CSJ - SP 832(16-07-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 832(16-07-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
-- .. . - • '
REPUBLICA DE COLOMBIA • • a//lr7 t1IENTO DEFINITIVO
SOBRESE
- / "..-, 1 1 1 • ' 1986.~ 1 Auto Segunda 16 de j u l i o de Confirma l a providencia '
- 1 del Tribunal de Medellín, por medio de l a cual sobreseyó d e f i n i1 1 tivamente a l Doctor ADOLFO LEON MARTINEZ SALAS Segundo Superior de duez Aduanas de esa ciudad, de los cargos por e l d e l i t o de Concusión •
•
Magistrado Ponente:
Doctor HERNANDO BAQUERO BORDA
1 1 ' '
' FONDO ROTATORIO DEL MINISl ERIO ['[ JUSl IC.IA - - - - - - · - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
--
Instancia. Rad. 632. Segunda Adolfo LP..ón lV&artínea Sa.las. /.'' I:•" ..=- • ~ ~ ~ ;,/.,,.- ~-/ / , ..~ ,, r ,., ,, DE
CORTE SUPREtti1A JUSTICIAU
.. . . . .
- -
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SALA DE CASACION PENAl.
• ' \ ' 1 -- ' i
Magistrado Ponente: 1
Or. HERNANDO BAQUERO BOROA
Aprobado Ac ta N"' 71 ,.,, 1 ' / • - -otá. Julto diecisols de mlt 00"1et:lentos ochenta y s.eis.
V I S T O S : En grado de ~oil911ta c o n ~ a ta Sala el auto deJ de abril del
14 .sff ano qua transcurre mediante .c.ool e.l Tr· _ al Superior del Distrito Judlclal d~ d e f l o t t l ~ e p t o Superior M;edollín sobresee al_ Juez 2º Aduanas de esta ciudad. de doctor ADOLFO UlOM MA~{l!~·Ez SA& AS,, acusado do corneter el delito do conc~ sl6n. • • ' •
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> 1A. T E
N C E O E N T E S: • En et de enero de 1. 983 fue rotei1ldo por de la un.idades ml!$ Aduana do Medollín. por ~ntrabando. un veb.tculo morca &torce ' prest1net6n de •
- ~ao des Beni,, modelo SL, con tránsito tlbre., conducido por vrctor' Rae.ti Sorna • kavatf'o, debido a que su propietario no exhfbló los doe•ímentos peTtlne.ntes.
1 • Cumplida esta exigencia, al día stgulente et automotor votvtó provtstonalmenta a ma.nos. Por motJvos descot'.t«:ldos, el . -_ ndaote. del Resguardo de ftte® 5US llín equl'Voe6 el nC.Cmoro det ninnlflesto --da lmpo,.taci4n al podir la c:onffr1m1cl6n
1 1 i tos a de dates de rtgor la Aduano de Cartagena, y conto la re.spt,testa diera '• 1 ' • tal vehículo. 1 euenta de que dOf;Utnento ~tnparaba elett)Gntos distintos al voJvló a 1 1 ser reterlido y onvlede al Atmaeén del Fondo RotatQrto de la Aduana. Con fecha 1 .rror 12 de febrero el Juzgado 2~ --_ . de Aduanas, dai cual era titular el doctor 1 ' 1
ADOI...FO Lf: -ON MAQ.TINE% SA1,AS, lnlttó lnvestlgacltm por contra.bando. ---- --..- --- ' ' - l r"'I:"-, -- .. -, - ... ,..~ -~. ..'.I ' . ,:, > .•- _..,. • - '- ·, >;¡;~ ~~:.., '.,~~. .. - '~. - --'....... .. ;...... .... .,, ..,_,,¡1 ~· ... ,.... \.i ~ • .,.. .... , • - -- • .., ._ _ " ._ ...... _ '-"'
