🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 8231(19-01-1994)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 8231(19-01-1994)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1994
  • ---- -- -

, , , , , ,

ILICA DE COLOMBIA

, .?:- -- " 'í. Proceso -No. 8231

SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN.

I , I •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

,

SALA DE CASACION PENAL

I I • , I Magistrado Ponente , ,

Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA

• Aprobado Acta No. 002 , , , , , , Santafé de Bogotá, D.C., diecinueve de ener'o de mil novecientos noventa cuatro_ y , , ,

V I S T O S

• , • I • , , I , , , , , La pr-ooesada SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN, qu e n se ha l a e '-1 la 1 í Reclusión Nacional de Mujeres de esta ciudad, solicita el betleficio , I ! de libertad provisional, por considerar que el tiempo efectivo en de t.e nc i ón y la rebaja de pena a que tr ie ne cíer-ec ho por t.raba j o , satisfacen las dos terceras partes de la pena Lmp uest a e n los fallos de instancia, para lo cual acompaRó certificados de ti-abajo, acta del consejo de disciplina cartilla biográfica. y , , , ,

  • -

- - ,- , '. , , ¡

BLICA DE COLOMBIA

, , , Proceso No. 2 8231

SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN.

,

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

• ,, , -, El Juzgado Penal del Circuito de Santaté de Bogotá~ mediante 39 , , I i sentencia de fecha 16 de j un ío J,992~ condenó a la peticionar-ia a la • pena privativa de la libertad de cuarenta (40) meses de l)risióll~ como coautora del delito de hurto cal,ificado y agravado y al pago en forma solidaria de $4.000_000_00 por concepto de indemnización , , provenientes de los rj-u c o s ce r í.alee causados a MARTI-iAOMAIRA pe ma í í CARDENAS C., decisión que fuera modificada por el Tribunal Superior de esta ciudad, en fallo calerldado del 7 de septiembre sigl,.iente, , en el sentido de fijar como perj c i o s materiales la uma de u s í $900 _ 00 _ OOC) • , SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN se halla detenida desde el de abril de 29 es decir~ ha descontado efectivamente de la pena veinte 1992, (20)

  • , meses y vei nte días _ 'Por aba i o acreclita ra s que de (20) t.r 3 _860 ho , conformidad con lo preceptljado e.1 el articl,Jlo 82 de ],a Ley 65 de , le representan una redención equivalente a ocho meses y

1993~ (8) , , día, para un acumulado de ho meses íun un (1) ve nt.Loc (28) y ve rrt

í í . , (21) días, e upe r-a• or-es a las dos t.e r-cer ae pa r-t.se de :l a e a nc on i impuesta en los fallos de i ns t a nc ía (26 me:::.es y 20 días de prisión) _ A la peticionaria, no J, e a rrt e oeclenotes pe na les n1• contravencionales~ su conducta ha sido buena y las actividades po.- , , ===-"--- ---._---- ¡--------------------------- --- -- ----- --- - -- , , , , • I ! ¡

~EPUBLICA DE COLOMBIA

I ¡ , I , , , , Proceso No. 8231 3 , SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN. ella desarrolladas satisfactorias, todo lo cual, permite a la Sala suponer fundadamente readaptación social y por el],o, viable el SIJ beneficio delTlandado,previa calJción pl-endar'iapor la suma de VEINTE

  • - - MIL PESOS ($20.000.00), . dadas co nd i c íone s economl,cas, que

SIJS , , ¡ deberá consignar a favor I qa do r ra i a nci a de .Juz de p Lme nst y ] él. suscripción de diligencia de buena cOllducta compromiso, al tenor y de lo previsto n el rtr c u del iqo de F1rocedimiento e a Lo 4J_9 Cócí í Penal _ En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE .JUSTICIA SAI_A DE , ,

CASACION PENAL,

, , , ,

, , , ,

R E S E V E

U L • • • - • I , I I I , , 1 • , / CONCEDER a la procesada SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN el beneficio 1_de libertad provisional, previa caución prendaria por la suma de . VEINTE MIL PESOS que consigrlará a favor del Juzgado ($20_000_00) 39 , - - - Penal del Circuito de Santafé de Bogotá la de y eusc r rpc on i ,

" , diligencia de buena conducta y compromiso, al, tenor de lo previste) en el articLllo del Código de Procedirrliento Penal_ 419 , , , - ----_---------------------- -------- -------- ----- - - - , , , ,

~EPUBLICA DE COLOMBIA

I I I Proceso No_ 8231 4

SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN_

, , , 2_Satisfechos los anteriores requisitos, se l, ibrará la correspondiente boleta de libertad a la Dirección de ],a Reclusión , Nacional de Mujeres de esta ciudad, con la advertencia de que solo

  • • producirá efectos en el evento de no hallal-se solicitada por otra " autoridad y en razón de asunto diferente_

, , ,

COPIESE, NOTIFIQUESE y CUMPLASE

, , , , , , ,

JUAN MA

, - • •" • • ~

JORGE RREÑO LUENGAS

• - • - • , •

• J " l. t auL.. •

MEZ V SQUEZ AEZ VELANOIG

• • ---~-------- -- -

  • , , , , - - -

• • ,

EPUBLICA DE COLOMBIA , s

I Proceso No. 8231 • •

SANDRA IVONNE GOMEZ MARIN .

• , I • • I '. •

CARLOS A_ G

SECRETARIO_

• • • • • - • • • , - \ • • \ • •

Consultar sobre este documento ...