ORRES EDA JORGE ENRIQUE VAL

CARLOS A. GORDILLO LOMBANA

SECRETARIO.

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