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- • En de sus visitas ni Juzgado d~I wnoclmlento para av-! :::. alguna marcha ltt,. rfguar por la d.el asunto, Ser ria recibió del titular, doctor MARTINEZ, s.uge.rencJa contratar un pro~sional del deeacho porque asf requería el caso,
do to y entre los vart.os nombres que te ,rae,icfon6 le seftal6 ol del doctor Fabl·o J . Qui~ • tero, con quien efectivaroonte entró en conversaciones paro sin otorgarle poder nt acordar • rai"fos¡ ef profestcóal apenas ln.stnu6 la sutna de $300.000 6 $400. · ooo, porque ten·fa que º r e p a r t i r ª cotl et Juelt. . " El proceso culminó con sobreseimiento definitivo en favor de • Serna y ta orden de entrega del vehículo por no s e r de contrabando, según ª!! to del 2 da septleinbr.e 1 • 903 confirmado por el TrlbUJ"lal Superior de Aduanat,--~ de , / , • E1 vehrcuto fue remata<•o por el Fondo Rotatorio ol de octubr(!. cindo díos sn:.:. lO - -~~ . tes del falto de osta Corr,oracl6n {fls. t , ·2, 18 a tO, 121 a 124, 132 a 135 y 159·,r cdno ppat). • • .. • • ' •
RESULTANDOS Y CONSIDSAANOOS:
. . . . -· La dant.tr,éfa· del seftor ~ r n a Navarro contra el abogado fabio ., J . Quintero V. y et Juez S•:1J)E)rior de Medeflín ADOLFO LEOti MARTINEZ S. ,se formuló poeos dfa.s des_Fués da ser ren1atado el vehrcuio de su propiedad, po.r
parte del fondo Rota(órlg la A ,.,, ~wdellfn. Mejor: al día siguiente dG ~ 1· la dUigeneta (fls. y 1$9). El dueño del autou¡.0tor estimó que tal actuación ha1 y su bta sido ordena·da ,puf' eJ Juo-z MARTINEZ que abogad() nada había heeho ' por evitarla. 1 ' En el auto de la Sala del 8 de mayo da 1.985 (fl. 219 y s.s.) se reconoc.-e que el vehículo de propiedad de Serna se Importó al país eorreetamente, y que el sobreseimiento definitivo cl"etade en s u favoo y la entrega lncondtelo - .. . acertadas. naJ del uutomotor fueron Sala agrega. en ósta -oportunidad. que La de laseo.pias del pi c::t,eso por presunto contrabando no aparece que el Juez a.e.usado remate fue hubiese ordenado el y tampe:1rc0 fa !3uspens16n. La tlUbasta dispuesta por el Fondo Rótatotlo de ta Aduana (fa. 159). y el tnterosado se entor6 por casuattdad, El Juez M.ARTltJf;Z admitió en eu Indagatorio quo, a Instancias de SER - , en NA NAVARRO. to sumln-l$tró el 1wmbre de varios profesionales del dortre ellos el docto.r ftabto J . Quintero. Este ~ - reclbf6 poder de Serna, t-1<> lnten<!.. no en el procaso por contrabando todo lndtca asunto se dcsarroll6
y q~1el por la Iniciativa de los jo:atns de lnstti'uc.ctón y do ·eonecimtento. Así. por e}empto, es te últfmo scflaló cfara,aer\to las pí'uebi;ts que fa:wban para adoptar una decl poder - . • alón deflnlttva, a pesar de que el repres-er1tante do1 Ministerio Público es,- , slei,·apre
- . tlm6 que no s e haQfa sometido contn>bando {fl·s. 60 y 11'l y ss. ).
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' ' • " ' 1 • El Tribunal Superior de Aduz.nas confirmó la decisión del Juz. - gado a cargo del doctor MAR.TINEZ, que sobrosey6 doflnltlva1:1en,te a Sea·raa N! ~ • varro. ' • • ' •• ' Estos antece•jente,s enseftan a la Sala" qua la sltuacl6n JurTdJ
- • ca del automotor era cl,ata, qua ef decornlsc -seglln el detsunc:iantetuvo orígen en datc,s errados suministrados por un Oflctal la AdUnna -el tenl~nta Sarmle,!! de ~ . El ,·enaate, ya se · , tr6, fue deter·mlnael6n exduslva del Pc>J)do Rotatorio de Aduana,s de MedeMín. en consecuoncfa, no se odvk!rte para qué se le exigía dinero
/ a Serna Navarro quien, de,,tás, no pagó honorarios profesionales ni stqule ¡;aw lor a a su pritnor a rndo, doctor Jaramtflt> Lavorde ( f l . 94), ni le otorg6 poder tntervanc:t6n al ab,gado Qul,ntero Vargas. Es bta que la de un profesional del d~r-eclto hUblese evitado el remate del automotor, asunto éste del cual tanto se la ,-neslta el don,,nclante. Por demás .. la subasto ocur,16 cuando el (»coso por con lo p, 1 trabando so encontraba en t.ramlte en ~1Tribunal Superior de Ad'-fllnas. ' porte. d e f e c t ~ transcrlpcl6r:, De• otra ta de las grabaciones que entreg6 Serna, conve.rsacfoneti con el abogadO QuJntero. en nada c:omprome ten al Jueir MARTINEZ. 6s sabipo que ni siquiera fue posible loontlflcar las vo orden:.-da,s Junto ces. Las pr,sebas ¡ » r la Sala en su auto del 26 do del eflo pasare do (fls.. 223 y -ss.), no se. pt:adlaron practicar porque et denunciante r~ e ··
- ' .a pesat ció al Juzgado· !® lns~t,.!cc16n, raquorimientos hechos a tesl ~núJtJpJas ~ s•as familiaf"és 1:nás cer«;a.flOs (fls,. 253,. vto. y 254). Por el contrark>, el abogado Quintero atendió e{ }!$Dado del Juzgado y se pr at)tlcó diltg,encla de confrontac16n,
' en ausencla Se,r.na. deEl Procurador ro en Penal en su conce,2 seftor Delegado lo to de fondo,, a.sf cOfno la F.tscal ante el T rlbunal,, solteltan dictar sobtésofmlento e.n fnvo.r f•inctonarlo definitivo acusado. dQ,f Recuerda que tas grabaelones quo et denunciante care . ent.reg6 - ' 1 cen d0 valor probatoria, a márt <kl que son p.arctales y ~n nada coroproateteo al • 1 ! a ' Juea acusado. Es d~cJr. tas referencias que él so hac.ep, provienen del mis1tto ' 1 ' Serna Navarro. y, por' lo demás .. el rW,itesenmnte d~t Mln,$terlo , flco a.nota ' ' ' que en confrontac16n entre denunelado, reconoció qua denunciante y aquef el - ' ' ' MARTINEZ Juli>% le suti1lnlstró una tls~ de abogadós y al ver "'' doctor Quintero 1 cm el rec:lnto del Juzgado lo seftat~ Yl~•$r Se,:tta lo pudo ldanti , • 1 • •
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I En estas condlcJon~s, s e Impone ol sobreselmlcnto defl,nltlvo ' por tnexlstancfa de.t 'hacho ·llklto atribuído al, Juea A.iARTINEZ SALAS. . ' ----------_..e,',.,__=-·-·-·-·--·-·-·---·=··._....... _ _ _ _ _~ .--.----.-. -. _ _.. ..:.._· _ _ _ _ _ _ _ · · -
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I,' ' ' ¡ Por raz6A de lo expuesto. Corte Supre1,m de Justhitl-Sala la cas~el6n Penalen pleno aeuardo con el concepto del ropresontante del MD de ntsterlo f1ablk:o. resuelve CONFIRMAR el sobreseimiento defl.nltivo p1on1ovldo por eJ Tribunal Superior de Medellfn en favor del doctor ADOLFO LE-ON MART! Juez Adt•anas NEZ SALAS, 2º SUp.erto1' de da esa ciudad. C6ptese, notlfrqueso y devuélvase et proceso al Trlbt11·,.a1 de orígen. ,.,, ) • • •
ROJAS LUIS ENRIQUE ALOA.NA ROZO
EDOAR SAAV EORA
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HERMANDO BAQUERO-BORDA
JORGE CARRl:AO LUENGAS
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GUILLERMO OAVILA MUf.lóZ GUILLERMO DUQUE R.UIZ
1
GUSTAVO GOMt:% VEtASQUEZ USANDRO MARTJNEZ ZURIGA
• •
JOSE HERIS.ERTO VEi ASQUE-Z RA5VIOS Secretar to
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